Prisiones permitir¨¢ a 2.400 reclusos en semilibertad tener tel¨¦fonos m¨®viles en sus celdas
Las terminales seguir¨¢n prohibidas para el resto de internos. Cada a?o se intervienen miles de estos dispositivos introducidos ilegalmente en los penales
La Secretar¨ªa General de Instituciones Penitenciarias ha dictado una orden interna por la que autorizar¨¢, por primera vez, que parte de la poblaci¨®n reclusa tenga en sus celdas determinados objetos prohibidos hasta ahora, como ordenadores y tel¨¦fonos m¨®viles, seg¨²n se detalla en el documento remitido a las prisiones al que ha tenido acceso EL PA?S. La medida afecta a cerca de 2.400 internos que disfrutan de la llamada semilibertad ¡°residencial¡±, es decir, con la obligaci¨®n de acudir a prisi¨®n, la mayor¨ªa de ellos solo a dormir de lunes a jueves. Las terminales de telefon¨ªa, que seguir¨¢n estando vetadas para el resto de los internos, son uno de los objetos clandestinos m¨¢s cotizados entre los presos. En 2019, ¨²ltimo a?o del que existen datos oficiales, los funcionarios de prisiones intervinieron dentro de las c¨¢rceles 2.672 de estos dispositivos, siete al d¨ªa. Esta cifra dobl¨® el n¨²mero de los requisados en 2017, cuando fueron 1.383.
La orden interna encuadra la medida dentro de una pol¨ªtica penitenciaria ¡°orientada hacia la inserci¨®n social¡± y con el objeto de favorecer ¡°los v¨ªnculos comunitarios¡± de los presos con el exterior. En este sentido, se?ala que, dada la expansi¨®n en la sociedad del uso de las nuevas tecnolog¨ªas de la informaci¨®n y la comunicaci¨®n, estas deben estar presentes en el medio abierto penitenciario ¡°a efectos laborales, formativos y de comunicaci¨®n¡± de los presos en semilibertad. Por ello, Interior ha acordado revisar el cat¨¢logo de objetos prohibidos que rige para todos los reclusos, vigente desde 2010, para que a partir de ahora solo afecte a los presos en r¨¦gimen ordinario y que, por tanto, cumplen sus condenas dentro de las c¨¢rceles. En paralelo se crea un nuevo cat¨¢logo, este de ¡°objetos autorizados en medio abierto¡± y que afectar¨¢ a los Centros de Inserci¨®n Social (CIS) y las secciones abiertas de las c¨¢rceles, donde pernoctan los reclusos en semilibertad. La medida, que se empezar¨¢ a aplicar a principios de mayo, deber¨¢ estar totalmente instaurada en verano, aunque se revisar¨¢ anualmente para evaluar su ¡°aplicaci¨®n y eficacia¡±.
Sobre el uso en las celdas de dispositivos electr¨®nicos ¡ªadem¨¢s de tel¨¦fonos m¨®viles y ordenadores, la orden incluye tambi¨¦n tabletas y libros electr¨®nicos¡ª, Instituciones Penitenciarias entregar¨¢ a los reclusos ¡°un folleto informativo¡± con indicaciones sobre ¡°el uso correcto¡± de estos dentro del establecimiento penitenciario, as¨ª como ¡°las consecuencias derivadas del mal uso¡±. Los presos que quieran acceder a ellos tendr¨¢n que dar tambi¨¦n un ¡°consentimiento expreso y por escrito¡± para que, cuando sean requeridos por un funcionario, muestren ¡°el contenido de las fotograf¨ªas o historial reciente de consultas a Internet con la finalidad de comprobar que no se est¨¢ efectuando un mal uso¡±. En caso de existir sospechas de ellos, se le retirar¨¢ el dispositivo. Si el preso deja de disfrutar de la semilibertad y regresa a un centro ordinario, tambi¨¦n se le retirar¨¢n los dispositivos. La orden proh¨ªbe expresamente que se usen durante las actividades del centro, en las terapias individuales o en el transcurso de entrevistas con funcionarios, as¨ª como en actos colectivos como los recuentos. Tampoco podr¨¢n utilizarlos a la salida y entrada al centro penitenciario.
