El Poder Judicial sostiene que el Gobierno ¡°invade¡± sus competencias en la nueva ley para digitalizar los tribunales
El informe sobre el anteproyecto de eficiencia digital provoca un nuevo choque entre el CGPJ y el Ejecutivo
Nuevo choque entre el Poder Ejecutivo y el Judicial, esta vez a cuenta de la ley de eficiencia digital, uno de las patas del plan Justicia 2030 con el que el Gobierno pretende agilizar la administraci¨®n de Justicia. El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debatir¨¢ el pr¨®ximo jueves su informe al anteproyecto de ley y el borrador del texto elaborado por cuatro vocales (dos propuestos por el PPP y dos por el PSOE) reprocha al Ejecutivo que ¡°invada¡± competencias reservadas al ¨®rgano de gobierno de los jueces al regular aspectos sobre el funcionamiento de los tribunales para los que el Gobierno no tiene potestad.
El Consejo comparte la finalidad de la norma, que traspone una directiva europea de 2019, pero sostiene que algunas de las medidas que contempla suponen un ¡°desapoderamiento al Consejo¡±. El nuevo choque entre los dos poderes se produce en la v¨ªspera de que este martes la ministra de Justicia, Pilar Llop, se re¨²na con el presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, Carlos Lesmes, y con la sala de gobierno del alto tribunal para buscar soluciones a la saturaci¨®n del ¨®rgano, que acumula 12 vacantes que no pueden cubrirse por la falta de renovaci¨®n del Consejo, cuyo mandato caduc¨® hace m¨¢s de tres a?os.
La ley de eficiencia digital del servicio p¨²blico de Justicia pretende ser el salto definitivo a la digitalizaci¨®n que reclama desde hace a?os todo el sector. As¨ª lo entiende tambi¨¦n el Consejo, que no desaprueba la norma, al contrario de lo que ocurri¨® hace unas semanas con la ley de vivienda, cuando el pleno del CGPJ rechaz¨® el informe favorable a la ley elaborado por el vocal ?lvaro Cuesta y los sustituy¨® por otro contrario al proyecto legal. Pero el texto que votar¨¢ el jueves el ¨®rgano de gobierno de los jueces s¨ª contiene duras cr¨ªticas sobre c¨®mo se han regulado algunas de las medidas que recoge el anteproyecto.
La ley pretende implantar la tecnolog¨ªa tanto en la Administraci¨®n de Justicia como en los procedimientos judiciales en s¨ª, mediante, por ejemplo, la sistematizaci¨®n de las vistas telem¨¢ticas. Y en este doble plano es donde radica la principal cr¨ªtica del Consejo, que considera que la norma interfiere con procedimientos establecidos por el ¨®rgano de gobierno de los jueces e incluso con la propia autonom¨ªa de los jueces y tribunales para decidir, por ejemplo, si una declaraci¨®n debe o no ser presencial.
La ley, seg¨²n el texto del Consejo, interfiere ¡°en no pocas ocasiones¡± con la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial; en otros casos ¡°se observa una intromisi¨®n en aspectos reservados a la potestad reglamentaria¡± del propio Consejo; y otra veces, ¡°limita el alcance y objeto¡± de la potestad del CGPJ para dictar instrucciones con car¨¢cter obligatorio a los juzgados y tribunales. ¡°Las potestades y funciones de este ¨®rgano de gobierno del Poder Judicial, al que corresponde la garant¨ªa institucional de la independencia en el ejercicio de la potestad y de la funci¨®n jurisdiccional, aparecen difuminadas, si no abiertamente eludidas o preteridas, en el marco tecnol¨®gico que dise?a la ley proyectada, en el que se da preeminencia a una difusa Administraci¨®n de Justicia, y a organismos incrustados en ella¡±, se?ala el texto elaborado por los vocales Victoria Cinto, Rafael Mozo (ambos miembros del CGPJ a propuesta del PSOE), Juan Mart¨ªnez Moya y Jos¨¦ Antonio Ballestero (por el PP), al que ha tenido acceso este peri¨®dico.
Como ejemplo de esta situaci¨®n el informe cita tambi¨¦n c¨®mo la ley obvia la facultad del CGPJ de proveer de firma ella ley reguladora del uso de las tecnolog¨ªas de la informaci¨®n y la comunicaci¨®n en la Administraci¨®n de Justicia, de 2011, o la ¡°subordinaci¨®n¡± a la autorizaci¨®n del Ministerio de Justicia o de las Comunidades Aut¨®nomas del acceso a los sistemas de informaci¨®n por los ¨®rganos del CGPJ con competencias de inspecci¨®n y control.
El borrador de informe dedica un apartado a la incorporaci¨®n de modelos de inteligencia artificial a la tramitaci¨®n electr¨®nica de los procedimientos judiciales y al dictado de las resoluciones judiciales, respecto de los que recuerda que han sido calificados como de alto riesgo por la Comisi¨®n Europea en su propuesta de Reglamento por el que se establecen reglas sobre inteligencia artificial, de 21 de abril de 2021. Por esta raz¨®n, considera que habr¨ªa que esperar a que concluya el proceso legislativo europeo en el que deber¨¢n fijarse las normas nacionales sobre esta materia.
Fuentes del Consejo advierten de la complejidad de esta ley, que modifica otras normas como la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), la Ley de lo Contencioso-Administrativo o la de Enjuiciamiento Civil, entre otras. ¡°Es una ley administrativa que contiene normas procesales¡±, advierte uno de los autores del informe del Consejo, que conf¨ªa, no obstante, en que los aspectos negativos se puedan limar en el tr¨¢mite parlamentario. ¡°La norma es positiva y necesaria para el sector¡±, se?ala este vocal.
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