El Supremo corrige a Hacienda: las prestaciones por maternidad s¨ª est¨¢n exentas de IRPF
El tribunal engloba esta ayuda en la exenci¨®n que ya tienen las percibidas por nacimiento, parto m¨²ltiple o adopci¨®n
El Tribunal Supremo ha zanjado un debate jur¨ªdico sobre si las prestaciones por maternidad deb¨ªan tributar, como hasta ahora, o no. Hacienda defend¨ªa que estas ayudas, que la Seguridad Social paga durante 16 semanas que dura el permiso de maternidad, deben pagar el IRPF. Pero algunos juzgados fallaron en contra de este criterio. El alto tribunal aclara la situaci¨®n y establece que estas prestaciones est¨¢n exentas. La sentencia deja muchas dudas, por ejemplo, sobre las pretaciones de paternidad y abre la puerta a reinterpretar la retroactividad, pero abre la puerta a miles de reclamaciones que podr¨ªan tener un coste para el Estado de unos 1.200 millones.
El Supremo confirm¨® ayer la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de junio de 2017 que orden¨® a la Agencia Tributaria que le devolviera a una mujer la cantidad ingresada en el IRPF de 2013 por la prestaci¨®n por maternidad con cargo a la Seguridad Social.
La sentencia abre un nuevo campo de batalla para la Agencia Tributaria, que, adem¨¢s de recibir una avalancha de reclamaciones, tendr¨¢ que defender en los tribunales muchos de las dudas que deja abierta la decisi¨®n del Supremo. Por ejemplo, si la decisi¨®n es extensible tambi¨¦n a los permisos de paternidad. Y sobre todo, sobre su aplicaci¨®n en el pasado: la decisi¨®n del alto tribunal no tiene, en principio, car¨¢cter retroactivo. As¨ª que a partir de ahora no se tendr¨¢n que pagar impuestos por recibir estas prestaciones. Sin embargo, la duda es qu¨¦ ocurre con los casos que no est¨¦n prescritos, los ¨²ltimos cuatro ejercicios. Es decir, aquellas madres que todav¨ªa est¨¦n en plazo de revisar sus declaraciones de la renta con la Agencia Tributaria. Fuentes jur¨ªdicas aseguran que podr¨¢n reclamar todos los que percibieron la prestaci¨®n desde 2014, ¨²ltimo ejercicio no prescrito. Esto abrir¨ªa la puerta a un coste millonario para las arcas p¨²blicas. Fuentes jur¨ªdicas calculan que las reclamaciones podr¨¢n costar alrededor de 1.200 millones a las arcas p¨²blicas. Adem¨¢s, Hacienda perder¨ªa cerca de 250 millones al a?o por las liquidaciones en el IRPF por este concepto.
Cerca de un mill¨®n de afectadas
El sindicato de t¨¦cnicos de Hacienda (Gestha) calcula que la exenci¨®n de las prestaciones por maternidad tendr¨¢ 1.085.000 beneficiarias. La Seguridad Social pag¨® el a?o pasado 1.519 millones en prestaciones a casi 270.000 mujeres. El caso sobre el que se ha pronunciado el Supremo es pol¨¦mico. Diferentes tribunales superiores se hab¨ªan manifestado en sentido contrario. De hehcho, eso permiti¨® al abogado del Estado recurri¨® al Supremo. Alegando que la sentencia del TSJ de Madrid era contradictoria con fallos de otros tribunales superiores de Castilla y Le¨®n y Andaluc¨ªa. El abogado del Estado argumentaba, entre otros motivos, que la prestaci¨®n de maternidad satisfecha por la Seguridad Social tiene la funci¨®n de sustituir el salario normal (no exento en el IRPF) que obtendr¨ªa la contribuyente por su trabajo habitual y que ha dejado de percibir al disfrutar de ese permiso de 16 semanas.
La prestaci¨®n m¨¢s vigilada por Hacienda
La prestaci¨®n por maternidad que la Seguridad Social paga a las madres durante 16 semanas es una de las ayudas p¨²blicas m¨¢s vigiladas por la Agencia Tributaria en sus procesos rutinarios de comprobaci¨®n, seg¨²n confirm¨® el a?o pasado el Tribunal de Cuentas. Este ¨®rgano examin¨® los beneficios fiscales (prestaciones, deducciones, exenciones, reg¨ªmenes especiales) de las declaraciones del IRPF en 2015 y concluy¨® que el fisco hab¨ªa comprobado el 72% de las deducciones por maternidad.
