El Defensor del Pueblo advierte de carencias ante la llegada de menores migrantes a Canarias
La instituci¨®n se?ala en su informe anual la responsabilidad de la Fiscal¨ªa, Polic¨ªa, Cruz Roja y el Gobierno auton¨®mico en la identificaci¨®n de los ni?os
Hay menores de edad en centros de adultos y adultos en centros de menores. El Defensor del Pueblo ha plasmado en su informe anual una realidad que parece haberse normalizado en Espa?a y que sigue sin soluci¨®n: falla la identificaci¨®n y acogida a los menores migrantes. La llegada de m¨¢s de 40.000 migrantes a Canarias ha dejado en las islas a m¨¢s de 5.300 ni?os y adolescentes y un desaf¨ªo monumental de identificaci¨®n, atenci¨®n y acogida que muestra sus costuras cada d¨ªa.
Las fallas en la identificaci¨®n llevan vi¨¦ndose meses y de forma parad¨®jica. Por un lado, el Gobierno de Canarias se declara colapsado por la cantidad de ni?os que acoge y exige un cambio legislativo para obligar a otros territorios a compartir responsabilidades. Pero, por otro lado, el sistema supuestamente garantista con los ni?os deja tales brechas que han aparecido menores de edad en toda la Pen¨ªnsula. Ni?os que hab¨ªan sido trasladados desde el archipi¨¦lago como si fueran adultos. Solo la Comunidad de Madrid, seg¨²n fuentes conocedoras de la situaci¨®n, ha recibido casi un millar de supuestos menores que llegaron de Canarias a la capital como mayores de edad que ha tenido acoger en sus centros de menores.
El Defensor del Pueblo se?ala en su informe c¨®mo todos los actores involucrados ¡ª desde la Fiscal¨ªa a Cruz Roja, pasando por la Polic¨ªa ¡ª, contribuyen a una situaci¨®n en la que los menores migrantes acaban desprotegidos.
Una de las cuestiones en las que repara ?ngel Gabilondo es en la primera identificaci¨®n en el puerto, el primer filtro que acaba marcando el destino de los que llegan sin documentaci¨®n y ¡°cuya minor¨ªa de edad no pueda ser establecida con seguridad¡±.
En este sentido, el defensor mantiene que la Polic¨ªa Nacional, que debe comunicar la presencia de supuestos menores y trasladarlos a los servicios de protecci¨®n, necesita ¡°instrucciones precisas¡± sobe el alcance la cuesti¨®n. Tambi¨¦n se?ala la importancia de que los agentes est¨¦n asistidos por int¨¦rpretes y personal especializado en infancia ¡°que les permita tomar una primera decisi¨®n¡±.
Gabilondo no la menciona espec¨ªficamente, pero se?ala a Cruz Roja, la organizaci¨®n que presta la primera asistencia en puerto. El defensor recuerda que la organizaci¨®n humanitaria, subvencionada por el Ministerio de Migraciones, tiene entre sus funciones ¡°la detecci¨®n e identificaci¨®n de menores de edad¡±, adem¨¢s de la coordinaci¨®n con las fuerzas de seguridad, los servicios sanitarios y de protecci¨®n de menores. A estos ¨²ltimos, la instituci¨®n les recomienda que deber¨ªan estar tambi¨¦n a pie de muelle.
Por ¨²ltimo, y como viene siendo habitual en otros informes, el Defensor del Pueblo se?ala a la Fiscal¨ªa y su tendencia a reclamar procedimientos de determinaci¨®n de la edad a aquellos chicos en los que la minor¨ªa de edad no resulte dudosa y a aquellos que, adem¨¢s de reivindicar que no son adultos, tienen documentaci¨®n que lo corrobora.
La Fiscal¨ªa reclama una nueva ley que regule el procedimiento para la determinaci¨®n de la edad de los menores extranjeros no acompa?ados, pero el defensor mantiene que hasta que ese nuevo protocolo no sea una realidad, la jurisprudencia del Supremo ¡°mantiene el criterio de que si la persona interesada aporta un acta de nacimiento o un pasaporte que no han sido impugnados no es razonable considerarla indocumentada [y someterle a las pruebas]¡±. A pesar de ello, el Defensor del Pueblo asegura que recibe numerosas quejas en las que ¡°se pone de manifiesto que este criterio jurisprudencial no siempre se aplica¡±.
El cap¨ªtulo de menores es extenso en el informe, y advierte de las demoras para documentar a los ni?os o la falta de condiciones en los centros de acogida.
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