La justicia abre la puerta a que la Junta de Andaluc¨ªa pague los retrasos en conceder la dependencia
Un juzgado obliga a la Administraci¨®n auton¨®mica a revisar la demora de casi tres a?os en atender a una anciana y la reclamaci¨®n de su familia para que abone la prestaci¨®n desde el momento en que debi¨® otorgarla
La Junta de Andaluc¨ªa ten¨ªa, y tiene, seis meses para responder cualquier solicitud de prestaci¨®n econ¨®mica por dependencia. 182 d¨ªas que, sin embargo, se han triplicado de media hasta alcanzar los 618. Bastante m¨¢s que la media en Espa?a, 330 d¨ªas. Pero los retrasos, en ocasiones, van mucho m¨¢s all¨¢ de cualquiera de esas medias. En Granada, una se?ora lo solicit¨® en 2017. La concesi¨®n se firm¨® 949 d¨ªas m¨¢s tarde. La notificaci¨®n a¨²n tard¨® varios meses, con lo que la familia se enter¨® 1.057 d¨ªas despu¨¦s de pedirlo, o lo que es lo mismo, dos a?os, 10 meses y 19 d¨ªas. Estas prestaciones se cobran desde que se conceden y no desde que, si se cumplen los requisitos, se solicitan. Ese retardo en la concesi¨®n supuso la p¨¦rdida de m¨¢s de 30 meses de ayuda.
La familia de la mujer reclam¨® el pago desde el mes s¨¦ptimo y la Administraci¨®n andaluza lo deneg¨®. Al final, el asunto ha acabado en un juzgado contencioso administrativo que ha dictado que la Junta debe revisar su negativa a retrotraer el pago y emitir un nuevo pronunciamiento. Es solo el principio pero, asegura Jos¨¦ Ram¨®n M¨¢rquez, abogado de la familia, puede abrir camino a que se obligue a la Administraci¨®n a responder econ¨®micamente de la demora en sus decisiones.
La historia de esta familia granadina, que prefiere mantenerse en el anonimato y hablar solo a trav¨¦s de su abogado, comienza el 24 de octubre de 2017. La madre, entonces con poco m¨¢s de 80 a?os, solicita la prestaci¨®n por dependencia. A finales de abril del a?o siguiente se cumplen los seis meses sin respuesta pero es a final de mayo de 2020 cuando la Consejer¨ªa de Igualdad, Pol¨ªticas Sociales y Conciliaci¨®n resuelve positivamente, y es en septiembre de ese a?o cuando se lo comunican a la familia: tres meses y medio tarda la familia en saberlo. Un desfase m¨¢s que, adem¨¢s de habitual, solo a?ade confusi¨®n a los plazos de posibles recursos.
La mujer lleg¨® a recibir la prestaci¨®n desde 2020 hasta su fallecimiento en 2022. La notificaci¨®n, explica su abogado, inclu¨ªa ¡°tres o cuatro meses de cobro por el retraso pero no los 32 que efectivamente tardaron, 26 de ellos fuera del plazo legal para responder¡±. Por eso, a¨²n en vida de la afectada, las hijas, recuerda M¨¢rquez, decidieron reclamar el pago de la prestaci¨®n desde el momento en el que la Junta andaluza deb¨ªa haber resuelto. La Administraci¨®n se neg¨® y el abogado inici¨® un proceso diferente: una reclamaci¨®n patrimonial contra la Junta de Andaluc¨ªa por su mal funcionamiento.
Este proceso nuevo es, en s¨ªntesis, seg¨²n explica Jos¨¦ Ram¨®n M¨¢rquez, una petici¨®n para que la Administraci¨®n responda por su mal funcionamiento: ¡°Si deb¨ªa responder en seis meses y tarda 32, nos aguantamos con el retraso en el tiempo, pero no con el retraso monetario. Debe pagar desde el primer momento¡±, insiste. La Junta, alegando ahora que esta petici¨®n se realiz¨® fuera de plazo, neg¨® una vez m¨¢s el pago, que a 387,64 euros por 26 meses supera por poco los 10.000 euros.
Tras esta segunda negativa, la familia acudi¨® al juzgado contencioso administrativo. La jueza en su sentencia escribe que esa resoluci¨®n de la Junta, que dice que la petici¨®n lleg¨® fuera de plazo, reconoce a la vez ¡°dilaciones indebidas y el deber de la Administraci¨®n en su reparaci¨®n¡±. La magistrada, adem¨¢s, reconoce que la Junta no tuvo en cuenta ¡°las circunstancias extraordinarias de la pandemia, ni los d¨ªas inh¨¢biles¡± y que, por tanto, no es cierto que la reclamaci¨®n de la familia estuviera fuera de plazo. Por ello, le obliga a retomar el asunto, entrar ¡°en el fondo y resolver¡±.
Para el abogado de la familia, el debate est¨¢ ahora en si la Junta seguir¨¢ admitiendo lo que ya acept¨®, ¡°que lleg¨® tarde y debe indemnizar, limit¨¢ndose a discutir solo sobre la cantidad o si decide pelear todo, si pagar o no¡±. T¨¦cnicamente, la sentencia, como todas, debe ejecutarse en 20 d¨ªas, que ya han transcurrido sin que la familia tenga noticias.
Este diario ha consultado el asunto con un portavoz de la Consejer¨ªa de Igualdad, Pol¨ªticas Sociales y Conciliaci¨®n. En este momento tienen la sentencia ¡°en an¨¢lisis¡±, por lo que no pueden adelantar el sentido de la decisi¨®n. S¨ª recuerdan que esta petici¨®n concreta se hizo ¡°cuando estaba el PSOE en el Gobierno de la Junta, que al irse dej¨® atr¨¢s un sistema de la dependencia ca¨®tico y obsoleto¡±. Quedaron entonces, afirman, m¨¢s de 200.000 personas en lista de espera con una demora de 1.275 d¨ªas. Ahora, cinco a?os despu¨¦s de que el PP asumiera el Gobierno andaluz, este portavoz comenta: ¡°Hemos cambiado el procedimiento anterior, que requer¨ªa cinco aplicaciones y, con ello, muchas posibilidades de error que enviaban el expediente al limbo en cada problema¡±. La consejer¨ªa explica que encontraron m¨¢s de 1.800 expedientes con m¨¢s de 1.000 d¨ªas de espera que ahora ya tienen su prestaci¨®n.
Para Mart¨ªn Dur¨¢n, presidente de la Federaci¨®n de Organizaciones Andaluzas de Mayores, la sentencia reconoce que ¡°por un lado, el derecho de la dependencia no se extingue con el fallecimiento de la persona¡±. ¡°Y por otro, que por fin se empiezan a exigir y a penalizar las dilaciones indebidas de la Administraci¨®n¡±, a?ade. ¡°La Administraci¨®n tiene una responsabilidad y hay que exig¨ªrsela y ella tiene que cumplirla¡±, agrega.
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