El Tribunal de Cuentas archiva la investigaci¨®n sobre el rescate a la aerol¨ªnea Plus Ultra al no constatar da?o para los fondos p¨²blicos
El auto de sobreseimiento ha contado con el informe favorable de la Fiscal¨ªa y la Abogac¨ªa del Estado
El Tribunal de Cuentas ha archivado las diligencias practicadas sobre la ayuda financiera a la empresa Plus Ultra L¨ªneas A¨¦reas al estimar que su concesi¨®n no ha provocado da?o alguno a los fondos p¨²blicos. La secci¨®n de enjuiciamiento del tribunal ha investigado la denuncia presentada por Ciudadanos sobre un presunto perjuicio causado a las arcas del Estado por esta operaci¨®n, sin hallar datos que avalen esta tesis. La resoluci¨®n acordada subraya que ¡°los hechos contemplados en la acci¨®n p¨²blica no presentan indicios de haber dado lugar al incumplimiento de las leyes reguladoras del r¨¦gimen presupuestario y de contabilidad aplicable al sector p¨²blico¡±.
El auto de archivo, dictado por el consejero Felipe Garc¨ªa Ortiz, explica que la investigaci¨®n se ha centrado en aclarar si tiene fundamento la denuncia de Ciudadanos sobre que la concesi¨®n a Plus Ultra de una ayuda financiera con cargo al Fondo de Apoyo a la Solvencia de las Empresas Estrat¨¦gicas (Fasee), gestionado por la SEPI, por un importe de 53 millones de euros ha producido un ¡°menoscabo en los fondos p¨²blicos¡±. El motivo de ese da?o se deber¨ªa, seg¨²n el partido dirigido por In¨¦s Arrimadas, a que la citada empresa no reunir¨ªa los requisitos exigidos ¡°para ser beneficiaria de dicha ayuda¡±.
La ayuda consiste en un pr¨¦stamo ordinario
La resoluci¨®n constata a este respecto que ¡°la ayuda financiera percibida hasta el momento por la empresa Plus Ultra, por importe de 19 millones de euros, es un pr¨¦stamo ordinario y como tal no ha originado un perjuicio econ¨®mico a los fondos p¨²blicos¡±. El auto a?ade que ¡°un perjuicio a los fondos p¨²blicos por la concesi¨®n de este pr¨¦stamo se producir¨ªa por su aplicaci¨®n a finalidades distintas a las que fue concedido¡±, o por ¡°su falta de amortizaci¨®n en los correspondientes plazos de vencimiento o por impago de los intereses que, en su caso, se hubieran pactado¡±. La jurisdicci¨®n contable ser¨ªa la encargada de pronunciarse sobre todas estas circunstancias, pero ¡°no han sido objeto de la acci¨®n p¨²blica ejercitada¡±.
El rescate de Plus Ultra por parte del Gobierno ha suscitado una gran pol¨¦mica al tratarse de una aerol¨ªnea casi desconocida en el sector, con poca actividad y con unas cuentas maltrechas ya antes de la crisis desencadenada por la pandemia de la covid-19. Desde que se aprob¨® este rescate, los grupos de la oposici¨®n (PP, Ciudadanos y Vox) lo criticaron al considerar que la compa?¨ªa ni es estrat¨¦gica (tiene una cuota m¨ªnima de mercado) ni es solvente, requisitos establecidos para acceder al fondo de la SEPI. Adem¨¢s, han suscitado multitud de cr¨ªticas las supuestas conexiones de la compa?¨ªa con los dirigentes del r¨¦gimen de Nicol¨¢s Maduro en Venezuela. El rescate de la aerol¨ªnea se encuentra actualmente investigado por el juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 15 de Madrid, que la semana pasada orden¨® suspender la entrega de 34 de los 53 millones de euros que forman parte del rescate del Gobierno. Y concedi¨® cinco d¨ªas a la compa?¨ªa a¨¦rea para acreditar que realmente necesita este pr¨¦stamo a fin de pagar a proveedores y asegurar su viabilidad.
El consejero del Tribunal de Cuentas subraya que su decisi¨®n ha contado con el respaldo de la Fiscal¨ªa y la Abogac¨ªa del Estado. El informe de la Fiscal¨ªa subrayaba que la ley que rige el funcionamiento del Tribunal de Cuentas y ¡°el criterio constante de la doctrina sobre la materia¡± exigen que se compruebe ¡°la realidad o efectividad del da?o o perjuicio¡± a los fondos p¨²bicos, ¡°lo que significa que este ha de ser real y no meramente potencial o posible, descartando especulaciones acerca de perjuicios contingentes o dudosos¡±.
No se producen da?os a las arcas p¨²blicas
El fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, Miguel ?ngel Torres, insiste en su informe en que en el ¨¢mbito de la jurisdicci¨®n contable lo m¨¢s relevante es que se haya producido un da?o en relaci¨®n con determinados caudales p¨²blicos y que, adem¨¢s, ese da?o sea efectivo y evaluable econ¨®micamente, ¡°circunstancia que, en el presente caso, no se ha producido¡±. El texto a?ade que ¡°seg¨²n consta en la documentaci¨®n aportada por los denunciantes¡±, los pr¨¦stamos concedidos por el Fondo de Apoyo a la Solvencia para las Empresas Estrat¨¦gicas todav¨ªa no han vencido, ¡°resultando prematuro en el momento actual predecir el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones asumidas por la entidad beneficiaria y el consiguiente perjuicio para los fondos p¨²blicos¡±.
La denuncia de Ciudadanos subrayaba, a su vez, que los hechos relativos a la ayuda concedida a Plus Ultra ¡°ponen de manifiesto que gestores p¨²blicos, en sentido amplio, pero suficiente a los presentes efectos, responsables del manejo de caudales p¨²blicos, han producido, por acci¨®n u omisi¨®n, un da?o, adem¨¢s, grave, al erario p¨²blico, desde el momento en que han hecho posible que una empresa que no reun¨ªa los requisitos establecidos por la ley, disfrute de una ayuda a la que no ten¨ªa derecho¡±. La tesis de Ciudadanos es que dicha empresa, ¡°en tanto que beneficiaria ilegal de la ayuda, tambi¨¦n incurrir¨ªa en la responsabilidad correspondiente por cuanto su colaboraci¨®n ha sido imprescindible para la comisi¨®n de las irregularidades denunciadas¡±.
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