La defensa de los mandos policiales en el caso del ¨¢cido b¨®rico denuncia vulneraci¨®n de garant¨ªas e indefensi¨®n
La defensa de los altos cargos de la Comisar¨ªa General de la Polic¨ªa Cient¨ªfica cuestion¨® ayer en un recurso de reforma la decisi¨®n de la juez Gemma Gallego de apreciar la posible comisi¨®n de los delitos de falsedad documental, falso testimonio y encubrimiento en el llamado caso del ¨¢cido b¨®rico en un auto del pasado 10 de noviembre "por vulneraci¨®n del derecho a un proceso con todas las garant¨ªas y efectiva indefensi¨®n", entre cuatro motivos.
Seg¨²n se?ala el abogado Jos¨¦ Antonio Chocl¨¢n, la juez titular del Juzgado 35 de Madrid habr¨ªa incurrido en una "lesi¨®n del derecho a un proceso con todas las garant¨ªas" porque, afirma, "no se ha respetado la exigencia legal de que medie un plazo de 10 d¨ªas entre el levantamiento del secreto y la conclusi¨®n de las diligencias". El recurso se?ala, citando amplia jurisprudencia, que "s¨®lo con base en este motivo de recurso, el auto de 10 de noviembre recurrido es nulo de pleno derecho y por ello debe ser reformado".
A?ade que "las declaraciones testificales practicadas ante la juez lo fueron sin concurso de la defensa de los imputados. S¨®lo asisti¨® a ellas el ministerio fiscal. Para las dem¨¢s partes, las actuaciones fueron declaradas secretas. Por ello, no se ha permitido a las defensas intervenir en las actuaciones en el sentido del art¨ªculo 302 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal [alzamiento del secreto del sumario] y se ha lesionado nuestro derecho a interrogar a los testigos que han depuesto en estas diligencias (...). Resulta obvio el inter¨¦s de esta parte en interrogar a los facultativos Manuel Escribano, Isabel L¨®pez y al t¨¦cnico Manrique. El auto recurrido fundamenta la imputaci¨®n [de sus cuatro superiores: Miguel ?ngel Santano, Pedro Luis M¨¦lida, Jos¨¦ Andradas y Francisco Ram¨ªrez] en las declaraciones prestadas por estos testigos, los que, sin embargo, no han podido ser interrogados por la defensa".
La defensa concluye, en este primer punto lo siguiente: "En cualquier caso, el juzgado va contra sus propios actos al disponer como necesaria la pr¨¢ctica de una diligencia y cerrar precipitadamente la instrucci¨®n sin esperar a su resultado".
El recurso estima, en su segundo punto, que la juez se ha equivocado. "Lo que el auto denomina 'manipulaci¨®n' no es sino la revisi¨®n de un informe elaborado por los inferiores jer¨¢rquicos [Escribano, L¨®pez y Manrique] por parte de su superior, a quien compete normativamente la funci¨®n de revisi¨®n", se?ala el recurso. "Consideramos que existe un error en el punto de partida que invalida todo el proceso intelectual posterior", a?ade.
El recurso se?ala que Manuel Escribano fue el ¨²nico de los tres peritos que relacion¨® el ¨¢cido b¨®rico hallado en un piso franco de ETA, en el domicilio de un militante antisistema y en la casa de uno de los imputados por el atentado del 11-M. Lo hizo porque ten¨ªa "conocimiento privado". Escribano hab¨ªa participado en las otras dos pericias y por eso conoc¨ªa el dato. Y la pericia que le fue encargadas no le ped¨ªa antecedentes.
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