La Audiencia Nacional considera probado que el PP pag¨® en negro la obra de la sede de G¨¦nova
El tribunal condena al extesorero Luis B¨¢rcenas, al Partido Popular y a los socios de la empresa de reformas
El pasado de corrupci¨®n del PP, condenado ya en 2018 por beneficiarse de la trama G¨¹rtel, vuelve a estallarle al partido conservador, ahora encabezado por Pablo Casado. La Audiencia Nacional ha dictado este jueves una sentencia que impacta de lleno en el coraz¨®n de la formaci¨®n, al considerar probado que pag¨® en negro la millonaria reforma de su sede central en la madrile?a calle G¨¦nova, un edificio que la fuerza pol¨ªtica asegur¨® este a?o que abandonar¨ªa, pero de la que a¨²n no se ha marchado. El tribunal condena a dos a?os de c¨¢rcel al extesorero popular Luis B¨¢rcenas ¡ªencarcelado actualmente por su implicaci¨®n en la red de corrupci¨®n liderada por Francisco Correa¡ª por abonar a la empresa Unifica m¨¢s de un mill¨®n de euros ¡°al margen de la facturaci¨®n y la contabilidad oficial¡±. Unos fondos ¡°no declarados a la Hacienda P¨²blica¡±, seg¨²n subrayan los jueces de la Sala de lo Penal, que tambi¨¦n condenan al PP como responsable civil subsidiario.
Esta resoluci¨®n inflige un duro golpe a los populares y echa por tierra la estrategia de defensa desplegada por el partido, que desde el estallido del caso ha tratado de desentenderse de todos los tejemanejes reflejados en los papeles de B¨¢rcenas, publicados por EL PA?S en 2013. Las antiguas c¨²pulas del PP, con Mariano Rajoy y Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar a la cabeza, siempre han negado que existiera una caja b dentro de la formaci¨®n y han atribuido a B¨¢rcenas la responsabilidad de cualquier irregularidad. Pero los magistrados de la Audiencia Nacional arrancan su relato de ¡°hechos probados¡± con una contundente afirmaci¨®n: ¡°En el periodo en que B¨¢rcenas ocup¨® los cargos de gerente y tesorero, gestion¨® los fondos en met¨¢lico aportados a la formaci¨®n pol¨ªtica Partido Popular como donaciones privadas a trav¨¦s de una contabilidad paralela (contabilidad b) de cuyo ingreso y gasto no se dej¨® constancia en la contabilidad oficial ni por tanto fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas¡±.
La terna de jueces que forma el tribunal ¡ªJos¨¦ Antonio Mora, Fernando Andreu y Mar¨ªa Fernanda Garc¨ªa¡ª cierra as¨ª otro cap¨ªtulo de corrupci¨®n del PP, aunque a¨²n cabe recurso ante el Tribunal Supremo. Esta nueva sentencia, de 454 p¨¢ginas, aborda una l¨ªnea de investigaci¨®n derivada del caso G¨¹rtel y que se abri¨® tras la publicaci¨®n de los papeles de B¨¢rcenas, donde constaban entradas de dinero a nombre de Gonzalo Urquijo, uno de los socios del estudio de arquitectura Unifica. A¨²n se encuentra en instrucci¨®n otra parte de las pesquisas, centrada en las supuestas donaciones de empresarios a la caja b a cambio de adjudicaciones de contratos p¨²blicos de Gobiernos populares.
La Audiencia Nacional condena a B¨¢rcenas como cooperador necesario de un delito de falsedad contable en relaci¨®n con otro contra la Hacienda P¨²blica por el fraude al fisco del Impuesto de Sociedades de 2007 de Unifica y le impone una multa de 1,2 millones de euros. Al arquitecto Gonzalo Urquijo y a su socia Bel¨¦n Garc¨ªa les sentencia a dos a?os y nueve meses de prisi¨®n, y al pago de una multa de 2,6 millones de euros. El partido conservador debe responder de forma subsidiaria por un importe de 123.669 euros: ¡°No consta que el PP, a trav¨¦s de sus ¨®rganos directivos (comit¨¦ ejecutivo), ejerciera un control adecuado sobre la gesti¨®n del gerente Luis B¨¢rcenas en la fecha de los hechos, siendo las medidas adoptadas por la formaci¨®n pol¨ªtica ¡ªtanto respecto de aquel, como de auditor¨ªa interna y promoci¨®n de iniciativas legislativas relativas a la financiaci¨®n de partidos pol¨ªticos¡ª, posteriores a la fecha de comisi¨®n de los hechos enjuiciados¡±.
La Sala absuelve a los otros dos acusados en este procedimiento, el que fuera gerente del PP, Crist¨®bal P¨¢ez; y Laura Montero, una empleada de Unifica. En el caso de B¨¢rcenas, Urquijo y Bel¨¦n Garc¨ªa les absuelve del resto de los delitos de los que estaban acusados, entre ellos asociaci¨®n il¨ªcita, delito electoral, tr¨¢fico de influencias, blanqueo de capitales o falsedad documental.
