As¨ª es la reforma del Gobierno para que los trabajadores fichen (y las empresas paguen las horas extra)
El Ejecutivo aprueba un decreto con la normativa para el registro de jornada laboral
El decreto de protecci¨®n social y contra la precariedad laboral que el Gobierno tiene previsto aprobar este viernes incluye la obligaci¨®n por parte de las empresas de registrar la jornada laboral de los trabajadores y guardar ese registro durante cuatro a?os. Se trata de una medida que el Ejecutivo ya contemplaba en la contrarreforma laboral que estaba preparando y que el final abrupto de la legislatura ha impedido sacar adelante. En la exposici¨®n de motivos del decreto, siempre seg¨²n el borrador al que EL PA?S ha tenido acceso, se justifica la implantaci¨®n del registro como medida para combatir la precariedad laboral. La flexibilidad laboral, se?ala el texto, no puede llevar a incumplir la normativa sobre jornada m¨¢xima y horas extraordinarias.
El decreto tambi¨¦n se hace eco de algunas estad¨ªsticas como la Encuesta de Poblaci¨®n Activa (EPA) del cuarto trimestre de 2018, en la que m¨¢s de la mitad de los asalariados se?alaban trabajar m¨¢s de 40 horas a la semana y muchos de los contratados a jornada parcial dec¨ªan que su jornada efectiva no coincid¨ªa con la declarada. Adem¨¢s, un 48% de las personas que hacen horas extra declaran no cobrarlas, lo que, seg¨²n se?ala el Ejecutivo, no solo tiene el efecto de precarizar la situaci¨®n laboral del trabajador, sino que tambi¨¦n incide en las arcas de la Seguridad Social, que no percibe las cotizaciones correspondientes a esas horas trabajadas.
Estas son las modificaciones que introduce el Gobierno para obligar al registro de la jornada:?
Una nueva funci¨®n
En primer lugar, el Ejecutivo a?ade a las facultades que ya tiene en materia de ordenaci¨®n y duraci¨®n de la jornada, la de establecer "especialidades en las obligaciones de registro de la jornada". Para ello modifica el art¨ªculo 34 del Estatuto de los Trabajadores en su apartado s¨¦ptimo. Este especifica que es el ministro de Trabajo el encargado de poner esas normas, "previa consulta a las organizaciones sindicales y empresariales m¨¢s representativas".
Hora de entrada y salida
Al mismo art¨ªculo, se a?ade un nuevo apartado (el noveno) que determina c¨®mo ha de hacerse el registro de la jornada. Lo primero que se?ala es que "deber¨¢ incluir el horario concreto de entrada y salida de cada persona trabajadora".?
Negociaci¨®n colectiva
El decreto precisa que la puesta en marcha del registro se har¨¢ mediante la negociaci¨®n colectiva consultando previamente a los representantes de los trabajadores. En defecto de estos, ser¨¢ el empresario el encargado de dar instrucciones para organizar y documentar el registro de la jornada de cada trabajador.
Disponible durante cuatro a?os
El empresario tendr¨¢ la obligaci¨®n de conservar los registros durante cuatro a?os. En ese periodo, est¨¢n a disposici¨®n de los trabajadores, sindicatos, de la inspecci¨®n laboral y de la Seguridad Social.
Infracci¨®n grave
El texto tambi¨¦n modifica la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que en adelante incluir¨¢ el registro de jornada como uno de los motivos que, en caso de transgresi¨®n por parte de la empresa, acarrean una sanci¨®n grave. Este tipo de sanciones acarrean multas de entre 626 y 6.250 euros para las empresas y no son individualizadas. Es decir, que en caso de que la inspecci¨®n encuentre que se ha incumplido la norma, aunque afecte a muchos trabajadores, impone una sola multa.
Dos meses de plazo
Por ¨²ltimo, el decreto recoge en su disposici¨®n final que la norma de registro de la jornada ser¨¢ de aplicaci¨®n a los dos meses de la publicaci¨®n del texto en el Bolet¨ªn Oficial del Estado, lo que se producir¨¢ en los pr¨®ximos d¨ªas.
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