La ¡®ley del solo s¨ª es s¨ª¡¯ deja libre a un agresor sexual al que el juez neg¨® tres permisos por riesgo de reincidencia
El condenado abus¨® de una mujer con discapacidad, pero la revisi¨®n de la condena ha provocado su excarcelaci¨®n despu¨¦s de cuatro a?os
Las peticiones de revisi¨®n de condena en ciertos casos de agresores sexuales como consecuencia de los cambios introducidos por la ley del solo s¨ª es s¨ª se suceden por decenas en Espa?a, y algunas dejan ejemplos especialmente dolorosos para las v¨ªctimas. Una de las primeras sentencias revisadas de oficio se dio en la Audiencia Provincial de Madrid, que el 13 de octubre, cinco d¨ªas despu¨¦s de la entrada en vigor de la norma, orden¨® la excarcelaci¨®n de un hombre condenado por obligar en 2018 a una mujer con discapacidad a hacerle una felaci¨®n. Apenas cinco d¨ªas m¨¢s tarde de que ese agresor fuera excarcelado, el 18 de octubre, el juzgado de vigilancia penitenciaria dict¨® un auto en el que le negaba ¡ªpor tercera vez en un a?o¡ª un permiso carcelario de tres d¨ªas por miedo a que reincidiera, seg¨²n confirman fuentes jur¨ªdicas a EL PA?S.
Los tribunales superiores de justicia y las audiencias provinciales tratan estos d¨ªas de organizar la revisi¨®n de sentencias tras la entrada en vigor de la nueva Ley Integral de Garant¨ªa de la Libertad Sexual. Hasta que llegue un pronunciamiento del Supremo, los tribunales est¨¢n resolviendo los casos aplicando su propio criterio, que es discrepante en algunos casos. Hay decenas de peticiones de revisi¨®n de condena y, por el momento, se han producido una quincena de rebajas de pena; entre ellas, al menos tres que han derivado en la excarcelaci¨®n del agresor.
Una de estas ¨²ltimas es la de un hombre de Collado Villalba condenado en 2018 a seis a?os de c¨¢rcel por abusar de una mujer con discapacidad ps¨ªquica. Ahora ha salido en libertad al cumplir cuatro a?os de condena por la rebaja de penas contemplada para ese supuesto en la ley del solo s¨ª es s¨ª. Durante el tiempo que estuvo en prisi¨®n, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria n¨²mero 4 de Madrid neg¨® en tres ocasiones distintos permisos de salida de 72 horas al agresor, ante el riesgo de reincidencia. En la primera solicitud, en enero de este a?o, el juzgado desaconsej¨® el permiso, entre otros motivos, por la gravedad del delito cometido y porque, seg¨²n los informes de la prisi¨®n, el agresor no hab¨ªa asumido ¡°la responsabilidad civil contra la v¨ªctima¡±. El auto del 17 de enero recoge tambi¨¦n que el hombre ten¨ªa antecedentes de drogadicci¨®n y no hab¨ªa realizado ¡°un programa espec¨ªfico de tratamiento¡±.
Dos meses despu¨¦s, el condenado solicit¨® nuevamente un permiso y el juzgado de vigilancia volvi¨® a denegarlo argumentando el ¡°elevado riesgo de quebrantamiento de la condena¡± y ¡°la posibilidad de reiteraci¨®n delictiva¡±. Seg¨²n se recoge en el expediente judicial , el riesgo a que el agresor volviera a cometer el mismo delito ¡°se acent¨²a¡± teniendo en cuenta que no hab¨ªa ¡°modificado su comportamiento¡± ni hab¨ªa seguido ninguno de los programas dise?ados en prisi¨®n para tratar a los agresores sexuales. Por todo ello, solo 10 meses antes de salir en libertad, el equipo de expertos de la c¨¢rcel madrile?a de Navalcarnero, donde se hallaba, recomend¨® no conceder beneficio alguno.
Casi tres meses despu¨¦s de esa solicitud, el pasado octubre, el hombre volvi¨® a solicitar un nuevo permiso de salida, y el juzgado volvi¨® a deneg¨¢rselo argumentando que segu¨ªa sin realizar el ¡°programa espec¨ªfico de tratamiento¡±, un curso que el grupo de psic¨®logos y profesionales que estudian su caso considera ¡°imprescindible¡± antes de acceder a alg¨²n tipo de beneficio penitenciario. La paradoja fue que, cuando el auto de denegaci¨®n del permiso fue redactado, el agresor ya estaba en libertad sin ning¨²n tipo de restricci¨®n ni sistema de vigilancia, porque, en aplicaci¨®n de la ley del solo s¨ª es s¨ª, su pena hab¨ªa sido rebajada a cuatro a?os, y ya los hab¨ªa cumplido.
