Una mujer pide autorizaci¨®n judicial para tener un hijo de su esposo, en coma desde 1991
El fiscal se opone a la petici¨®n porque no consta autorizaci¨®n previa del hombre
Una mujer de 34 a?os ha solicitado en Valencia autorizaci¨®n a un juzgado civil para ser inseminada de forma artificial de su marido, de 38 a?os, en coma irreversible desde hace una d¨¦cada. La pareja se cas¨® en 1991. Siete meses despu¨¦s, un accidente de moto dej¨® al esposo en coma. Desde entonces permanece ingresado en un hospital. El fiscal del caso se opone porque la donaci¨®n de esperma es 'un derecho personal¨ªsimo de car¨¢cter subjetivo', porque no consta voluntad expresa previa del enfermo y porque se lesionar¨ªan los derechos de sucesi¨®n de una hija de un matrimonio anterior.
Mar¨ªa se cas¨® con Juan cuando a¨²n era estudiante, el 9 de marzo de 1991. ?l, sin grandes patrimonios, estaba divorciado y ten¨ªa una hija de cuatro a?os. El 28 de octubre de 1991, siete meses despu¨¦s del enlace civil, Juan sufri¨® un grave accidente de moto cuyas secuelas hicieron que el 14 de enero de 1993 se le declarara incapaz y en estado de coma vigil irreversible 'siendo evidente su inmovilizaci¨®n, su alimentaci¨®n mediante sonda naso-g¨¢strica y orina mediante colector'. En febrero de aquel a?o, Mar¨ªa pas¨® a ser tutora de su marido, quien fue indemnizado con 100 millones de pesetas que ella administra y de los que da cuenta anualmente al juzgado.
Mar¨ªa vive a¨²n en el domicilio conyugal en Valencia, no trabaja, estudia y visita regularmente a su marido en el hospital Valencia al Mar. Despu¨¦s de 10 a?os, el 9 de marzo pasado decidi¨® solicitar la autorizaci¨®n judicial necesaria para que le extraigan semen a su esposo y proceder despu¨¦s a una inseminaci¨®n que le permita ser madre. La demanda de Mar¨ªa, a quien representa el abogado Manuel Mata, se acompa?¨® de informes emitidos por el Instituto Valenciano de la Infertilidad y por el Servicio de Neurocirug¨ªa del hospital Cl¨ªnico. En ambos escritos se afirma que 'la situaci¨®n del enfermo no se ver¨ªa agravada por los procedimientos de extracci¨®n de semen'.
La juez tiene que resolver, tal como consta en la demanda, sobre la petici¨®n 'de una mujer que ante la ausencia de expectativas de alteraci¨®n en la situaci¨®n de su esposo, habiendo visto anuladas las posibilidades de acceder a la maternidad por m¨¦todos naturales, recurre a los avances de la ciencia que le permitan tener un hijo de su esposo mediante t¨¦cnicas de reproducci¨®n asistida'.
Incapacidad sobrevenida
El letrado se manifiesta en la demanda consciente de la complejidad del caso. En el apartado que recoge los fundamentos de derecho reconoce que ni la Ley 35/1988 -sobre las t¨¦cnicas de reproducci¨®n asistida- ni el C¨®digo Civil contemplan la 'atipicidad del caso, ya que la incapacidad sobrevenida del esposo impide que el mismo pueda prestar su consentimiento de conformidad con lo previsto en la ley'. Sin embargo, argumenta el abogado: 'Nos encontramos con un matrimonio que se ha truncado a los pocos meses de casarse, se ven anuladas las posibilidades de tener descendencia por m¨¦todos tradicionales, pero no por m¨¦todos artificiales, y si bien la ley contempla la posibilidad de la fecundaci¨®n post mortem ning¨²n pronunciamiento existe respecto a la incapacidad sobrevenida del donante'. La demanda concluye con la exposici¨®n de motivos de la ley de reproducci¨®n asistida: 'Los avances cient¨ªficos cursan generalmente por delante del derecho, que se retrasa en su acomodaci¨®n a las consecuencias de aqu¨¦llos'.
