Nueve a?os de conservadurismo en el Tribunal Constitucional
Los magistrados elegidos por el PP impusieron su mayor¨ªa para avalar leyes de Rajoy y anular algunas de S¨¢nchez
El bloque conservador del Tribunal Constitucional, mayoritario y elegido a propuesta del PP, aval¨® en los ¨²ltimos nueve a?os leyes pol¨¦micas del Gobierno de Rajoy (reforma laboral, mordaza, prisi¨®n permanente revisable, educaci¨®n) y anul¨® normas controvertidas del Ejecutivo de S¨¢nchez (decreto de alarma, suspensi¨®n de actividad en el Congreso¡).
El Gobierno del PP nombr¨® en junio de 2013 a los dos magistrados que le correspond¨ªan para el Constitucional. Esa elecci¨®n, que le corresponde al Gobierno de turno cada nueve a?os, es clave para definir el sesgo ideol¨®gico mayoritario en un ¨®rgano clave para el funcionamiento de la democracia. Siempre hay siete magistrados de un sector y cinco del otro, en funci¨®n de a qu¨¦ Ejecutivo le toca elegir cada nueve a?os a dos de esos 12 magistrados. El resto corresponde al Senado, al Congreso y al Poder Judicial, donde se lo reparten al 50% cada una de las fuerzas o sectores pol¨ªticos mayoritarios. Esa regla ha fallado en pocas ocasiones y, casi siempre, porque el magistrado elegido por el PSOE ha defendido en cuestiones sustanciales las tesis conservadoras.
Durante los ¨²ltimos nueve a?os (2013-2022), la mayor¨ªa absoluta del Constitucional ha estado en manos conservadoras, que impusieron su criterio para avalar normas pol¨¦micas del Gobierno de Mariano Rajoy. Ese mismo grupo, que todav¨ªa manda en el tribunal, tumb¨® decretos controvertidos del Ejecutivo de Pedro S¨¢nchez, como el confinamiento domiciliario del primer estado de alarma o la cogobernanza del segundo estado de alarma.
Lo que sigue intenta resumir los ¨²ltimos nueve a?os de un Constitucional que se enfrenta ahora a la renovaci¨®n m¨¢s tormentosa de toda su historia, en la que el grupo conservador perder¨¢ su mayor¨ªa.
¡°Sentencias que erosionan el Estado auton¨®mico¡±, seg¨²n los progresistas. Dos magistrados progresistas, Juan Antonio Xiol y Fernando Vald¨¦s, hicieron votos particulares entre 2014 y 2016 contra sentencias que anularon, con el voto mayoritario del grupo conservador, diversas normativas auton¨®micas (prohibici¨®n de los toros en Catalu?a o del fracking en Cantabria; el uso del catal¨¢n en la Administraci¨®n p¨²blica balear, o la ley andaluza antidesahucios). Los progresistas denunciaron en sus votos particulares que se estaban recortando competencias a las autonom¨ªas a trav¨¦s de la interpretaci¨®n restrictiva de la Constituci¨®n que hac¨ªa el tribunal.
Anulada la amnist¨ªa fiscal, aprobada la regularizaci¨®n. El Constitucional anul¨® por unanimidad la amnist¨ªa fiscal aprobada por decreto ley en 2012. Los efectos de la sentencia fueron nulos porque los magistrados avalaron las declaraciones que hicieron los m¨¢s de 3.000 contribuyentes que se acogieron a la regularizaci¨®n del dinero evadido.
Aval a la reforma laboral de 2012, que recort¨® derechos a los trabajadores. El PP aprob¨® una reforma laboral, firmada por la ministra F¨¢tima B¨¢?ez, que recortaba derechos a los trabajadores y reduc¨ªa la cuant¨ªa de la indemnizaci¨®n por despido. El Constitucional aval¨® esa medida por siete votos conservadores a favor y cuatro progresistas en contra.
