Sanidad responde a las cr¨ªticas del nuevo etiquetado de alimentos: "El aceite no tendr¨¢ que llevar NutriScore"
Como tampoco la leche o los huevos. Adem¨¢s, la Aecosan asegura que va a adaptar el sistema franc¨¦s a la dieta mediterr¨¢nea
Si hasta ahora hab¨ªa que rebuscar la informaci¨®n nutricional en la parte trasera de los envases, en cuesti¨®n de cuatro d¨ªas se han anunciado no uno, sino dos nuevos?etiquetados de alimentos ¡ªen forma de sem¨¢foro nutricional para la parte frontal de los paquetes¡ª, que se comenzar¨¢n a utilizar en Espa?a en los pr¨®ximos meses, y que amenazan con convertir los supermercados en una verbena de colores. En BuenaVida analizamos a fondo las dos propuestas ¡ªla de Sanidad (NutriScore) que se aplicar¨¢ previsiblemente durante 2019, y la de la industria ¡ªel Etiquetado Nutricional Evolucionado (ENL)¡ª, que esperan introducir cinco grandes corporaciones alimentarias antes de fin de a?o.
Nuestra gu¨ªa para defenderse en el supermercado ante la avalancha de sem¨¢foros daba todas las respuestas de la mano de los expertos, pero dejaba algunas preguntas en el aire: ?vamos a introducir sin adaptaci¨®n en Espa?a un sistema de etiquetado basado en las recomendaciones nutricionales de un pa¨ªs ¡ªFrancia¡ª con unos h¨¢bitos de consumo, una dieta y unas necesidades diferentes de la nuestra? ?Qu¨¦ pasar¨¢ con el aceite de oliva, que por su composici¨®n (grasa) punt¨²a mucho peor en NutriScore que productos no saludables como las bebidas carbonatadas?
La Agencia Espa?ola de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrici¨®n (Aecosan), dependiente del Ministerio de Sanidad, responde por correo electr¨®nico a las preguntas de BuenaVida y aclara muchas de las dudas que se han propagado por las redes en los ¨²ltimos d¨ªas.
¨C ?Cu¨¢ndo se empezar¨¢ a aplicar NutriScore?
Ahora vamos a comenzar con la elaboraci¨®n del proyecto de norma que, como todas, debe cumplir con los procedimientos correspondientes de tramitaci¨®n. Adem¨¢s, debe informarse a la Comisi¨®n Europea seg¨²n el procedimiento establecido. Por lo tanto, dado que estamos en la fase inicial, es prematuro dar una fecha de aplicaci¨®n.
¨C?Va a ser obligatorio?
El Reglamento (UE) N.? 1169/2011 sobre la informaci¨®n alimentaria facilitada al consumidor establece en su art¨ªculo 35 que, adem¨¢s de las formas de expresi¨®n de la informaci¨®n nutricional obligatoria, el valor energ¨¦tico y las cantidades de nutrientes podr¨¢n facilitarse por medio de otras formas de expresi¨®n y presentaci¨®n. NutriScore va a ser la forma de presentaci¨®n complementaria recomendada por la Administraci¨®n espa?ola. Y de acuerdo con el Reglamento, ser¨ªa un etiquetado voluntario.
¨C ?Se va a hacer una versi¨®n espa?ola de NutriScore o se va a aplicar directamente la versi¨®n francesa, que es una marca registrada por su agencia para la salud?
El modelo franc¨¦s es la base para la clasificaci¨®n, pero vamos a adaptarlo a la dieta mediterr¨¢nea, y para ello vamos a contar con los mejores expertos en la materia.
¨C?Se estudiar¨¢ el caso especial del aceite de oliva?
Este sistema de etiquetado frontal (FOP) se implantar¨¢ exclusivamente para alimentos con m¨¢s de un ingrediente en su composici¨®n. Por tanto, productos como la miel, los huevos, el aceite, la leche, etc¨¦tera, no tendr¨¢n que aplicarlo.
¨C Mientras la aplicaci¨®n del sistema de etiquetado sea voluntaria, los fabricantes podr¨ªan optar por no marcar sus productos que obtengan una peor puntuaci¨®n. ?C¨®mo se evita esto?
El propio mercado, la transparencia y la competencia conducen a que se vayan adhiriendo las empresas y que [la puntuaci¨®n NutriScore, sea cual sea] se muestre en los productos.
Por otro lado, el hecho de que se aplique en otros pa¨ªses de nuestro entorno [Francia el primero; B¨¦lgica y Portugal han manifestado su apoyo al sem¨¢foro] ayuda tambi¨¦n a la penetraci¨®n de este sistema y a su utilizaci¨®n y comprensi¨®n; y permite que las empresas puedan etiquetar igual para varios pa¨ªses.
Estos etiquetados fomentan la reformulaci¨®n porque los ciudadanos podr¨¢n comparar entre productos similares.
¨C ?Contemplan alguna medida para que los alimentos marcados con verde no suban el precio?
