Trabajo publica una gu¨ªa de actuaci¨®n para empresas y empleados sobre el coronavirus
El manual dice que ¡°las empresas deber¨¢n paralizar la actividad laboral si hay riesgo grave e inminente de contagio¡±
El Ministerio de Trabajo ha preparado una gu¨ªa sobre c¨®mo deben actuar empresas y empleados por el coronavirus. En ella, el departamento que dirige Yolanda D¨ªaz apunta que las empresas, en sus centros de trabajo, deben ¡°informar lo antes posible de la existencia de riesgo¡± de que haya contagio por coronavirus. Tambi¨¦n apunta que las empresas ¡°deber¨¢n paralizar la actividad laboral en caso de que exista un riesgo por contagio por coronavirus en el centro de trabajo¡± si ese riesgo es ¡°grave e inminente¡±.
Antes de llegar a este extremo, la gu¨ªa de Trabajo apunta que las empresas deben adoptar las medidas ¡°organizativas o preventivas que, de manera temporal, eviten situaciones de contacto social, sin necesidad de paralizar la actividad¡±. A partir de ah¨ª, el manual expone la obligaci¨®n de informar y adoptar medidas ¡°cuando las personas trabajadoras est¨¦n o puedan estar expuestas a un riesgo grave e inminente¡±.
Cr¨ªticas de la patronal y sindicatos
La publicaci¨®n de la gu¨ªa por parte del Ministerio de Trabajo sin consultar a los agentes sociales provoc¨® el malestar de patronal y sindicatos. Las organizaciones CEOE y Cepyme, a trav¨¦s de un comunicado conjunto, calificaron como ¡°un grave error¡± la difusi¨®n del manual. ¡°Genera alerta y confusi¨®n al no corresponder con la valoraci¨®n del riesgo realizada por el Ministerio de Sanidad¡±, se?alaron las organizaciones empresariales. Por su parte, Pepe ?lvarez, l¨ªder del UGT, ha se?alado este jueves: ¡°Es una gu¨ªa unilateral y es poco recomendable que, sin consultarnos, tome la decisi¨®n de poner en marcha esta gu¨ªa (...) Lo razonable ser¨ªa que pudi¨¦ramos hablar con Sanidad y con Trabajo y que las decisiones sean conjuntas, conocidas y compartidas con los agentes sociales¡±.
El manual difundido este mi¨¦rcoles por el Ministerio de Trabajo comienza con las medidas de ¡°prevenci¨®n de riesgos laborales¡±. En ellas se recogen las obligaciones de la empresa y tambi¨¦n expone cu¨¢ndo un trabajador podr¨¢ dejar su actividad por decisi¨®n propia. Tambi¨¦n menciona que, ¡°por decisi¨®n mayoritaria, la representaci¨®n unitaria o las delegadas de prevenci¨®n, podr¨¢n acordar la paralizaci¨®n de la actividad¡±. Esto puede hacerse en aplicaci¨®n de la Ley de Prevenci¨®n de Riesgos Laborales que se?ala podr¨ªa hacerlo ¡°cuando considere que dicha actividad entra?a un riesgo grave e inminente para su vida o su salud¡±.
A la hora de definir qu¨¦ es ¡°grave e inminente¡±, se?ala que la ley de riesgos laborales define esto como ¡°todo aspecto que resulta probable que se materialice en un futuro inmediato y pueda ser causa de gravedad¡±. M¨¢s adelante, en la aclaraci¨®n de ambos conceptos apunta que ¡°en relaci¨®n al an¨¢lisis de la gravedad, de existir el riesgo de contagio, [...], se puede afirmar que, de ser real esta posibilidad, es posible afirmar su existencia con car¨¢cter general¡±.
Acerca de la ¡°inmediatez del riesgo¡±, contin¨²a diciendo que ¡°la mera suposici¨®n o la alarma social generada no son suficientes para entender cumplidos los requisitos de la norma, debiendo realizar una valoraci¨®n carente de apreciaciones subjetivas, que tenga exlusivamente en cuenta hechos fehacientes que lleven a entender que la continuaci¨®n de la actividad laboral supone la elevaci¨®n del riesgo de contagio para las personas trabajadoras¡±, enfatiza Trabajo en el manual laboral.
Fomento del teletrabajo
La gu¨ªa oficial tambi¨¦n aconseja que se recurra al teletrabajo, tanto mediante un acuerdo individual como colectivo, cuando esta opci¨®n no se recoge en el contrato de trabajo. ¡°La decisi¨®n [...] requerir¨¢ que se configure como una medida de car¨¢cter temporal y extraordinaria¡±, contin¨²a el texto.
Sobre la suspensi¨®n total o parcial de la actividad recurriendo a un expediente de regulaci¨®n de empleo temporal (los llamados ERTE), el manual oficial cita el art¨ªculo del Estatuto de los Trabajadores, el 47, que contempla la posibilidad de hacerlo por causas de fuerza mayor. Y, adem¨¢s, concreta que podr¨ªa darse ¡°por la escasez o falta total de aprovisionamiento de elementos o recursos necesarios para el desarrollo de la actividad empresarial como consecuencia de la afectaci¨®n por el coronavirus de empresas proveedoras o suministradoras¡±. Una causa de fuerza mayor en un expediente de regulaci¨®n temporal de empleo pueden ser provocadas por ¡°decisiones de la Autoridad Sanitaria que aconsejen el cierre por razones de cautela¡±.
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