Aprobaci¨®n de la LOMCE: ¡°La educaci¨®n segregada por sexos no causa discriminaci¨®n¡±. Ocho de los 12 magistrados respaldaron en abril de 2018 la constitucionalidad de la LOMCE (Ley Org¨¢nica para la mejora de la calidad educativa) aprobada por el PP, que permit¨ªa la subvenci¨®n p¨²blica de centros educativos que segregan por sexo. ¡°El sistema de educaci¨®n diferenciada es una opci¨®n pedag¨®gica que no puede conceptuarse como discriminatoria¡±, se?al¨® la sentencia.
La prisi¨®n permanente revisable es constitucional. El PSOE recurri¨® contra la reforma que creaba la prisi¨®n permanente revisable al considerar que vulneraba el principio constitucional de que ¡°las penas privativas de libertad estar¨¢n orientadas hacia la reeducaci¨®n y reinserci¨®n social¡±. El recurso fue rechazado en octubre de 2021 por el bloque conservador.
¡®Ley mordaza¡¯, sin apenas reparos. Pese a los dos votos particulares de magistrados progresistas, el Tribunal dio su visto bueno a casi todos los art¨ªculos recurridos por el PSOE contra la denominada ley mordaza, que recortaba derechos de los manifestantes y ampliaba los poderes de la polic¨ªa. Incluso las denominadas devoluciones en caliente de inmigrantes fueron respaldadas, con condiciones, en la sentencia.
Estados de alarma, parcialmente inconstitucionales. El tribunal se fractur¨® (seis magistrados frente a cinco) ante los decretos de alarma para combatir la pandemia que el Gobierno aprob¨® en 2020. Y declararon ambos decretos parcialmente inconstitucionales, anulando algunas de las medidas que inclu¨ªan, como los confinamientos domiciliarios, o la cogobernanza con las comunidades. Tambi¨¦n declar¨® inconstitucional por seis votos frente a cuatro el cierre temporal de la actividad parlamentaria del Congreso.
Catalu?a, nueve a?os de sentencias un¨¢nimes contra el proceso independentista. El desaf¨ªo independentista en Catalu?a se inici¨® en enero de 2013, con una declaraci¨®n aprobada en el Parlamento que consideraba a Catalu?a ¡°sujeto pol¨ªtico y jur¨ªdico soberano¡±. El Gobierno impugn¨® la resoluci¨®n ante el Constitucional, que la suspendi¨® primero y la anul¨® despu¨¦s. En septiembre de 2014, el tribunal de garant¨ªas suspendi¨® por unanimidad el refer¨¦ndum convocado por el Gobierno de Artur Mas. Se celebr¨® finalmente el 9 de noviembre de 2014 bajo la f¨®rmula de consulta participativa. El 2 de diciembre de 2015, el tribunal sentenci¨® por unanimidad que la declaraci¨®n independentista aprobada en noviembre de ese a?o con los votos de Junts pel S¨ª y la CUP era inconstitucional.
En septiembre de 2017, el mes previo a la celebraci¨®n del refer¨¦ndum ilegal, el tribunal suspendi¨® por unanimidad la ley del refer¨¦ndum y la Ley de Transitoriedad Jur¨ªdica y Fundacional de la Rep¨²blica. La intervenci¨®n de Catalu?a en aplicaci¨®n del art¨ªculo 155 de la Constituci¨®n fue avalada en julio de 2019 por el alto tribunal.
Una decena de sentencias respalda las condenas del 1-O, aunque con numerosos votos particulares. El Constitucional dio un aval general a trav¨¦s de 10 sentencias al fallo del Tribunal Supremo que conden¨® el 14 de octubre de 2019 a nueve dirigentes independentistas catalanes a altas penas de c¨¢rcel por los delitos de sedici¨®n y malversaci¨®n.
Las sentencias contaron con el voto en contra de dos o tres magistrados progresistas, cuyas discrepancias se centraron en la falta de proporcionalidad de las penas impuestas y en la poca consistencia del fallo del Supremo al detallar las actuaciones de los condenados vinculadas al delito de sedici¨®n. ¡°Lo que deber¨ªa ser foco de especial atenci¨®n para describir las conductas propias de la sedici¨®n, seg¨²n el tipo interpretado, solo cuenta con descripciones sint¨¦ticas y gen¨¦ricas referencias¡±, se?ala el magistrado progresista Ram¨®n S¨¢ez en uno de los votos particulares.
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