La orden tambi¨¦n permitir¨¢ a los presos en semilibertad tener en sus celdas dinero en met¨¢lico y tarjetas de cr¨¦dito, aunque solo por una cuant¨ªa m¨¢xima que determinar¨¢ cada uno de los centros y que, en algunos casos, se podr¨¢ fijar en funci¨®n de las circunstancias concretas de cada interno. En las c¨¢rceles, los reclusos pueden hacer frente a peque?os gastos, como productos de supermercado o llamadas desde cabinas, con tarjetas monedero ligadas a las llamadas cuentas de peculio, dep¨®sitos bancarios que funcionan a modo de hucha de los reclusos y en los que las familias y amigos les ingresan fondos.
Adem¨¢s, Interior permitir¨¢ a los reclusos en semilibertad tener otros enseres que hasta ahora est¨¢n prohibidos, como bol¨ªgrafos met¨¢licos, agujas de coser, pinzas, encendedores de bolsillo, ventiladores, flexos, m¨¢quinas de depilar y afeitar, termos y calentadores el¨¦ctricos de l¨ªquidos, m¨¢quinas de escribir, fotograf¨ªas personales, documentos de identidad y productos de higiene personal ¡°en sentido amplio¡± y sin m¨¢s concreci¨®n. Asimismo, se permitir¨¢ tener determinados medicamentos, siempre que hayan sido prescritos por un m¨¦dico, y aparatos de car¨¢cter sanitario como gluc¨®metros, medidores de tensi¨®n arterial o bombas de insulina.
Tambi¨¦n se les permitir¨¢ tener uniformes y herramientas de las que usen en el trabajo que tengan fuera de prisi¨®n siempre que el horario de salida del CIS no les permita pasar por su domicilio para recogerlos. En este caso, deber¨¢n estar depositados en un lugar del establecimiento penitenciario ¡°sin comprometer la seguridad del centro¡±, destaca la orden interior. Finalmente, se permitir¨¢ que entren con bicicletas o patinetes, para los que Prisiones pide a los directores que habiliten ¡°un lugar adecuado para su estacionamiento¡±.
La medida ha sido acogida con cr¨ªticas por parte de sindicatos de funcionarios de prisiones. Un portavoz de Acaip-UGT, la organizaci¨®n mayoritaria, la tilda de ¡°desprop¨®sito¡± y ¡°muy peligrosa¡± al considerar que pone en riesgo ¡°la seguridad del establecimiento penitenciario y de los trabajadores¡±. ¡°Un gran n¨²mero de internos lo est¨¢n por delitos relacionados con la violencia de g¨¦nero y con medidas de alejamiento, por lo que tener acceso a un m¨®vil de otro interno y conexi¨®n a Internet puede llevar a incumplimiento de estas medidas, con la responsabilidad en la que se puede incurrir¡±, se?ala. El representante sindical cree que la reinserci¨®n no motiva la autorizaci¨®n de estos objetos en las celdas: ¡°Si la justificaci¨®n es el acceso a Internet, este se puede realizar de manera m¨¢s regulada en alg¨²n lugar habilitado al efecto y con dispositivos controlados¡±.
M¨¢s terceros grados que nunca
El documento de Prisiones justifica la novedosa medida dentro de la pol¨ªtica de impulso a la reinserci¨®n iniciada por el Ministerio del Interior tras la llegada de Fernando Grande-Marlaska y que, en los ¨²ltimos a?os, se ha traducido en un aumento del n¨²mero de reclusos que acceden a la semilibertad a trav¨¦s del tercer grado penitenciario o la aplicaci¨®n del art¨ªculo 100.2 del Reglamento Penitenciario. As¨ª, en junio de 2018 hab¨ªa en las c¨¢rceles dependientes de Interior 7.019 presos en r¨¦gimen abierto (un 17,7% de los cerca de 40.000 presos ya con condena). En la actualidad son 7.560 (el 20,5% para una poblaci¨®n de penados que se ha reducido a menos de 37.000), seg¨²n detall¨® el secretario general de Instituciones Penitenciarias, ?ngel Luis Ortiz, la pasada semana en el Congreso. De estos ¨²ltimos, 5.189 disfrutan de control telem¨¢tico, lo que les permite cumplir las penas en sus domicilios con determinadas restricciones sin tener que ir a prisi¨®n.
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