Las cajas deber¨¢n publicar el sueldo de sus consejeros y altos directivos
El Gobierno extender¨¢ al sector los requerimientos de transparencia de las cotizadas - Las votaciones de los accionistas sobre sueldos ser¨¢n consultivas
La presi¨®n social para que el sistema financiero sea m¨¢s transparente no excluye a las cajas de ahorros. Y m¨¢s si adem¨¢s pueden recibir ayudas que proceden de los impuestos de los ciudadanos. El Gobierno parece haberlo entendido as¨ª y est¨¢ dispuesto a reforzar las exigencias de transparencia sobre las remuneraciones de los consejeros y altos directivos de las cajas. En el futuro, deber¨¢n desglosar todo lo que perciben los consejeros y altos ejecutivos por el desempe?o de sus labores. Hasta ahora lo hac¨ªan en conjunto, es decir, sin especificar lo que corresponde a cada ejecutivo. De esta forma, sit¨²a a estas entidades al mismo nivel que las empresas cotizadas, a las que tambi¨¦n se les exige un plus de transparencia en sueldos con la nueva Ley de Econom¨ªa Sostenible.
La CNMV tendr¨¢ poder sancionador sobre las agencias de calificaci¨®n
El anteproyecto endurece la fiscalidad de los planes de opciones
Incluso el Gobierno ha ido m¨¢s lejos. En el texto dice: "En el caso de las cajas de ahorros, estas obligaciones deber¨¢n cumplirse tambi¨¦n en relaci¨®n con los miembros de la Comisi¨®n de Control". Lo cierto es que en el p¨¢rrafo precedente se menciona s¨®lo a las empresas cotizadas y no a las cajas, pero fuentes de Econom¨ªa y del Tesoro aclararon que si hace falta se realizar¨¢n las modificaciones necesarias para que quede claro que la transparencia sobre los sueldos tambi¨¦n afectar¨¢ a las cajas. Las mismas fuentes se?alan que tambi¨¦n lo podr¨ªa pedir directamente el Banco de Espa?a, que, seg¨²n otra disposici¨®n del anteproyecto, "determinar¨¢ la informaci¨®n m¨ªnima que deber¨¢ ser objeto de publicaci¨®n" en lo referente a retribuciones.
Hasta ahora, el organismo dirigido por Miguel ?ngel Fern¨¢ndez Ord¨®?ez ha remitido dos cartas a las entidades para que adecuen sus remuneraciones a lo establecido en las ¨²ltimas reuniones del G-20 y el Foro de Estabilidad Financiera.
En el caso de las empresas cotizadas, las retribuciones se someter¨¢n adem¨¢s a votaci¨®n de la junta como punto separado, aunque, seg¨²n el anteproyecto, ¨¦sta tendr¨¢ s¨®lo car¨¢cter consultivo.
Respecto a los bonus o sueldos variables, la nueva legislaci¨®n tambi¨¦n establece modificaciones. El Banco de Espa?a ser¨¢ el responsable de "requerir" a las entidades con problemas de solvencia "que limiten las remuneraciones variables cuando sean incoherentes con el mantenimiento de una base s¨®lida de capital".
Esta ley tambi¨¦n limita las deducciones de los bonus de los directivos. Hasta ahora, al tributar, se reduc¨ªan un 40% los ingresos generados en un plazo superior a dos a?os y que no se obtengan de forma peri¨®dica o recurrente. En el futuro, la cuant¨ªa del rendimiento ¨ªntegro sobre el que se podr¨¢ aplicar la reducci¨®n "no podr¨¢ superar el importe de 600.000 euros anuales".
Ahora se a?ade adem¨¢s que el c¨®mputo del periodo de generaci¨®n, en el caso de que estos rendimientos se cobren de forma fraccionada, deber¨¢ tener en cuenta el n¨²mero de a?os de fraccionamiento. Y se endurecen algo los requisitos si se trata de opciones sobre acciones. En tales casos, "s¨®lo se considerar¨¢ que el rendimiento del trabajo tiene un periodo de generaci¨®n superior a dos a?os y que no se obtiene de forma peri¨®dica o recurrente, cuando se ejerciten transcurridos m¨¢s de dos a?os desde su concesi¨®n, si, adem¨¢s, no se conceden anualmente".
La ley presentada por la vicepresidenta Elena Salgado dice que se garantiza la protecci¨®n al inversor en la colocaci¨®n de emisiones dirigidas comercialmente al p¨²blico en general, en las que no haya obligaci¨®n de publicar folleto. No lo cita, pero el art¨ªculo parece hecho ex profeso para la emisi¨®n de pagar¨¦s de Nueva Rumasa, que tanta publicidad ha tenido. En las modificaciones de la Ley del Mercado de Valores se establece que cuando se trate de una colocaci¨®n de emisiones dirigidas al p¨²blico en general empleando cualquier forma de comunicaci¨®n publicitaria, deber¨¢ intervenir una entidad autorizada para prestar servicios de inversi¨®n. Sin duda, ser¨¢ un alivio para la Comisi¨®n Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que nunca ha visto con buenos ojos emisiones de este tipo que pueden generar quejas de los inversores.
En la crisis financiera, uno de los focos ha estado en la actuaci¨®n de las agencias de calificaci¨®n de riesgos, que no fueron capaces de ver la falta de solvencia de los activos financieros basados en hipotecas basura. En este contexto, la Ley de Econom¨ªa Sostenible dice que "las agencias de calificaci¨®n crediticia sujetas al Reglamento/2009/CE se someter¨¢n al r¨¦gimen de supervisi¨®n e inspecci¨®n de la CNMV". Adem¨¢s, se conceden al organismo poderes sancionadores sobre tales entidades con un r¨¦gimen espec¨ªfico que se establecer¨¢ en el futuro.
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