El Supremo dicta que el FROB, en lugar de CaixaBank, cobre la indemnizaci¨®n de 417 millones por el Banco de Valencia
El tribunal rebaja la pena a tres a?os y ocho meses de prisi¨®n al exconsejero delegado de la instituci¨®n, Domingo Parra, y la aumenta a un exdirectivo y dos empresarios
El Tribunal Supremo ha sentenciado que las indemnizaciones civiles que deben pagar los acusados por el caso Banco de Valencia deber¨¢n abonarse al FROB y no a CaixaBank, que adquiri¨® la entidad financiara, como dictamin¨® la Audiencia Nacional. El auto considera que fue el Fondo de Reestructuraci¨®n Ordenada Bancaria el perjudicado por las irregularidades que se llevaron a cabo en la entidad. La suma total de la indemnizaci¨®n se eleva a 417 millones de euros.
En su fallo, la Sala Segunda del tribunal condena a tres a?os y ocho meses de prisi¨®n al exconsejero delegado de Banco de Valencia Domingo Parra Soria por un delito continuado de administraci¨®n desleal. Como cooperadores necesarios del mismo delito, ha aumentado la condena a un a?o y medio de prisi¨®n al exdirectivo Alfonso Monferrer Duand¨ª y a un a?o, un mes y quince d¨ªas a los empresarios Salvador Vila Soria y Juan Bautista Soler Luj¨¢n.
La Audiencia Nacional hab¨ªa condenado a cuatro a?os de prisi¨®n a Domingo Parra, a seis meses a Monferrer y a cuatro meses a Vila y a Soler. El Tribunal Supremo ha rebajado la condena del exconsejero delegado al considerar que la Audiencia Nacional no justific¨® adecuadamente la individualizaci¨®n de la pena, mientras que ha elevado la del resto de acusados por considerar que no son c¨®mplices, sino cooperadores necesarios del delito continuado de administraci¨®n desleal, como ped¨ªa la Fiscal¨ªa.
Trato de favor
El Tribunal Supremo ha confirmado que Parra y Monferrer deber¨¢n pagar una indemnizaci¨®n civil de 168 millones de euros, de forma conjunta y solidaria, mientras que Soler deber¨¢ desembolsar 130 millones y Vila, 119 millones de euros. Los empresarios eran administradores de Nou Litoral, Urbanas de Levante y Salvador Vila SL, compa?¨ªas que recibieron trato de favor por parte del Banco de Valencia, dirigido por Parra.
Al contrario de lo que determin¨® la sentencia de la Audiencia Nacional de 25 de abril de 2019, estas indemnizaciones no se pagar¨¢n a CaixaBank, que fue la entidad que compr¨® Banco de Valencia por un euro, sino al FROB, que fue quien tuvo que rescatar a la entidad. El Supremo estima as¨ª el recurso interpuesto por el Fondo de Reestructuraci¨®n Ordenada Bancaria, que tuvo que inyectar m¨¢s de 5.000 millones de euros para rescatar a la entidad valenciana en 2012.
Seg¨²n explica la sentencia, la causa investig¨® a directivos del Banco de Valencia y representantes de sociedades mercantiles que convinieron una serie de pr¨¦stamos y l¨ªneas de cr¨¦dito ruinosas la entidad mediante negocios altamente especulativos, de manera que se contrajeron obligaciones fraudulentas para la entidad por millones de euros. Este abuso de funciones provoc¨® que el banco tuviese que ser rescatado por el FROB con dinero procedente de la Uni¨®n Europea y terminase siendo vendido a CaixaBank por la cantidad simb¨®lica de un euro.
En su sentencia, el Supremo se?ala que ¡°el FROB es un perjudicado directo, porque la inyecci¨®n de capital que efectu¨® constituy¨® una entrega sustitutiva a la indemnizaci¨®n permitiendo la venta del Banco de Valencia. Por el contrario, la intervenci¨®n de Sareb [la Sociedad de activos procedentes de la reestructuraci¨®n bancaria, m¨¢s conocida como el banco malo] es posterior y, por tanto, esta entidad no puede ser considerada perjudicada directa de la acci¨®n delictiva enjuiciada en la presente causa, sin perjuicio, de que mantenga su derecho de la recuperaci¨®n de la cantidad inyectada para el saneamiento en los t¨¦rminos en los que se acord¨® el pr¨¦stamo participativo¡±.
Adem¨¢s, a?ade el auto, ¡°ninguna acusaci¨®n solicit¨® que el montante de la indemnizaci¨®n civil se entregara a Caixabank, ni siquiera esta propia entidad mercantil, sino al FROB. Si la Sala sentenciadora de instancia entendi¨® que ello no era as¨ª, debi¨® desestimar tal petici¨®n, pero no transformarla de oficio, incluyendo a Caixabank como acreedora, raz¨®n por la cual, la infracci¨®n legal debe ser apreciada¡±.
En enero de 2020, la Audiencia Nacional ya conden¨® a Parra a un a?o y tres meses de prisi¨®n por un delito de administraci¨®n desleal y al considerarlo responsable de conceder un cr¨¦dito de 312 millones de euros al grupo del empresario Bautista Soler para la compra de una participaci¨®n en Metrovacesa. La operaci¨®n dej¨® en las cuentas de la entidad un agujero de casi 94 millones de euros que el tribunal orden¨® abonar al FROB.
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