Una ley de la corona
Es una exigencia democr¨¢tica que se elabore una norma que regule m¨¢s extensamente aspectos que ahora se dejan al arbitrio de la Casa del Rey
El Gobierno no tiene nada en contra del regreso a Espa?a del rey em¨¦rito, Juan Carlos I. Si lo tuviera, habr¨ªa hecho llegar su criterio a Felipe VI, como es su obligaci¨®n constitucional. As¨ª que cuando, esta semana, la ministra portavoz, Isabel Rodr¨ªguez, explic¨® que La Moncloa ¡°ser¨¢ respetuosa¡± con la decisi¨®n que adopte su hijo, quer¨ªa decir que el Gobierno ha examinado la situaci¨®n y concluido que no hay inconveniente legal ni pol¨ªtico, ni ha encontrado motivo alguno para ¡°recomendar¡± lo contrario. Ahora es cuesti¨®n de que La Zarzuela valore el impacto que puede tener ese retorno en la imagen de la monarqu¨ªa, aunque es muy posible que la alternativa (que contin¨²e viviendo en el extranjero, en contra de su expreso deseo) tampoco ayude a proteger la figura del actual jefe del Estado, que, al fin y al cabo, es su hijo.
Sea como sea, si Juan Carlos I regresa a Espa?a, ser¨¢ despu¨¦s de que la Fiscal¨ªa cierre la investigaci¨®n que mantiene abierta, igual que ha hecho ya la justicia suiza, que fue la primera en iniciar diligencias por posibles delitos de cobro de comisiones y blanqueo de capitales. Si no existen aqu¨ª tampoco pruebas que inculpen a Juan Carlos I por actividades realizadas despu¨¦s de su abdicaci¨®n en 2014 (en el ejercicio de su funci¨®n goz¨® de inviolabilidad), es muy probable que el rey em¨¦rito acuerde con la Casa del Rey las condiciones de su regreso: d¨®nde vivir (descartada La Zarzuela por el malestar que provocar¨ªa, podr¨ªa ser alguna otra propiedad de Patrimonio Nacional o la casa que facilite alg¨²n amigo) y los recursos econ¨®micos de los que dispondr¨¢ (Felipe VI le suprimi¨® el pasado mes de marzo la asignaci¨®n anual de 198.845 euros que recib¨ªa a cargo de la partida que los Presupuestos del Estado fijan para el mantenimiento de la Casa Real).
Si finalmente se cierra la investigaci¨®n fiscal y Hacienda no tiene nada que objetar a las regularizaciones ya realizadas por Juan Carlos I, no hay nada que impida que el rey em¨¦rito regrese a Espa?a. Es incluso razonable que as¨ª suceda, porque la opci¨®n de que viva en el extranjero hasta su fallecimiento es a¨²n peor. Pero que regrese a Espa?a no quiere decir que se pueda dar carpetazo a lo ocurrido. No tiene mucho sentido repetir hasta la saciedad los reproches morales que, sin duda, merece la actitud de Juan Carlos I, pero s¨ª lo tiene que el Gobierno estudie con urgencia qu¨¦ cambios legislativos se pueden aprobar para impedir que se produzcan casos semejantes en el futuro. Es una exigencia democr¨¢tica que se elabore una ley de la corona que regule m¨¢s extensamente aspectos que ahora se dejan al arbitrio de la Casa del Rey (por ejemplo, los regalos que reciba el monarca y la transparencia en sus gastos) o nuevas normas para que la gesti¨®n de su fortuna personal sea efectuada por profesionales conocidos por el Gobierno.
No deber¨ªa ser dif¨ªcil llegar a un acuerdo respecto a esa ley, siempre que no se confundan conceptos y se deje fuera de la discusi¨®n la inviolabilidad del rey durante el ejercicio de su cargo. Ese es un requisito imprescindible en una monarqu¨ªa parlamentaria, como la espa?ola, y existe pr¨¢cticamente en todas las democracias en las que el jefe del Estado, monarca o presidente de la Rep¨²blica, s¨®lo tiene funciones representativas. En esos casos, no es que no exista responsabilidad por los actos del rey en ejercicio de la jefatura del Estado, es que esa responsabilidad corresponde a los ministros.
Sin llegar al extremo de la Constituci¨®n danesa, que dice textualmente que la figura del rey es ¡°sacrosanta¡± (el texto vigente es de 1953, no de hace tres siglos), la inviolabilidad no estuvo en discusi¨®n durante la elaboraci¨®n de la Constituci¨®n espa?ola porque pronto qued¨® claro que en la monarqu¨ªa parlamentaria espa?ola el rey estar¨ªa obligado a firmar y refrendar todo lo que el Gobierno y el Parlamento dispusieran. En el debate de 1978 hubo algunos intentos de dotarle de m¨¢s competencias, todas rechazadas por la izquierda, UCD y los nacionalistas. Laureano L¨®pez Rod¨®, de Alianza Popular, por ejemplo, insisti¨® en atribuir al monarca competencias especiales (la m¨¢s importante, disolver las Cortes ¡°por s¨ª mismo¡±) en caso de emergencia y la posibilidad de crear un Consejo de la Corona. Hasta el entonces presidente de las Cortes, Antonio Hern¨¢ndez Gil, a quien se atribu¨ªa cercan¨ªa con Juan Carlos I, estuvo en total desacuerdo. La monarqu¨ªa espa?ola no ser¨ªa una monarqu¨ªa constitucional (en la que el jefe del Estado conserva alg¨²n poder ejecutivo), sino parlamentaria, en la que el rey ejerce la funci¨®n de jefe del Estado bajo el control total del poder ejecutivo y legislativo.
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