El etiquetado frontal es una herramienta para ayudar a interpretar al consumidor la informaci¨®n nutricional obligatoria de una forma f¨¢cil y sencilla de comprender. Indica de forma visual, atractiva y simple las caracter¨ªsticas nutricionales que tiene el alimento, por lo que se considera que no debe influir en los precios.
¨C ?El etiquetado verde puede favorecer la elecci¨®n de los productos que lo lleven sobre los frescos (frutas, verduras, pescados...)?
Desde la Aecosan se recomienda siempre consumir m¨¢s frutas, verduras y legumbres, m¨¢s productos frescos, de temporada y de cercan¨ªa y menos procesados, y se hacen campa?as en ese sentido. El que se vaya a introducir una nueva medida que ayuda a elegir productos procesados m¨¢s saludables, no implica ninguna recomendaci¨®n concreta por parte de la administraci¨®n.
La informaci¨®n existe igualmente ahora, puesto que [los alimentos] llevan el etiquetado nutricional, que es obligatorio. La implantaci¨®n de un esquema frontal solo va a facilitar la comprensi¨®n del etiquetado actual.
Por otro lado, y de forma complementaria a otras existentes, se har¨¢n campa?as informativas espec¨ªficas para explicar y facilitar la comprensi¨®n e interpretar la lectura de este nuevo gr¨¢fico NutriScore. Pero se har¨¢ cuando se disponga de la normativa correspondiente.
¨C ?Se intentar¨¢ evitar que convivan distintos tipos de sem¨¢foros nutricionales? ?Se prohibir¨¢ el anunciado por la industria?
Creemos que implantar NutriScore es un avance importante para facilitar la comprensi¨®n del etiquetado nutricional. Las diferentes formas adicionales de expresi¨®n y presentaci¨®n son opcionales. Se pretende facilitar la comprensi¨®n e interpretaci¨®n de la informaci¨®n nutricional de forma clara, y que haya una demanda de este tipo de esquemas por parte del consumidor, para que pueda tomar decisiones m¨¢s saludables y equilibradas.
La propia evoluci¨®n de la penetraci¨®n del esquema NutriScore en otros pa¨ªses de nuestro entorno, y su aceptaci¨®n por los consumidores, as¨ª como los trabajos de la Aecosan y otras administraciones con los distintos sectores para su adhesi¨®n, ir¨¢n decantando a que este esquema sea el que se implante mayoritariamente y vamos a trabajar para que eso sea as¨ª.
Por otro lado, estamos a la espera del informe final de la Comisi¨®n Europea al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la utilizaci¨®n de formas adicionales de expresi¨®n y presentaci¨®n, sus efectos en el mercado interior y la conveniencia de una mayor armonizaci¨®n de dichas formas de expresi¨®n y presentaci¨®n. [Se prev¨¦ que este informe tenga lugar a principios de 2019 y determinar¨¢ qu¨¦ sistema de informaci¨®n nutricional es el que se recomienda para los pa¨ªses miembros].
¡ª ?Por qu¨¦ se ha elegido NutriScore? ?Se han valorado los sistemas que se usan en otros pa¨ªses (como el Key Hold de Noruega, Dinamarca y Suecia; el sem¨¢foro de Reino Unido; o el etiquetado chileno, con tres sellos negros que anuncian "alto en az¨²cares", "alto en grasas saturadas" y "alto en calor¨ªas")?
Sin perjuicio de que hay muchos otros esquemas en el mundo y todos aportan aspectos positivos en mayor o menor medida, ya que van orientados a facilitar la informaci¨®n nutricional m¨¢s relevante, la Aecosan ha elegido este NutriScore porque tiene una base cient¨ªfica y se ha desarrollado siguiendo un proceso legal respaldado por la Comisi¨®n y el gobierno franc¨¦s.
Adem¨¢s, lo han adoptado o lo van a adoptar los pa¨ªses de nuestro entorno. Todo ello contribuye a una cierta armonizaci¨®n europea que har¨¢ que los ciudadanos franceses, belgas, espa?oles ¡ªy de otros estados miembros que en un futuro pr¨®ximo lo adopten¡ª dispongan de esquemas similares, lo que ayudar¨¢ a la penetraci¨®n y adopci¨®n m¨¢s generalizada de este esquema.
El modelo de Chile, al igual que los otros esquemas estudiados, tiene aspectos positivos, pero consideramos que este esquema se centra solo en uno o varios nutrientes que puedan ser altos, sin ofrecer informaci¨®n sobre los dem¨¢s nutrientes, tal y como contempla el art¨ªculo 35 del Reglamento (UE) N.? 1169/2011 sobre la informaci¨®n alimentaria facilitada al consumidor.
En lo que se refiere a declaraciones nutricionales y de propiedades saludables, existe un marco normativo europeo (Reglamento 1924/2006) que es de obligado cumplimiento en la UE, y que regula las declaraciones autorizadas que pueden figurar en el etiquetado y sus condiciones de uso.
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