En el caso de B¨¢rcenas, el tribunal le aplica la atenuante de confesi¨®n al haber quedado acreditada su ¡°colaboraci¨®n real, activa y eficaz¡± para el esclarecimiento de los hechos y sus autores. Si bien, apunta el tribunal, fueron los registros en la sede del PP y de Unifica los que aportaron los datos decisivos para la investigaci¨®n. El tribunal destaca tambi¨¦n que el extesorero cay¨® ¡°en algunas contradicciones en su declaraci¨®n en el juicio con respecto a las anteriores, dando distintas versiones¡± de algunos apuntes recogidos en su contabilidad opaca. A B¨¢rcenas tambi¨¦n se le aplica, junto con los otros dos condenados, la circunstancia atenuante de reparaci¨®n del da?o. Por otra parte, se rechaza las dilaciones indebidas en la tramitaci¨®n del procedimiento.
La veracidad de ¡®los papeles¡¯
Esta es la tercera sentencia ¡ªtras las dictadas por la Audiencia Nacional en mayo de 2018 y el Tribunal Supremo en octubre de 2020, ambas por la primera etapa del caso G¨¹rtel¡ª que da ¡°verosimilitud¡± a los papeles de B¨¢rcenas como reflejo de una caja b del PP, aunque recalca que ¡°no puede darse validez a la integridad de su contenido¡± sin tener m¨¢s pruebas. Los magistrados concluyen que ¡°solo han de considerarse veros¨ªmiles las anotaciones o apuntes que se corresponden con hechos y acontecimientos reales acreditados¡±.
Entre los apuntes que considera reales se encuentran los referidos a las entregas de dinero en met¨¢lico a cinco miembros del partido que admitieron durante el juicio o la instrucci¨®n de la causa haberlos recibido. Se trata del exdirigente navarro Jaime Ignacio del Burgo; el exsenador Luis Fraga; el exconsejero navarro Calixto Ayesa (ya fallecido); el exdiputado Eugenio Nasarre; y el exgerente Crist¨®bal P¨¢ez, que se sentaba en el banquillo y ha resultado absuelto.
A sus testimonios, el tribunal suma los cinco apuntes que recogen pagos en negro a la empresa Unifica que hizo los trabajos de reforma de la sede y una quincena m¨¢s que reflejan el trasvase de fondos desde la caja b, nutrida con donaciones irregulares de empresarios, a la contabilidad oficial tras fraccionar las cantidades para burlar la ley. Sobre el supuesto desv¨ªo de fondos para comprar acciones del medio Libertad Digital, el fallo se?ala: ¡°una cosa es que esas correlaciones corroboren o doten de verosimilitud a determinados apuntes, y otra distinta es que las operaciones que reflejan tengan trascendencia penal¡±, recoge la sentencia.
El impuesto de sociedades de 2008
El tribunal descarta condenar al PP por no declarar las donaciones reflejadas en los papeles de B¨¢rcenas en el impuesto de sociedades de 2008. Los magistrados aceptan la tesis de defensa del partido, que consider¨® que las acusaciones populares no estaban legitimadas para sostener esta imputaci¨®n en solitario ¡ªni la Fiscal¨ªa ni la Abogac¨ªa del Estado lo manten¨ªan¡ª. Seg¨²n las anotaciones contables del extesorero, el PP recibi¨® ese a?o hasta 17 donaciones por m¨¢s de un mill¨®n de euros. De ellas, tres superaban el m¨¢ximo legal de los 100.000 euros. La sentencia respalda la pretensi¨®n del representante legal del partido y deja fuera esta acusaci¨®n. No obstante, a?ade que, de lo analizado durante la vista, tampoco se hubiera considerado acreditada la comisi¨®n de este delito fiscal.
Para llegar a esta conclusi¨®n, los magistrados ponen en valor el testimonio que prestaron durante la vista dos expertos de Hacienda y Margarita Garc¨ªa Valdecasas, quien era en 2013 m¨¢xima responsable de la Oficina Nacional de Investigaci¨®n del Fraude (ONIF). Durante sus declaraciones, estos concluyeron que el PP no cometi¨® ninguna irregularidad. Como hicieron estos peritos durante la vista, los magistrados argumentan ahora en el fallo que ese dinero se traslad¨® ¡°a la cuenta de donativos oficial, desde donde se atend¨ªan gastos de funcionamiento del partido, y al pago de parte de las obras de la sede central, es decir, al objeto y finalidad del partido¡±, por lo que deben considerarse exentas de tributaci¨®n dada la condici¨®n de entidad sin ¨¢nimo de lucro que la ley otorga a las formaciones pol¨ªticas. El tribunal a?ade que, adem¨¢s, la cuota supuestamente defraudada era ¡°muy inferior al l¨ªmite penal¡±.
Consulte la sentencia ¨ªntegra. Si no puede leerla, pinche aqu¨ª.
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