Los jueces frenan el intento de Ayuso de no medicalizar las residencias de Alcorc¨®n y Legan¨¦s
El letrado de la Comunidad de Madrid solicit¨® que se levantara la medida cautelar por el descenso del n¨²mero de contagios
Los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) han tumbado de nuevo sendos recursos presentados por el Letrado de la Comunidad de Madrid en los que solicitaba que se dejaran sin medicalizar las 12 residencias de mayores de Alcorc¨®n y Legan¨¦s. Los magistrados de la Secci¨®n Octava de la Sala de lo Contencioso-administrativo han redactado dos autos pr¨¢cticamente calcados en los que recuerdan a la Consejer¨ªa de Sanidad que el coronavirus no est¨¢ ni mucho menos controlado y que los ancianos son la poblaci¨®n de mayor riesgo. Mantienen la obligaci¨®n de que se les informe cada semana.
Este es el en¨¦simo recurso que pierde la Abogac¨ªa regional, que ha intentado por todos los medios a su alcance frenar las medidas cautelares solicitadas por la alcaldesa de Alcorc¨®n, Natalia de Andr¨¦s, y el de Legan¨¦s, Santiago Llorente, ante la supuesta inactividad de la Comunidad de Madrid en los geri¨¢tricos de sendas localidades. Los jueces ordenaron que se medicalizaran de inmediato todas las residencias, ante la enorme cantidad de mayores muertos por la pandemia. En concreto, ped¨ªan que los m¨¦dicos y enfermeras se trasladaran de manera permanente a los cuatro geri¨¢tricos de Alcorc¨®n: la residencia de la Comunidad de Madrid, el centro Campod¨®n, Amavir y Sanitas. Y a los ocho de Legan¨¦s: Parque de los Frailes, Domus Vi, Vitalia Home, Los Balcones, Nuestra Se?ora de Butarque, Amavir El Encinar, Valdepelayos y Valdeluz.
Pese a que el cuerpo de Letrados de la Comunidad de Madrid ha recurrido todas las decisiones judiciales, siempre han recibido un no rotundo
Dictaron sendos autos con fecha de 21 y 27 de abril. Los magistrados pusieron como ejemplo que las medidas que ten¨ªa que tomar la Consejer¨ªa de Sanidad, con su m¨¢ximo representante a la cabeza, Enrique Ruiz-Escuderio, era similar a lo que hab¨ªan hecho en el hospital de campa?a instalado en Ifema o a los hoteles en los que se atend¨ªa a enfermos del coronavirus.
Pese a que el cuerpo de Letrados de la Comunidad de Madrid ha recurrido todas las decisiones judiciales, siempre han recibido un no rotundo. Los magistrados de la Secci¨®n Octava le han recordado el derecho a la salud de todas personas y a recibir el tratamiento adecuado. Adem¨¢s, en este caso se ve agravado al tratarse de personas mayores y de una enfermedad que les ataca de manera mucho m¨¢s grave, lo que puede terminar incluso con la muerte.
Los dos ¨²ltimos autos, a los que ha tenido acceso EL PA?S, tienen fecha de 22 y 24 de junio. El recurso presentado por la Abogac¨ªa auton¨®mica solicitaba en ambos procedimientos que se revocara la medida cautelar. Basaba la petici¨®n en que ¡°los informes presentados durante las ¨²ltimas semanas evidencian el cumplimiento de la obligaci¨®n impuesta, mediante el notable esfuerzo de los medios personales y materiales¡±. El escrito no recuerda, sin embargo, que entre la promulgaci¨®n del primer auto (a finales de abril) y el primer informe remitido, tras numerosas peticiones de ambos Ayuntamientos y fechado el 14 de mayo, murieron en las residencias 37 mayores ¡ª28 en Legan¨¦s y 9 en Alcorc¨®n¡ª.
El escrito regional mantiene que se puede constatar que ¡°las circunstancias han cambiado¡±, en cuanto la situaci¨®n de los residentes, en que ya no hay ausencia de personal sanitario y medios materiales y en la capacidad del hospital Severo Ochoa o del hospital universitario Fundaci¨®n Alcorc¨®n para acoger a los pacientes que lo precisen. Durante la pandemia han muerto por covid 287 mayores en residencias de Legan¨¦s y 148 en Alcorc¨®n. Al menos, hasta el 14 de mayo.
Los dos Ayuntamientos fueron consultados por los magistrados del Tribunal Superior de Justicia y alegaron que se mantuviera la medida cautelar solicitada desde el inicio del procedimiento. Entend¨ªan los abogados de los Consistorios que la situaci¨®n, lejos de mejorar, se manten¨ªa para todos los residentes de estos geri¨¢tricos.
Mantener las cautelares
Las dos magistradas ponentes, Amparo Guill¨® S¨¢nchez-Galiano y Mar¨ªa del Pilar Garc¨ªa Ruiz, han dictado dos autos, con la dureza que ha caracterizado a la Secci¨®n Octava en ambos procedimientos iniciados por los Ayuntamientos de Alcorc¨®n y Legan¨¦s. Las jueces recuerdan en sus escritos que las medidas cautelares se pueden mantener hasta que recaiga sentencia firme con la que acabe el procedimiento o hasta que este finalice ante de llegar a juicio. A eso se a?ade que lo que se investigue por parte de los instructores del caso o lo que aporten las partes en su defensa no tiene la capacidad por s¨ª misma para modificar esas cautelares. ¡°La Sala constata el cumplimiento del auto, pero no encuentra motivos para levantar la medida cautelar acordada¡±, mantienen las juezas en sus escritos. Estos autos pueden ser recurridos ante la propia sala en el plazo de cinco d¨ªas.