Tanto la condena inicial de 2018 como la posterior revisi¨®n y puesta en libertad fue una decisi¨®n adoptada por una sala compuesta por tres magistrados: Ana Victoria Revuelta, Luis Carlos Pelluz y Mar¨ªa del Pilar Casado, esta ¨²ltima en calidad de ponente.
Amenazas a la v¨ªctima
Los hechos juzgados sucedieron en agosto de 2018, cuando cuatro amigos de entre 25 y 27 a?os se reunieron en un chal¨¦ de un pol¨ªgono de Collado Villalba (Madrid) con la v¨ªctima, que padece una discapacidad del 65%, y mantuvieron relaciones sexuales con ella. La Fiscal¨ªa solicit¨® una condena de 17 a?os para cada uno: 14 a?os por agresi¨®n sexual y otros tres por lesiones. El tribunal, sin embargo, solo encontr¨® culpable a uno de ellos y lo conden¨® a seis a?os de c¨¢rcel por ¡°agresi¨®n sexual¡±, la pena m¨ªnima en un delito de este tipo sin agravantes ni atenuantes, seg¨²n la legislaci¨®n vigente entonces. El tribunal consider¨® probado que el condenado amenaz¨® con ¡°rajar¡± a la v¨ªctima si no le practicaba una felaci¨®n, y que encerr¨® a la chica en una habitaci¨®n. La condena incluy¨® la obligaci¨®n de realizar cursos de readaptaci¨®n, el pago de una indemnizaci¨®n y una orden de alejamiento.
El argumento jur¨ªdico de la Audiencia Provincial de Madrid para acordar ahora la excarcelaci¨®n se?ala que la nueva Ley de Garant¨ªa Integral de la Libertad Sexual ¡°nada establece en cuanto a la aplicaci¨®n de la misma a procedimientos en tr¨¢mite o, como es este supuesto, ya juzgados y con sentencia firme¡±; es decir, que no aclara expresamente c¨®mo debe aplicarse a sentencias previas. Y recuerda que el C¨®digo Penal s¨ª recoge de forma taxativa que las leyes deben aplicarse de forma retroactiva en caso de beneficiar al reo. La pena correspondiente al delito juzgado era, con la ley antigua, de entre 6 y 12 a?os de prisi¨®n; y ahora la pena para ese delito ha pasado a ser de entre 4 y 12 a?os. Por ello, la Audiencia Provincial considera que ¡°procede aplicar la nueva pena [...] en su grado m¨ªnimo¡±: cuatro a?os. Y el agresor ya los ha cumplido.
La entrada en vigor de la norma no implica una rebaja generalizada de penas, pero s¨ª en algunos casos. Eso ha provocado decenas de peticiones de revisi¨®n de condena. Solo en una secci¨®n de la Audiencia Provincial de Madrid ya se han registrado m¨¢s de 40. En unos casos se ha producido la rebaja de penas y en otros no: en funci¨®n de la categorizaci¨®n y tambi¨¦n en funci¨®n del criterio de los jueces (en La Rioja, por ejemplo, medio centenar de sentencias revisadas no han derivado en rebaja).
Con la aprobaci¨®n de la nueva norma, todas las formas de delito sexual se llaman ahora ¡°agresi¨®n sexual¡± (¡°violaci¨®n¡± cuando hay penetraci¨®n genital, bucal o anal) y se tratan como modalidades de un mismo delito. Esta unificaci¨®n ha obligado a crear un rango amplio de penas (para dar cabida en ¨¦l a todas las modalidades, desde la menos grave a la m¨¢s grave) y eso ha supuesto reducir algunas penas m¨ªnimas; de lo contrario, se habr¨ªa producido una masiva subida de penas (ya muy elevadas en Espa?a con respecto a otros pa¨ªses). As¨ª, por ejemplo, la pena m¨ªnima para el nuevo delito de violaci¨®n ha pasado de seis a cuatro a?os.
El goteo de revisiones de condenas a la baja ha provocado una tormenta pol¨ªtica. El Gobierno apuesta por la intervenci¨®n del Supremo para buscar una soluci¨®n a esos efectos indeseados de la ley, pero el criterio que marque la Sala de lo Penal solo afectar¨¢ en todo caso a una parte de esos supuestos, los que se refieran a la aplicaci¨®n de una horquilla de penas y dejen margen a la interpretaci¨®n jur¨ªdica, porque nunca puede vulnerarse la norma b¨¢sica que obliga a aplicar al reo la ley penal m¨¢s favorable.
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