Los quince de Stansted
Un grupo de activistas podr¨ªa ir a prisi¨®n por evitar la salida de un vuelo de deportaci¨®n en 2017 en Reino Unido
Cualquiera que haya viajado a Londres reconocer¨¢ el nombre del aeropuerto de compa?¨ªas de bajo coste a una hora del centro de la ciudad. En Stansted, el d¨ªa 27 de marzo de 2017 quince personas llevaron a cabo una protesta pac¨ªfica para evitar la salida de un vuelo de deportaci¨®n con destino Ghana y Nigeria.
Como consecuencia, por un lado se pararon durante algunas horas las operaciones del aeropuerto. Por otro, al menos 10 de las 60 personas que iban a ser deportadas han podido tramitar su solicitud de asilo en Reino Unido desde entonces. Las 15 personas que paralizaron la salida del vuelo han sido declaradas culpables de poner en riesgo la seguridad del aer¨®dromo. Actualmente se encuentran a la espera de una sentencia que, al tratarse de actos relacionados con el terrorismo, podr¨ªa no solo llevarles a prisi¨®n, sino hacerlo durante mucho tiempo. El balance de esta acci¨®n concreta ha dado una oportunidad de cambiar su vida al menos a 10 personas, pero deja tambi¨¦n una seria advertencia para quienes lleven a cabo este tipo de acciones de resistencia a la deportaci¨®n de personas migrantes. A la espera de que en febrero se dicte la sentencia de este caso, no se trata de la ¨²nica.
El 23 de julio de este a?o Elin Ersson, una activista sueca, se neg¨® a sentarse en un vuelo Gotemburgo- Estambul para evitar la deportaci¨®n a Afganist¨¢n de un hombre de 52 a?os. Hace semanas se hizo p¨²blica la acusaci¨®n a la que se enfrenta por vulnerar las leyes de aviaci¨®n y que podr¨ªan suponerle hasta seis meses de c¨¢rcel por negarse a obedecer las ¨®rdenes de sentarse del comandante del vuelo.
Estos dos son ejemplos de actos pac¨ªficos de resistencia a vuelos de deportaci¨®n que son bastante habituales en la movilizaci¨®n de activistas de derechos humanos y de las personas migrantes. Actos que cada vez con m¨¢s frecuencia y menos explicaciones, los Estados criminalizan aplicando legislaci¨®n y tipos penales relacionados con actividades terroristas. Se pretende desmovilizar a un precio exageradamente alto: recortando espacio a la libertad de expresi¨®n y protesta de la ciudadan¨ªa en aras de la seguridad y criminalizando la solidaridad con las personas migrantes al ser devueltas, del mismo modo que se intenta hacer con quienes les rescatan en el Mediterr¨¢neo.
En el caso de Espa?a este tipo de acciones se promueven desde la Campa?a estatal por el cierre de los CIE y el fin de las deportaciones. A¨²n no se han dado casos como los descritos en Reino Unido y Suecia aunque tal vez sea cuesti¨®n de tiempo disponer de alg¨²n ejemplo patrio. Porque la advertencia respecto a la forma de desactivar acciones de resistencia ya est¨¢ vigente. Se materializa en las restricciones a la libertad de expresi¨®n y protesta que propicia la Ley Org¨¢nica de protecci¨®n de la seguridad ciudadana de 2015, conocida como Ley Mordaza. Desde su entrada en vigor, esta ley ha impuesto sanciones por un valor de hasta 270 millones de euros por faltas de respeto a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. No faltan ejemplos de interpretaciones desmesuradas del C¨®digo Penal que han supuesto el procesamiento de artistas, periodistas y activistas por expresar su libre opini¨®n en redes sociales, medios de comunicaci¨®n o la v¨ªa p¨²blica.
La iron¨ªa de todo esto es que la condena a los 15 de Stanstead se produjo el mismo d¨ªa que se conmemoraba el 70 aniversario de la Declaraci¨®n Universal de Derechos Humanos, y mientras se celebra la Conferencia de Marrakech en la que aprobaron los Pactos Mundiales sobre Migraci¨®n y Refugio. Grandes proclamaciones y compromisos que importan, y mucho. Pero los vuelos los paran las acciones y los gestos de las personas que, por ello, se exponen a sanciones y condenas desproporcionadas.
La contaminaci¨®n del discurso antinmigratorio est¨¢ cada vez m¨¢s presente y ejerce mayor influencia en las agendas pol¨ªticas. No se limita al rechazo y demonizaci¨®n de las personas migrantes, especialmente las que se encuentran en situaci¨®n irregular, sino que alcanza tambi¨¦n a quienes defienden su dignidad y reclaman sus derechos. Tambi¨¦n estas personas constituyen, en esta l¨®gica, una amenaza a la que se hace frente con la restricci¨®n de su libertad y sus derechos a protestar, manifestarse o expresar una opini¨®n inc¨®moda o diferente.
Tambi¨¦n aqu¨ª hay una advertencia clara. En el momento en el que se admita el debate sobre si los derechos humanos de las personas migrantes son tan absolutos y vigentes como para cualquier otra persona, estamos abriendo la posibilidad de que este debate se extienda a cualquier persona que no piense o act¨²e igual que quienes gobiernan. Y conviene recordar 70 a?os despu¨¦s que esta es, precisamente, la raz¨®n por la que los derechos humanos se proclamaron universales.
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