Las magistradas no aceptan la tesis del Letrado de la Comunidad de Madrid de que el cambio de fase por parte de la regi¨®n pueda ser ¡°una garant¨ªa de finalizaci¨®n de la pandemia¡±
Con esta parte le habr¨ªa bastado para motivar su decisi¨®n, pero las magistradas deciden entrar en el fondo del asunto y no quedarse solo en la forma. Los escritos reconocen que se ha dado ¡°cierta estabilizaci¨®n en la situaci¨®n de los residentes y centros¡± de ambas localidades por contagios de coronavirus. Pero eso no es suficiente: ¡°Dicha tendencia no podr¨¢ considerarse definitiva sino en el momento en el que el funcionamiento de tales centros y estado de los residentes se acerque, cuando menos, a la situaci¨®n anterior al reconocimiento de la situaci¨®n de pandemia que dio lugar, a su vez, al estado de alarma¡±. Las juezas recuerdan que se produjo el ¡°colapso¡± del sistema sanitario y que los hospitales estuvieron desbordados ¡°por el volumen de pacientes que tuvieron que ser atendidos en los hospitales en esas fechas¡±. Tambi¨¦n mantienen que si ahora se puede trasladar a los mayores a las residencias se debe a que las circunstancias han cambiado.
Las magistradas no aceptan la tesis del Letrado de la Comunidad de Madrid de que el cambio de fase por parte de la regi¨®n pueda ser ¡°una garant¨ªa de finalizaci¨®n de la pandemia¡±. ¡°Y mucho menos de la desaparici¨®n del virus y de la posibilidad, por tanto, de que tuvieran lugar rebrotes del mismo que pudieran suponer un empeoramiento del riesgo para el colectivo de residentes¡±, a?aden los autos. Estos reiteran, al igual que en todos los escritos anteriores, que ¡°las personas de la tercera edad son un colectivo que ha resultado ser el m¨¢s afectado, con diferencia, por las altas tasas de letalidad del virus¡±. Los riesgos, por tanto, no se pueden considerar ¡°inexistentes¡±.
Las juezas recuerdan otro hecho significativo que puede traer graves consecuencias para los mayores: ¡°el hecho de que los centros-residencias de mayores han sido abiertos al p¨²blico de modo muy reciente, por lo que es imposible disponer de una evaluaci¨®n de resultados a prop¨®sito de tal medida¡±. ¡°En consecuencia, es imposible descartar de plano el riesgo de nuevos contagios que, si no con la misma intensidad, si pudieran llegar a acercar a estos centros y sus residentes ¡ªen situaci¨®n de vulnerabilidad sanitaria especial¡ª a la experiencia anteriormente vivida¡±, recogen los escritos judiciales. A ello, se podr¨ªa sumar que los servicios hospitalarios pudieran llegar a saturarse ¡°de nuevo en poco tiempo¡±.
Sin cambios apreciables
Ante todo este razonamiento, la Sala Octava no aprecia que ¡°se haya producido un cambio de las circunstancias que motivaron la adopci¨®n de la medida cautelar que deba determinar ahora su revocaci¨®n¡±. ¡°La mejora de la situaci¨®n que se describe en los informes aportados y ¡°el alivio sobre la presi¨®n hospitalaria¡± que se afirma en la petici¨®n no implican una consolidaci¨®n en la situaci¨®n apreciada para adoptar la medida cautelar acordada en su d¨ªa, que determine ahora su modificaci¨®n¡±, concluyen las ponentes.
Los escritos reiteran la obligaci¨®n que tiene la Consejer¨ªa de Sanidad de informar cada siete d¨ªas al Tribunal Superior. De hecho, los Ayuntamientos se han quejado durante el procedimiento de la falta de cumplimiento de este extremo por parte del departamento de Ruiz-Escudero, lo que llev¨® al TSJM a dictar una providencia en la que se lo recordaba e incluso amenaz¨® con tomar medidas coercitivas en caso de que continuara si remitir los informes peri¨®dicos.
Tres muertos y 20 ingresados en tan solo tres d¨ªas
Los primeros informes que la Comunidad de Madrid remit¨ªa a los jueces de la Secci¨®n Octava del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) inclu¨ªan documentos de la Consejer¨ªas de Sanidad y Pol¨ªticas Sociales, adem¨¢s de los hospitales de Alcorc¨®n y Legan¨¦s ¡ªla Fundaci¨®n y el Severo Ochoa¡ª.
Todo esto ha quedado reducido con el paso del tiempo a un informe del centro hospitalario de referencia de cada localidad en el que se recoge lo actuado en la semana anterior. Uno de los ¨²ltimos que ha recibido el TSJM por parte del leganense Severo Ochoa data de mediados del mes pasado y recoge que entre el 16 y el 18 de junio se produjeron tres muertes en las ocho residencias de la localidad. Estos se sumar¨ªan a los cerca de 300 registrados desde el inicio de la pandemia en estos geri¨¢tricos.
En esos d¨ªas estaban ingresados con s¨ªntomas de coronavirus un total de 20 residentes, seg¨²n este informe. Otros 74 internos se encontraban aislados, algunos de ellos de manera preventiva. Las residencias de Legan¨¦s ten¨ªan entonces una poblaci¨®n cercana a los 800 ancianos.
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