El fiscal ya ha trasladado a la juez su escrito, en el que se opone a la concesi¨®n de la autorizaci¨®n judicial. En poco m¨¢s de un folio, el fiscal expone que 'la donaci¨®n que se pretende tiene por finalidad determinar la paternidad del incapaz a trav¨¦s de la inseminaci¨®n artificial, lo cual supone el ejercicio de un derecho personal¨ªsimo que tiene un car¨¢cter subjetivo y cuyo posible ejercicio s¨®lo podr¨ªa ser autorizado judicialmente cuando se diese una disposici¨®n legal que as¨ª lo prevea o se acredite la existencia de causas objetivas que aconsejen que la autorizaci¨®n va a redundar en provecho del propio incapaz'. El fiscal no s¨®lo sostiene que no es as¨ª, sino que se?ala la falta de facultades del enfermo 'para poder cumplir con las funciones que la ley establece respecto a los hijos'.
A esa reflexi¨®n, el fiscal a?ade los efectos que acceder a la solicitud de Mar¨ªa tendr¨ªa sobre los derechos de sucesi¨®n que tiene una hija de Juan fruto de su primer matrimonio, hoy de 14 a?os. En la actualidad, Mar¨ªa s¨®lo ser¨ªa usufructuaria, como viuda, de un tercio de la herencia. En cambio, un hijo dentro del matrimonio s¨ª heredar¨ªa de los bienes que Mar¨ªa ahora administra, lo que afectar¨ªa a la hija del primer matrimonio.
'?Por qu¨¦ no puedo ser madre?'
Mar¨ªa sabe de la complicaci¨®n jur¨ªdica que plantea su solicitud. Sin embargo, sostiene que quiere tener un hijo de su esposo y se pregunta: '?Por qu¨¦ no puedo ser madre con mi marido?'.
Ella asegura que cuando se casaron ambos ten¨ªan claro que formar¨ªan una familia. Hoy, diez a?os despu¨¦s, no quiere separarse de Juan y plantearse una nueva vida en pareja que le permita de forma natural cumplir con sus deseos de maternidad ni quiere ser madre de un hijo de otro hombre.
Mar¨ªa cuenta que su vida se vio truncada por el accidente y entre las consecuencias est¨¢ el hecho de que su marido vive, aunque en coma irreversible, y es con quien ella quiso ser madre. Por eso mantiene que, a pesar de la singularidad legal que plantea su caso, est¨¢ convencida de que hace algo con lo que Juan estar¨ªa de acuerdo si tuviera voluntad para decidir.
Ante la titular del juzgado de primera instancia de Valencia han declarado los padres del enfermo, la ex mujer y la hija del primer matrimonio. Seg¨²n el abogado de Mar¨ªa, el padre del enfermo expuso a la juez que desconoc¨ªa si su hijo ten¨ªa o no intenci¨®n de tener descendencia con ella. La madre, en cambio, afirm¨® que en alguna conversaci¨®n en casa, Juan y Mar¨ªa s¨ª hab¨ªan hablado de tener familia y que ¨¦l se hab¨ªa mostrado partidario de tener hijos pasado alg¨²n tiempo. El letrado sostiene que la madre del enfermo explic¨® incluso que si Mar¨ªa lograba la autorizaci¨®n judicial necesaria 'ser¨ªa una buena madre'.
El testimonio de la primera mujer de Juan dio a la juez una visi¨®n de c¨®mo hab¨ªa sido como padre con la hija que tuvieron en com¨²n. La ex esposa se mostr¨® contraria a que accediera a la petici¨®n de Mar¨ªa porque eso perjudicar¨ªa los derechos de herencia de la hija que tuvo con ¨¦l.
Tambi¨¦n la menor, ahora de 14 a?os, que ten¨ªa 4 cuando su padre se cas¨® por segunda vez, manifest¨® su negativa a que a su progenitor le extraigan semen para fecundar a la nueva esposa.
El escrito del fiscal ha iniciado la cuenta atr¨¢s para conocer el pronunciamiento de la juez que, seg¨²n el letrado, no se demorar¨¢ mucho porque todas las pruebas est¨¢n practicadas y todas las declaraciones hechas.
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