¡®Influencers¡¯, sexualidad y cintas de v¨ªdeo
Una discoteca de Conil que comparti¨® las grabaciones del d¨²o Devermut podr¨ªa encarar sanciones
Hace unas semanas, Marta Cill¨¢n y Sara Gim¨¦nez, la pareja de j¨®venes influencers que forman Devermut, denunciaron en las redes sociales que las hab¨ªan echado de un local en Conil (C¨¢diz) llamado La Luna por su orientaci¨®n sexual. Enseguida se convirti¨® en uno de los asuntos m¨¢s comentados en Twitter e Instagram. La bola se hizo m¨¢s grande cuando, al d¨ªa siguiente, la discoteca public¨® unas im¨¢genes captadas por las c¨¢maras de seguridad que pon¨ªan en cuesti¨®n su versi¨®n.
La publicaci¨®n de los v¨ªdeos de las c¨¢maras de seguridad del pub provoc¨® que las influencers perdieran miles de seguidores. Cill¨¢n y Gim¨¦nez, a trav¨¦s de un comunicado publicado en su cuenta de Instagram, anunciaron que iban a tomar acciones legales. Denunciaban que la difusi¨®n de las im¨¢genes captadas por el circuito de c¨¢maras de seguridad ¡°afectan al derecho a la intimidad, honor y la propia imagen¡±.
?Puede un establecimiento publicar las im¨¢genes de sus c¨¢maras de seguridad en las redes sociales? En primer lugar, es necesario conocer que la Ley Org¨¢nica de Protecci¨®n de Datos y Garant¨ªa de Derechos Digitales (LOPDGDD) recoge que los establecimientos ¡°podr¨¢n llevar a cabo el tratamiento de im¨¢genes a trav¨¦s de sistemas de c¨¢maras con finalidad de preservar la seguridad de las personas o bienes, as¨ª como sus instalaciones¡±. Tamara Vizca¨ªno, abogada experta en protecci¨®n de datos en Grupo Adaptalia, agrega que ¡°las zonas de videovigilancia deben contar con carteles informativos, ubicados en lugares visibles¡±.
Eduard Blasi, abogado y profesor del postgrado de protecci¨®n de datos de la Universidad UOC, explica que un local como una discoteca o un bar ¡°tiene un deber de confidencialidad sobre las im¨¢genes captadas¡±. Las grabaciones deben permanecer a salvo de miradas indiscretas. Blasi apunta que ¡°deben custodiarse con las medidas de seguridad adecuadas, de tal manera que se impida el acceso por parte de terceros no autorizados¡±. Es por ello que en el caso de las influencers ¡°parece que no se garantiz¨® debidamente la confidencialidad de las mismas¡±, opina el letrado.
Los juristas consultados coinciden en que la imagen es un dato personal y que, con car¨¢cter general, no est¨¢ permitido difundir en redes sociales im¨¢genes captadas por c¨¢maras de seguridad. Samuel Parra, abogado especializado en protecci¨®n de datos en Egida, apunta que ¡°ser¨ªa necesario contar con alguna base de legitimaci¨®n, como por ejemplo el consentimiento de las personas que aparecen en esas grabaciones¡±.
En la misma l¨ªnea opina Vizca¨ªno, quien considera que si un local comparte las im¨¢genes captadas por las c¨¢maras de seguridad a un medio de comunicaci¨®n o las publica en sus redes sociales ¡°estar¨ªa dando a las im¨¢genes un uso totalmente distinto y ajeno a la finalidad inicial para la que fueron recabadas¡±. Algo expresamente prohibido por la ley.
Por su parte, los responsables de la discoteca La Luna justificaron la decisi¨®n de compartir las im¨¢genes de sus c¨¢maras como una suerte de ¡°leg¨ªtima defensa¡±. Quer¨ªan demostrar que las acusaciones vertidas por las influencers eran falsas, pero en opini¨®n de Samuel Parra ¡°esas circunstancias no hacen que la difusi¨®n de im¨¢genes tuviera amparo en la normativa de protecci¨®n de datos¡±.
Quien entienda que su privacidad se ha visto atacada tiene dos v¨ªas de actuaci¨®n, explica Borja Adsuara, abogado experto en Derecho digital. La primera, ¡°por la v¨ªa administrativa, denunciando al local ante la AEPD (Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos)¡±. La segunda es la v¨ªa civil, es decir, actuar directamente ante los tribunales y pedir ¡°una indemnizaci¨®n por los da?os y perjuicios causados a su honor y propia imagen¡±. Adem¨¢s, Adsuara advierte de que esta segunda v¨ªa tambi¨¦n podr¨ªa ser utilizada por la discoteca, ¡°porque las personas jur¨ªdicas tambi¨¦n tienen reputaci¨®n, que se puede da?ar¡±.
?Qu¨¦ sanci¨®n puede imponer la AEPD? Los juristas apuntan a que es dif¨ªcil predecir qu¨¦ sanci¨®n podr¨ªa imponer la AEPD, aunque si finalmente existe denuncia ante la agencia, Samuel Parra descarta que en un supuesto como el analizado se impusiese una sanci¨®n econ¨®mica. ¡°En casos similares a este¡±, explica el experto, ¡°la AEPD no viene imponiendo sanciones econ¨®micas, sino que fija una sanci¨®n de apercibimiento, lo que significa la mera declaraci¨®n de infracci¨®n de la normativa de protecci¨®n de datos, pero sin consecuencias econ¨®micas para el sancionado¡±.
Apercibimiento
Este a?o la AEPD ya se ha pronunciado ante un caso de las mismas caracter¨ªsticas. Tuvo lugar en una discoteca de Vigo, que result¨® sancionada por publicar en su perfil de Instagram un v¨ªdeo del interior del local. En la grabaci¨®n, se ve¨ªa a un chico bes¨¢ndose con otra persona, que no era su pareja en ese momento. ¡°Esto, afirmaba el denunciante, le ocasion¨® graves da?os morales¡± explica Parra. ¡°Supongo, porque la grabaci¨®n tambi¨¦n lleg¨® a la que s¨ª era su pareja en ese momento¡±. En este caso, la AEPD sancion¨® con un apercibimiento.
Por otra parte, Borja Adsuara entiende que tambi¨¦n cabe que ¡°la AEPD diga que no solo es un caso de protecci¨®n de datos, sino de derecho al honor y a la propia imagen e, incluso, pudiera entenderse que afecta tambi¨¦n al derecho a la libertad de informaci¨®n¡±. Adsuara cree que en este caso es esencial analizar la acci¨®n realizada por las clientas, que acusaron al pub de una conducta hom¨®foba, y considerar ¡°si la respuesta del local de hacer p¨²blicas ciertas im¨¢genes persegu¨ªa defender la reputaci¨®n del establecimiento y no tanto perjudicar a las influencers¡±. En su opini¨®n, al tratarse de un hecho noticiable y veraz, podr¨ªa verse afectado el derecho a la libertad de informaci¨®n y la resoluci¨®n del caso podr¨ªa derivar en los tribunales.
El caso de Cristina Cifuentes
No ser¨ªa la primera vez que un local es sancionado por difundir im¨¢genes de su circuito de seguridad. Un precedente cercano fue el famoso caso Cifuentes y el robo de las cremas del Eroski. Las im¨¢genes captadas por las c¨¢maras de seguridad del supermercado en 2011 precipitaron en 2018 la dimisi¨®n de la entonces presidenta de la Comunidad de Madrid. La AEPD sancion¨® a la cadena con 150.000 euros; sin embargo, la Audiencia Nacional anul¨® este a?o la sanci¨®n por cuestiones de forma.
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