El Supremo archiva una denuncia de Manos Limpias contra S¨¢nchez por el acuerdo del PSOE y Junts y la ley de amnist¨ªa
El tribunal descarta los delitos de usurpaci¨®n de funciones, prevaricaci¨®n y cohecho que el sindicato atribu¨ªa al presidente del Gobierno, varios ministros y dirigentes socialistas
El Tribunal Supremo ha rechazado admitir a tr¨¢mite la denuncia presentada por el Sindicato Colectivo de Funcionarios Manos Limpias contra el presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez, por el acuerdo firmado entre el PSOE y Junts el 9 de noviembre. El sindicato denunci¨® adem¨¢s el posterior pacto entre los socialistas y ERC y la tramitaci¨®n de la proposici¨®n de ley de amnist¨ªa. Manos Limpias atribu¨ªa a S¨¢nchez presuntos delitos de usurpaci¨®n de funciones (con el argumento de que la norma deja sin efecto y desautoriza las actuaciones judiciales realizadas para preservar la legalidad constitucional, ¡°invadiendo y erosionando la exclusiva potestad jurisdiccional que la Constituci¨®n atribuye en exclusiva a jueces y tribunales¡±); prevaricaci¨®n administrativa y cohecho. El Supremo descarta que los pactos entre el PSOE y los partidos independentistas puedan ser constitutivos de delito.
Aunque el presidente del Gobierno era el objetivo principal de la denuncia presentada por Manos Limpias -a la que se adhirieron dos asociaciones-, el sindicato tambi¨¦n pidi¨® al Supremo que actuara contra la vicepresidenta Segunda del Gobierno, Yolanda D¨ªaz; el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, F¨¦lix Bola?os; el ministro de Transportes, ?scar Puente; el secretario de Organizaci¨®n del PSOE, Santos Cerd¨¢n; y la eurodiputada socialista, Irache Garc¨ªa, como cooperadores necesarios de los delitos denunciados.
La denuncia se present¨® el 3 de noviembre, y el 29 de enero el sindicato registr¨® una ampliaci¨®n para incluir la enmienda registrada en la tramitaci¨®n parlamentaria del proyecto de ley de amnist¨ªa para excluir de la medida de gracia solo los actos de terrorismo que hayan causado, ¡°de forma manifiesta y con intenci¨®n directa¡±, muertes, torturas o trato degradante. Esta enmienda, finalmente, no se incluye en el texto aprobado por el Congreso, que deja fuera de la medida de gracia los actos calificados como terrorismo en la directiva europea sobre este delito y a su vez ¡°hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos reguladas en los art¨ªculos 2 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos¡±, que aluden al derecho a la vida y a la prohibici¨®n de la tortura.
La Fiscal¨ªa pidi¨® el archivo de la denuncia, un criterio que ha asumido el Supremo. Los magistrados reiteran que el pacto entre el PSOE y Junts es un acuerdo pol¨ªtico que no es constitutivo de delito. ¡°Tampoco pueden merecer esa calificaci¨®n las enmiendas que los diputados, en el ejercicio de su funci¨®n legislativa, pueden proponer durante la tramitaci¨®n de una proposici¨®n o proyecto de ley¡±, se?ala la sala, de la que han formado parte los magistrados Manuel Marchena (presidente), Juli¨¢n S¨¢nchez Melgar, Juan Ram¨®n Berdugo, Carmen Lamela y Eduardo de Porres, que ha sido el ponente del auto.
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