El Constitucional concede amparo a un preso porque no se investigaron a fondo los malos tratos que denunci¨®
La sentencia ve ¡°necesario acentuar las garant¨ªas¡± cuando ¡°el ciudadano se encuentra provisionalmente bajo la custodia f¨ªsica del Estado¡±
El Constitucional ha concedido amparo a un preso que denunci¨® supuestas torturas y malos tratos, y ha ordenado la reapertura de la investigaci¨®n judicial llevada a cabo, para que se indague m¨¢s a fondo sobre lo ocurrido. La resoluci¨®n ve ¡°necesario acentuar las garant¨ªas¡± cuando ¡°el ciudadano se encuentra provisionalmente bajo la custodia f¨ªsica del Estado¡±. El recluso declar¨® en sede judicial que hab¨ªa solicitado por escrito a la direcci¨®n del centro penitenciario que no se borraran las im¨¢genes de las c¨¢maras de seguridad frente a su celda. La respuesta de la administraci¨®n penitenciaria, cuando fue requerida judicialmente la entrega de esas im¨¢genes, fue que ya hab¨ªan sido eliminadas por el sistema por falta de solicitud judicial en plazo.
La resoluci¨®n ¡ªde la que ha sido ponente el vicepresidente del tribunal, Juan Antonio Xiol¡ª da cuenta de que el mismo d¨ªa de la declaraci¨®n de los investigados ante el juzgado de instrucci¨®n dictaron un auto acordando el sobreseimiento provisional ¡°por no aparecer debidamente justificada la perpetraci¨®n del delito¡±. El juez present¨® como argumento para tomar esta decisi¨®n tanto las versiones contradictorias de las partes como que en un informe m¨¦dico no se hac¨ªa constar que el denunciante presentara lesi¨®n alguna compatible con los hechos denunciados.
El Constitucional, afirma, para considerar vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva del denunciante que ¡°no pueden considerarse suficientes¡±, los argumentos que se emplearon para rechazar continuar con la investigaci¨®n. Los magistrados estiman que la toma de declaraci¨®n de los distintos funcionarios que realizaron los partes de incidencia ¡°podr¨ªa ayudar con su testimonio al m¨¢s completo esclarecimiento de los hechos¡±.
La sentencia argumenta que existe un ¡°especial mandato¡± para desarrollar una exhaustiva investigaci¨®n de las denuncias de este tipo de delitos, ¡°agotando cuantas posibilidades de indagaci¨®n resulten ¨²tiles para aclarar los hechos¡±. ¡°Es necesario acentuar las garant¨ªas por concurrir una situaci¨®n especial en la que el ciudadano se encuentra provisionalmente bajo la custodia f¨ªsica del Estado¡±, a?ade. El Constitucional razona que este mandato, ¡°si bien no comporta la realizaci¨®n de todas las diligencias de investigaci¨®n posibles, s¨ª impone que no se clausure la instrucci¨®n judicial penal cuando existan sospechas razonables de que se ha podido cometer el delito denunciado y cuando tales sospechas se revelen como susceptibles de ser despejadas a trav¨¦s de la actividad investigadora¡±.
Los magistrados subrayan en su resoluci¨®n que la funci¨®n del Constitucional tiene por objeto ¡°la protecci¨®n de los derechos fundamentales afectados, sin perjuicio de la calificaci¨®n jur¨ªdico-penal que corresponde realizar a la jurisdicci¨®n ordinaria¡±.
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