Punto y final
Se acaba de publicar una ley de car¨¢cter tributario, con la particularidad de que su fecha de entrada en vigor se retrotrae al 1 de enero del presente a?o. Dicha norma tiene como finalidad adaptar la normativa legal del IVA a la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, dictada en octubre del pasado a?o, en relaci¨®n con la incidencia de las subvenciones en el c¨¢lculo para determinar el importe deducible de las cuotas soportadas por dicho impuesto.
No obstante, y a pesar de que dicha sentencia se limit¨® a excluir la aplicaci¨®n de la regla de prorrata por percibir tales subvenciones, cuando el empresario se limite a realizar operaciones con derecho a la deducci¨®n, el legislador ha optado por evitar cualquier restricci¨®n del derecho a la deducci¨®n por dicho motivo. Es decir, que la obtenci¨®n de subvenciones tampoco afectar¨¢ a la prorrata de quienes simult¨¢neamente realicen operaciones con derecho a la deducci¨®n y sin ¨¦l. Lo que, adem¨¢s de estimable, evita cualquier discriminaci¨®n susceptible de posibles impugnaciones.
El legislador ha optado por evitar cualquier restricci¨®n del derecho a la deducci¨®n de subvenciones empresariales
El camino emprendido al principio de 1998 ha sufrido un giro total, retornando a la situaci¨®n anterior a dicha fecha, sin dejar m¨¢s huella que los efectos sobre la deducci¨®n del IVA producidos a lo largo de este periodo de tiempo que no resulten afectados por la citada sentencia.
Esto ¨²ltimo supone que, si bien la ley entra en vigor desde el principio del presente a?o, no impide el que a lo largo del mismo deba utilizarse como porcentaje provisional de deducci¨®n el que resulte como definitivo del a?o 2005, determinado en funci¨®n de las normas hoy derogadas, sin perjuicio de la regularizaci¨®n a final de a?o. Un comportamiento distinto podr¨ªa, en su caso, ser considerado como una conducta infractora.
Por otra parte, dado su evidente paralelismo y siguiendo el mismo criterio de equiparaci¨®n de trato de todos los empresarios y profesionales, la ley introduce similares modificaciones en la normativa legal reguladora del Impuesto General Indirecto Canario.
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