El Supremo anula la 'lista blanca' de Batasuna
La Sala Especial estim¨® anoche, por unanimidad, los recursos del fiscal y del abogado del Estado
La Sala Especial del Tribunal Supremo anul¨® anoche la candidatura de Aukera Guztiak (AG) a las elecciones vascas del 17 de abril por entender que la denominada lista blanca de Batasuna es "continuadora" de esta formaci¨®n pol¨ªtica y sigue la estrategia de ETA. La sentencia fue acordada por unanimidad de los 16 magistrados de la Sala Especial, que previamente acumularon los dos recursos contencioso-electorales interpuestos por la Abogac¨ªa del Estado, en representaci¨®n del Gobierno, y por el Ministerio Fiscal.
El alto tribunal declar¨® "no conformes a Derecho" los actos de proclamaci¨®n de las citadas candidaturas" y anul¨® la lista de Aukera Guztiak en aplicaci¨®n del art¨ªculo 44.4 de la Ley Org¨¢nica de R¨¦gimen Electoral General, que extiende a las agrupaciones de electores la imposibilidad legal de concurrir a las elecciones cuando, "de hecho, vengan a continuar o suceder la actividad de un partido pol¨ªtico declarado judicialmente ilegal y disuelto, o suspendido", en referencia a Batasuna.
Las deliberaciones se prolongaron hasta primeras horas de la noche en aras de buscar la unanimidad de la sentencia. Previamente, la Sala hab¨ªa accedido a la petici¨®n del abogado del Estado de suspender con car¨¢cter cautelar la entrega del censo electoral a AG.
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Rom¨¢n Garc¨ªa Varela, analiza minuciosamente todas las pruebas aportadas por los demandantes y subraya que ninguno de los miembros de la candidatura anulada ha rechazado "el uso del terrorismo como forma de opci¨®n pol¨ªtica".
"Ante la extraordinaria gravedad de los da?os que el terrorismo y sus defensores producen a la sociedad en muertes y dolor", proclama la Sala, "hay que aceptar como razonable, proporcional y adecuada la exigencia de que las organizaciones y agrupaciones que pretenden participar en las instituciones p¨²blicas realicen un rechazo inequ¨ªvoco y concreto del terror".
Superar el control judicial
El alto tribunal analiza minuciosamente los indicios de prueba aportados por las dos instituciones, comenzando por "los propios boletines de ETA", que "reflejan de manera inequ¨ªvoca su preocupaci¨®n por estar presente en los procesos electorales".
La comunicaci¨®n en la c¨¢rcel entre la dirigente de Batasuna Elisabet Zubiaga y el preso etarra Jorge Garc¨ªa Sertucha -la cinta ha sido escuchada por la Sala Especial- "muestra bien a las claras el dise?o de la estrategia de una doble lista para las elecciones auton¨®micas como intento de superar el control judicial que en las anteriores convocatorias electorales posteriores a la ilegalizaci¨®n no fue posible franquear", a?ade la sentencia.
Otra de las pruebas analizadas, la negativa a condenar el terrorismo por parte de la cabeza de lista por Vizcaya, Marije Rodr¨ªguez de Lera, en una entrevista en EL PA?S el 20 de marzo, conduce al alto tribunal a significar que la actitud de los candidatos de AG "coincide con la mantenida tradicionalmente con los partidos ilegalizados, en acatamiento de las ¨®rdenes concretas cursadas por la organizaci¨®n ETA, cuyos dirigentes se han negado sistem¨¢ticamente a condenar el terrorismo, conceptu¨¢ndolo como expresi¨®n de un conflicto pol¨ªtico que se vive en el Pa¨ªs Vasco".
Tras analizar la prueba, la Sala Especial infiere de los indicios aportados que Batasuna ha seguido la misma "t¨¢ctica de desdoblamiento" de ocasiones anteriores, dise?ando una oferta clara y concreta, pero "concurriendo bajo otras siglas aparentemente limpias".
Estos esfuerzos desarrollados para la formaci¨®n de listas de personas limpias "naturalmente han dificultado el hallazgo de v¨ªnculos entre el entramado Batasuna y los candidatos de la agrupaci¨®n electoral cuestionada, pero no han impedido detectar algunas de tales vinculaciones".
Sin embargo, de la quincena de candidatos de AG presuntamente contaminados que hab¨ªan contabilizado el fiscal y el abogado del Estado, la Sala Especial s¨®lo aprecia relaci¨®n con Batasuna en Mar¨ªa Luisa Zufiaurre Astigarra y Marta Ulacia Basterrechea, candidatas 17 y 25 por Vizcaya, respectivamente.
En este punto, la Sala reprocha a las entidades impugnantes haber atribuido "relevancia probatoria" a otros candidatos a los que relaciona de manera "indirecta, vaga y confusa", mediante v¨ªnculos que pretenden establecerse "a partir de relaciones sentimentales, muestras de solidaridad con fundaciones cuya naturaleza y finalidad no queda acreditada, asistencia a manifestaciones sin otros datos que revelen su ilicitud y otras relaciones en absoluto acreditadas".
"Tal pretensi¨®n supone", prosigue la sentencia, " dar una interpretaci¨®n claramente extensiva al concepto de sucesi¨®n [de partidos ilegalizados] que esta Sala no puede aceptar, pues supondr¨ªa la privaci¨®n injustificada del derecho de sufragio pasivo de quienes hubieran tenido cualquier tipo de relaci¨®n en el pasado con un partido pol¨ªtico ilegalizado".
No obstante, otorga valor al cruce de datos sobre los avalistas de las candidaturas que pertenec¨ªan al entorno de los partidos ilegalizados, en cuanto revela que aquellas "sean nuevas depositarias de la asignaci¨®n funcional de tareas de la banda terrorista ETA". Adem¨¢s, la existencia de 44 avalistas de la Mesa Nacional de Batasuna que han apoyado AG "corrobora la estrategia defraudadora". El Tribunal Constitucional dispone ahora de un plazo hasta las cero horas del 1 de abril, fecha de arranque de la campa?a electoral vasca, para pronunciarse sobre el eventual recurso de amparo que interponga Aukera Guztiak. ?sta tiene a su vez un plazo de dos d¨ªas para presentar su recurso.
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