Un juzgado declara improcedente el despido de una administrativa que fue sustituida por un robot
La mujer trabajaba en un hotel en Gran Canaria y llevaba 13 a?os en el puesto
La justicia espa?ola ha puesto en evidencia que el hist¨®rico miedo de obreros o trabajadores a ser sustituidos por m¨¢quinas que desempe?en su misma labor, pero sin cansarse ni dormir ni cotizar, tiene un l¨ªmite y pasa por un despido improcedente con su consiguiente indemnizaci¨®n.?As¨ª ha quedado plasmado en una sentencia publicada este jueves?que ha declarado improcedente el despido de una empleada de Lopesan Hotel Management SL que, despu¨¦s de 13 a?os de servicio, fue sustituida por un programa inform¨¢tico o bot de gesti¨®n.
El grupo deber¨¢ readmitir a la afectada en cinco d¨ªas desde la notificaci¨®n del fallo o aumentar su indemnizaci¨®n a 28.305 euros; 33 d¨ªas de salario por a?o trabajado con un m¨¢ximo de 24 mensualidades.?La sentencia, adem¨¢s, establece que la empresa debe indemnizar a la mujer con 863 euros m¨¢s intereses, por omitirse el preaviso de despido que deber¨ªa haberse llevado a cabo en una extinci¨®n de contrato injustificada, que es lo que se ha acreditado en el proceso.
Un robot no puede, por tanto, suplir a un empleado sin explicaci¨®n ni consecuencias o con la ¨²nica excusa de reducir costes, porque seg¨²n el juez Javier Ercilla, titular del Juzgado de lo Social n¨²mero 10 de Las Palmas de Gran Canaria, eso viene a significar lo mismo que reducir el derecho al trabajo para ¡°aumentar la libertad de la empresa¡±.
Un ¡®bot¡¯?que trabaja 24 horas
La afectada desempe?aba desde 2006 su labor en las oficinas centrales de la multinacional tur¨ªstica de origen grancanario como oficial de contabilidad. Sin embargo, en diciembre del pasado a?o la firma adquiri¨® la licencia de Jiodka, un RPA (sigla en ingl¨¦s de automatizaci¨®n rob¨®tica de procesos) para la gesti¨®n de cobros.
La m¨¢quina realizaba tareas todos los d¨ªas laborales desde las 17.15 hasta la madrugada de la siguiente jornada, mientras que en los festivos trabajaba las 24 horas. Solo hicieron falta unos meses para que, en marzo de este a?o, tanto la contable como otros compa?eros de su departamento recibieran una carta en la que se les comunicaba su ¡°despido objetivo¡±.
En la misiva, la empresa alegaba ¡°causas t¨¦cnicas, organizativas y productivas¡± para justificar el despido, y durante el proceso judicial dijo basarse en ¡°informes de futuro sobre el desalentador panorama del sector en las islas¡±. Cabe destacar que en los ¨²ltimos a?os el archipi¨¦lago ha registrado cifras r¨¦cord en llegada de turistas.
Ante esta explicaci¨®n, el juez puntualiza en la sentencia que la reforma laboral aprobada en 2012 ¡°no exime al empleador del deber de acreditar que real y efectivamente atraviesa por dificultades de cierta entidad para cuya superaci¨®n es medida adecuada y razonable la extinci¨®n de contratos de trabajo¡±. Considera, por lo tanto, que el grupo hotelero no aport¨® documento alguno que probara su supuesta ¡°mala salud econ¨®mica¡± en el momento de ordenar el despido.
Derecho laboral frente a productividad
La sentencia profundiza en la automatizaci¨®n de las tareas hasta ahora desarrolladas por humanos y diferencia el presente caso de otros en los que los instrumentos de producci¨®n se han quedado desfasados. Es el caso, por ejemplo, del paso de las c¨¢maras fotogr¨¢ficas anal¨®gicas a las digitales, lo que hizo desaparecer el trabajo de revelado.
Por el contrario, queda claro que lo ocurrido en la empresa canaria es ¡°la sustituci¨®n de un trabajador por un instrumento¡± y a juicio del magistrado ¡°la automatizaci¨®n de procesos como la operada en el caso presente implicar¨¢ una destrucci¨®n de empleos de al menos el 35% de la poblaci¨®n activa¡±.
La motivaci¨®n empresarial se vislumbra en la propia carta de despido. El uso de bots supone un aumento considerable de la productividad, dado que pueden hacer el trabajo de varias personas, lo que aumenta la competitividad y reduce costes. No obstante, a?ade el juez Ercilla, ¡°esos costes que se reducen, se circunscriben en prescindir totalmente de los trabajadores. Esto es, se erige la mejora de la competitividad como elemento ¨²nico que justifique el despido, mediante la introducci¨®n de bots que automaticen el trabajo, desplazando a la masa laboral humana. Definitivamente, esto no puede ser tenido como una causa justa para un despido objetivo procedente, por cuanto lo contrario implicar¨ªa favorecer, so pretexto de la competitividad, la subestimaci¨®n y minimizaci¨®n del derecho al trabajo¡±.
La sentencia concluye que la automatizaci¨®n, como causa t¨¦cnica del despido objetivo, ¡°implica una oposici¨®n entre los derechos sociales alcanzados por los trabajadores que se vislumbran como obst¨¢culo u ¨®bice para alcanzar un rendimiento empresarial m¨¢s ¨®ptimo¡±.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.