La reforma legal del Gobierno no deja impune el ¡®proc¨¦s¡¯, seg¨²n el Supremo
Hechos como los que dieron lugar al refer¨¦ndum ilegal del 1-O ser¨ªan castigados con altas penas de c¨¢rcel pese a la derogaci¨®n del delito de sedici¨®n y los nuevos tipos de la malversaci¨®n
El art¨ªculo 2.2 del C¨®digo Penal establece que ¡°tendr¨¢n efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera reca¨ªdo sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena¡±. Seis magistrados que juzgaron el proceso independentista catal¨¢n y condenaron en 2019 a parte de sus impulsores aplicaron este art¨ªculo del C¨®digo Penal a la reforma legal del Gobierno. Con el ¨²nico objetivo de beneficiar a los dirigentes independentistas, el Ejecutivo de Pedro S¨¢nchez derog¨® el delito de sedici¨®n, cre¨® un nuevo delito de des¨®rdenes p¨²blicos agravados y modific¨® la regulaci¨®n sobre la malversaci¨®n para reducir penas en caso de que no existiera ¨¢nimo de lucro.
Los seis magistrados decidieron el pasado lunes por unanimidad que los hechos que dieron lugar al refer¨¦ndum ilegal del 1 de octubre son constitutivos de los delitos de desobediencia y malversaci¨®n grave en el caso del exvicepresidente Oriol Junqueras y tres exconsejeros, o de des¨®rdenes p¨²blicos agravados en el caso de Jordi Cuixart y Jordi S¨¤nchez, o de desobediencia en los casos de la expresidenta del Parlamento catal¨¢n, Carme Forcadell, y los consejeros Josep Rull y Joaqu¨ªn Forn. La sentencia confirma que la reforma legal del Gobierno no deja impunes actos como los ocurridos el 1 de octubre de 2017, porque de lo contrario los seis magistrados del Supremo deber¨ªan haber absuelto a todos los condenados del 1-O en aplicaci¨®n del art¨ªculo 2.2 del C¨®digo Penal.
Hubo un tiempo en el que algunos magistrados del Supremo elucubraban con la posibilidad de que si se hab¨ªa derogado el delito de sedici¨®n no cab¨ªa aplicar a los condenados el otro delito por el que fueron condenados en concurso medial. Ese otro delito era el de malversaci¨®n, consistente en aplicar fondos p¨²blicos al fin ilegal de organizar el refer¨¦ndum de autodeterminaci¨®n.
Esos magistrados que elucubraban con una absoluci¨®n de los condenados han debido reflexionar en las ¨²ltimas semanas y han llegado a la conclusi¨®n de que la intentona rupturista del Gobierno independentista catal¨¢n segu¨ªa siendo delito castigado con altas penas de c¨¢rcel, a¨²n con el nuevo C¨®digo Penal aprobado por el Gobierno de Pedro S¨¢nchez.
Manuel Marchena, presidente de la Sala de lo Penal, incluy¨® en su auto judicial algunos comentarios a la reforma legal del Gobierno, donde suger¨ªa que intentonas rupturistas como la del 1-O pod¨ªan quedar sin castigo: ¡°La creaci¨®n de un marco normativo de ruptura territorial que prepara la secesi¨®n de una parte del territorio del Estado, incluso acompa?ada de actos multitudinarios que condujeran a la inobservancia generalizada de las leyes y el incumplimiento de las decisiones gubernativas o jurisdiccionales que intentar¨¢n ponerle t¨¦rmino, ser¨ªan ajenas a la intervenci¨®n del derecho penal¡±. Estos hechos fueron los que dieron lugar al refer¨¦ndum ilegal del 1-O y la posterior declaraci¨®n frustrada de independencia. Con el nuevo C¨®digo Penal, seg¨²n Marchena, no podr¨ªan ser perseguidos desde el punto de vista penal.
En esos hechos que describe el fallo judicial falta un hito fundamental del proceso independentista, la celebraci¨®n del refer¨¦ndum financiado ilegalmente con fondos p¨²blicos, lo que seg¨²n el propio Marchena es merecedor de un duro castigo de c¨¢rcel por malversaci¨®n agravada por la autoridad que la comete y por el dinero desviado.
Un nuevo 1-O, seg¨²n la sentencia del Tribunal Supremo redactada por Manuel Marchena y apoyada por todos los magistrados que componen la sala, nunca quedar¨ªa impune.
El Ejecutivo abarat¨® el castigo penal a las intentonas rupturistas con el ¨²nico objetivo de beneficiar a un partido, ERC, que le daba la mayor¨ªa necesaria en el Congreso para aprobar los Presupuestos y las leyes principales. De paso, el presidente del Gobierno presumi¨® de conseguir la pacificaci¨®n de Catalu?a con esas medidas. Pero nunca quiso, a juzgar por la letra de la nueva ley, dejar impunes los hechos del 1-O ni otros acontecimientos futuros de similar gravedad.
El Gobierno de Pedro S¨¢nchez indult¨® a los nueve dirigentes independentistas catalanes condenados por sedici¨®n y malversaci¨®n a altas penas de c¨¢rcel cuando apenas hab¨ªan cumplido un cuarto de su pena. Poco tiempo despu¨¦s, el Ejecutivo derog¨® el delito de sedici¨®n a petici¨®n de ERC (el Gobierno s¨®lo quer¨ªa rebajar a la mitad las penas), cre¨® un nuevo delito de des¨®rdenes p¨²blicos agravados con menos castigo, y reform¨® la malversaci¨®n para crear nuevos tipos atenuados. Todas estas medidas, aprobadas por un procedimiento de urgencia poco defendible, pretend¨ªan abaratar el castigo penal para todos los dirigentes independentistas del 1-O: para los indultados pero todav¨ªa inhabilitados, para los huidos, como el expresidente Carles Puigdemont, y para los procesados pendientes de juicio (hasta 21 excargos de la Generalitat acusados de malversaci¨®n por el 1-O).
Aplicando la pura aritm¨¦tica, los hechos del 1-O seguir¨ªan siendo castigados con altas penas de c¨¢rcel para la mayor¨ªa del Gobierno catal¨¢n y sus altos cargos por malversaci¨®n grave y desobediencia, seg¨²n el criterio de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Los magistrados han rechazado la posibilidad de rebajar la pena dictada por malversaci¨®n pese a la reforma legal que aprob¨® el Gobierno para crear un tipo atenuado de ese delito. La redacci¨®n de la reforma legal ha resultado un fracaso, a juzgar por los objetivos perseguidos y debido a la interpretaci¨®n que han hecho los jueces de la misma.
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