Dos d¨ªas de debate en el Supremo inclinaron la balanza a favor de rechazar los recursos contra los indultos del ¡®proc¨¦s¡¯
La deliberaci¨®n empez¨® con tres votos frente a dos favorables a estudiar algunas de las impugnaciones y termin¨® con el mismo resultado pero a favor de la decisi¨®n opuesta
La secci¨®n quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, la que se encarga habitualmente de resolver todos los recursos presentados contra indultos en el alto tribunal, se dividi¨® este jueves al analizar los registrados contra el perd¨®n que el Gobierno concedi¨® en junio pasado a los nueve l¨ªderes del proc¨¦s condenados por sedici¨®n. Las diferencias de criterio dentro del tribunal exist¨ªan desde el inicio de la deliberaci¨®n, que se ha celebrado en dos sesiones, pero, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, a lo largo del debate la balanza se fue inclinando desde posiciones m¨¢s favorables a admitir al menos los recursos presentados por partidos pol¨ªticos (PP y Vox) a la postura finalmente adoptada de rechazar de plano todas las impugnaciones por falta de legitimaci¨®n de los recurrentes. La deliberaci¨®n empez¨® con tres votos frente a dos favorables a estudiar algunos de los recursos y termin¨® con el mismo resultado pero a favor de la decisi¨®n opuesta.
El contenido de los autos con los argumentos esgrimidos por la secci¨®n quinta de la Sala de lo Contencioso se conocer¨¢ la pr¨®xima semana, pero fuentes jur¨ªdicas se?alan que gran parte del debate se ha centrado sobre todo en la legitimaci¨®n de los partidos y sus diputados para impugnar la medida de gracia. La Ley de Jurisdicci¨®n Contencioso-Administrativa considera legitimadas para participar en procesos judiciales a ¡°las personas f¨ªsicas o jur¨ªdicas que ostenten un derecho o inter¨¦s leg¨ªtimo¡±. En esta jurisdicci¨®n no hay una acci¨®n p¨²blica como tal, por lo que los recurrentes tienen que demostrar que son afectados o perjudicados directos de la medida que impugnan; en este caso, los indultos. Las dudas sobre qui¨¦n est¨¢ legitimado para impugnar las medidas de gracia eran desde el principio el gran obst¨¢culo que ten¨ªan que salvar los recursos registrados contra la decisi¨®n del Gobierno de perdonar la pena que les quedaba por cumplir a Oriol Junqueras y los otros ocho l¨ªderes independentistas condenados a entre 9 y 13 a?os de c¨¢rcel por sedici¨®n (algunos tambi¨¦n por malversaci¨®n). La jurisprudencia no era favorable a los recursos presentados por los partidos pol¨ªticos, como hicieron PP y Vox, aunque el partido de ultraderecha ten¨ªa a su favor el haber formado parte del proceso penal como acusaci¨®n popular. Finalmente, el tribunal ha cerrado la puerta a ambos.
Lo habitual es que los indultos los impugne un perjudicado directo (por ejemplo, la v¨ªctima de un delito), por eso Ciudadanos opt¨® por no presentarlo como formaci¨®n sino a nombre de tres de sus miembros que eran diputados del Parlament (In¨¦s Arrimadas, Carlos Carrizosa y Jos¨¦ Mar¨ªa Espejo-Saavedra) durante la legislatura que concluy¨® con la declaraci¨®n unilateral de independencia del 27 octubre de 2017. Tambi¨¦n el PP opt¨® por probar con esta posibilidad y, adem¨¢s del recurso a su nombre, varios diputados y exdiputados catalanes (Alejandro Fern¨¢ndez, Santiago Rodr¨ªguez, Andrea Levy, Juan Bautista Milian y Lorena Rold¨¢n) registraron sus propias impugnaciones alegando ser parte perjudicada de los delitos cometidos por los l¨ªderes independentistas. Pero el Supremo no les ha considerado legitimados para recurrir, como tampoco al ex delegado del Gobierno en Catalu?a o a la asociaci¨®n Pro Patrimonium Sijena y Jerusal¨¦n y a Convivencia C¨ªvica Catalana. En total se hab¨ªa presentado 63 recursos (siete por cada uno de los nueve indultos concedidos) y el tribunal los ha inadmitido todos.
La ponente de la decisi¨®n, ?ngeles Huet, era partidaria de este rechazo, pero de entrada solo ten¨ªa el apoyo claro de su compa?ero Octavio Hererro. Los otros tres (el presidente de la secci¨®n, Segundo Men¨¦ndez y los magistrados Fernando Rom¨¢n y Wenceslao Olea) eran contrarios a esta postura, aunque con matices. Rom¨¢n y Olea defendieron la admisi¨®n, como m¨ªnimo, de los recursos presentados por los partidos o por los representantes p¨²blicos. Men¨¦ndez, por su parte, consideraba que s¨ª deb¨ªan estudiarse los recursos presentados por los partidos, dado que las medidas de gracia estaban fundamentadas en una supuesta utilidad p¨²blica, pero abogaba desde el principio por inadmitir el resto. Finalmente, este magistrado acab¨® convenci¨¦ndose de que inadmitir las impugnaciones de los partidos era la decisi¨®n m¨¢s acorde con la propia jurisprudencia del Supremo, lo que inclin¨® la balanza a favor de esta tesis y cerr¨® la puerta a todas las impugnaciones.
Durante la deliberaci¨®n los magistrados analizaron otras resoluciones del Supremo que, mayoritariamente, marcaban el camino hacia la soluci¨®n finalmente acordada. Entre ellas, la inadmisi¨®n de los recursos presentados por dos diputados contra el indulto concedido al banquero Alfredo S¨¢enz. El ponente de aquel auto fue el hoy presidente del Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, que concluy¨® que la legitimidad para recurrir ¡°no puede fundarse en el simple hecho del cargo p¨²blico que desempe?an¡±. Lesmes, adem¨¢s, advert¨ªa de una consecuencia ¡°inmediata¡± de abrir la puerta a los recursos de los partidos y los diputados: ¡°La apertura de la legitimaci¨®n para recurrir a innumerable n¨²mero de personas y grupos¡±.
Tambi¨¦n se cit¨® la decisi¨®n adoptada hace tres meses por esta misma sala de no admitir las impugnaciones de PP y Vox contra el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general. En esos autos, los magistrados recordaron que ¨²nicamente pueden recurrir ante los tribunales contencioso-administrativos aquellos a quienes la estimaci¨®n de su recurso depare una ventaja o evite una desventaja o un perjuicio ¡°reales y efectivos¡±, condici¨®n, que, seg¨²n la mayor¨ªa del tribunal, tampoco se daba en el caso de las impugnaciones contra los indultos del proc¨¦s.
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