En su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Jos¨¦ D¨ªaz Delgado, el Supremo considera que la prestaci¨®n por maternidad a cargo de la Seguridad Social puede entenderse en la casu¨ªsticas de rentas exentas enumeradas en el art¨ªculo 7 de la Ley del IRPF. Precisamente una nueva redacci¨®n que se hizo a este art¨ªculo en 1998 es el causante del embrollo jur¨ªdico. Entonces se incluy¨® en el p¨¢rrafo tercero letra h la siguiente frase: ¡°Tambi¨¦n estar¨¢n las prestaciones p¨²blicas por maternidad percibidas de las Comunidades Aut¨®nomas o entidades locales¡±. El Supremo explica que el matiz gramatical de ese ¡°tambi¨¦n¡± abr¨ªa la puerta a interpretar que las prestaciones de maternidad pagadas por la Seguridad quedan exentas. Ese mismo art¨ªculo ya declaraba que no ten¨ªan que pagar impuestos ¡°las dem¨¢s prestaciones p¨²blicas por nacimiento, parto o adopci¨®n m¨²ltiple, adopci¨®n, hijos a cargo y orfandad¡±.
Interpretaci¨®n gramatical por una redacci¨®n confusa
El Supremo argumenta que ¡°la exenci¨®n comprende la prestaci¨®n de maternidad y no solo las de nacimiento, parto m¨²ltiple, adopci¨®n e hijo a cargo, pues se refiere expresamente a la prestaci¨®n por maternidad y no parece pretender que su alcance se limite a las concedidas solo por las comunidades aut¨®nomas o entidades locales, sino que trata de establecer la exenci¨®n de todas las prestaciones por maternidad, sin distinci¨®n del ¨®rgano p¨²blico del que se perciban¡±.
Por eso, la asociaci¨®n de consumidores OCU recomienda a todos los ciudadanos que hayan recibido prestaci¨®n por maternidad de 2014 en adelante que reclamen a la Agencia Tributaria su devoluci¨®n. Para las declaraciones previas a ese a?o ya se habr¨ªa pasado el plazo para solicitar cualquier revisi¨®n en la renta al estar prescritos.
C¨®mo reclamar ante la Agencia Tributaria
La sentencia que considera exenta de IRPF la prestaci¨®n por maternidad abre la puerta a una cascada de miles de reclamaciones de contribuyentes. Los siguientes apartados pretenden responder a algunas dudas que puedan plantearse los afectados.
?Qu¨¦ hay que hacer para reclamar? Los contribuyentes que pagaron IRPF por la prestaci¨®n de maternidad podr¨¢n exigir a Hacienda que les devuelva lo que abonaron de m¨¢s si ese pago se hizo en la declaraci¨®n de la Renta de 2014 o posteriores. Deber¨¢n iniciar un procedimiento de devoluci¨®n de ingresos indebidos ante la Agencia Tributaria haciendo una liquidaci¨®n paralela. El primer paso a dar es presentar "un escrito de rectificaci¨®n y devoluci¨®n de los ingresos indebidos en el que se especifique que, en virtud de la sentencia del Supremo, se considera la prestaci¨®n percibida exenta y, por lo tanto, se ha tributado m¨¢s de lo debido", seg¨²n explica la abogada del Departamento Fiscal de Leg¨¢litas, Nuria D¨ªez a Efe.
?Cu¨¢nto dinero podr¨¢ recuperar? La cuant¨ªa a devolver puede variar bastante seg¨²n cual sea el importe de la prestaci¨®n recibida, que depende del sueldo del contribuyente. Y del tipo marginal del IRPF aplicado al resto de ingresos del contribuyente. Pero por ejemplo, para una prestaci¨®n de 5.681 euros en 2015, la devoluci¨®n oscilar¨ªa entre 1.000 y 2.600 euros, seg¨²n las estimaciones de la OCU.
?Qu¨¦ pasa con las que cobraron la maternidad antes de 2014? Las declaraciones anteriores a 2014 est¨¢n prescritas. No obstante, el abogado Antonio Mart¨ªnez, de portaldeabogados.es, que representa a alrededor de 1.200 afectados por esta situaci¨®n, sostiene que se pueden reclamar tambi¨¦n las comprendidas entre 2004 y 2014 mediante una v¨ªa llamada acci¨®n de enriquecimiento injusto.
?Qu¨¦ ocurre con los casos que est¨¢n en los tribunales? El fallo del Supremo fija doctrina y es de aplicaci¨®n obligada para todos los tribunales, por lo que lo normal es que la Abogac¨ªa del Estado desista de los pleitos abiertos. Si no lo hace, el tribunal que vea el caso dar¨¢ la raz¨®n al contribuyente.
?Afecta a la prestaci¨®n por paternidad? La ley del IRPF habla de exenci¨®n por "maternidad" por lo que Hacienda puede intentar que no se aplique a las ayudas a los padres, aunque el Supremo ha equiparado ya ambas situaciones en algunos supuestos distintos de este. El abogado Mart¨ªnez asegura que el TSJ de Madrid ya ha declarado exentas prestaciones de paternidad.
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