El Supremo anula una multa de Competencia a Telef¨®nica por 25,8 millones
El tribunal considera que las cl¨¢usulas de permanencia que la compa?¨ªa aplicaba a las pymes no limitan la capacidad de los clientes de cambiar de operadora
El Tribunal Supremo ha anulado una sanci¨®n de 25,8 millones de euros que la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso en 2014 a Telef¨®nica por los compromisos de permanencia que ten¨ªa en sus contratos para peque?as y medianas empresas. La CNMC consider¨® que estas condiciones limitaban "injustificadamente la capacidad de los clientes de cambiar de operador".
Telef¨®nica recurri¨® la sanci¨®n en primer lugar a la Audiencia Nacional y gan¨®. La Abogac¨ªa del Estado present¨® un recurso de casaci¨®n que ahora ha rechazado el Tribunal Supremo. Seg¨²n la sentencia, del 18 de febrero pasado, "no se ha probado que la conducta de Telef¨®nica con la puesta en marcha de los contratos de servicios de comunicaciones PREMIUM especial PYMES, para la fidelizaci¨®n de sus clientes constituya una restricci¨®n de la competencia para apreciar el il¨ªcito administrativo". El fallo se?ala que la apreciaci¨®n de la CNMC "no resulta debidamente fundada ni justificada".
El Tribunal Supremo considera que la actuaci¨®n de la operadora no afecta a la libre competencia, y no infringe la Ley de Defensa de la Competencia y del Tratado de Funcionamiento de la Uni¨®n Europea (TFUE) tal y como sosten¨ªa la CNMC. El abogado del Estado que llev¨® el caso solicit¨® plantear una cuesti¨®n prejudicial ante el Tribunal de Justicia europeo para que fijara jurisprudencia, pero el Supremo considera que "no procede" por "no existir dudas" sobre la interpretaci¨®n de los preceptos legales.
La cl¨¢usula de permanencia introducida por Telef¨®nica forma parte de la relaci¨®n entre los operadores de telefon¨ªa m¨®vil y sus abonados, y no limita la capacidad de los clientes para cambiar de compa?¨ªa, ya que las condiciones se pactan de antemano, asegura el tribunal.
La CNMC explic¨® cuando anunci¨® que impon¨ªa la sanci¨®n a la compa?¨ªa que los compromisos de permanencia incluidos en los "Contratos Premium especial PYME", vigentes desde 2006, estaban vinculados a descuentos sobre las tarifas y ten¨ªan una duraci¨®n inicial de 12, 18 ¨® 24 meses. La permanencia se prorrogaba autom¨¢ticamente y las penalizaciones eran "crecientes", seg¨²n el organismo de competencia.
La Audiencia Nacional dio la raz¨®n a la operadora, al considerar que esos contratos no constitu¨ªan una restricci¨®n vertical en un sentido econ¨®mico, ya que las empresas que los firman no est¨¢n situadas en ning¨²n punto del proceso de producci¨®n o de distribuci¨®n, sino que son consumidores del servicio. ¡°Los usuarios empresariales contratan los servicios de comunicaciones m¨®viles para su consumo final y no para revenderlos o transformarlos en otro producto¡±, se?al¨® la sentencia.
En lo que va de a?o, es la segunda multa de mayor cuant¨ªa que el Tribunal Supremo le anula a la CNMC, despu¨¦s de que en enero una sentencia tumbara otra sanci¨®n a varias compa?¨ªas telef¨®nicas de 120 millones de euros.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.