La justicia europea se decanta por obligar a Polonia, Hungr¨ªa y Rep¨²blica Checa a reubicar refugiados
La Corte desmonta los argumentos esgrimidos por los tres pa¨ªses para negarse a cumplir el sistema de cuotas establecido en 2015
Polonia, Hungr¨ªa y Rep¨²blica Checa est¨¢n a un paso de ser condenadas por el Tribunal de Justicia europeo por su negativa a participar en el sistema de reubicaci¨®n de refugiados aprobado por la Uni¨®n Europea en 2015 para socorrer a Italia y Grecia, pa¨ªses que hac¨ªan frente a una afluencia masiva de emigrantes.
En un tajante dictamen provisional publicado este jueves, Eleanor Sharpston, una de los Abogados generales de la Corte europea, desmonta uno tras otros los argumentos esgrimidos por los tres pa¨ªses juzgados para negarse a colaborar con un mecanismo de solidaridad que se hab¨ªa puesto en marcha en unas circunstancias tan excepcionales como la crisis migratoria de 2015.
El juicio enfrenta a la Comisi¨®n Europea con los tres pa¨ªses que se negaron a colaborar en la reubicaci¨®n de 160.000 solicitantes de asilo con un sistema de cuotas obligatorias que fracas¨® en gran parte. La importancia del litigio no estriba en el caso concreto de aquel mecanismo, ya expirado, sino en el inter¨¦s de la Comisi¨®n por sentar jurisprudencia en la obligaci¨®n de todos los Estados miembros de colaborar en un sistema de reparto que se puso en marcha en base al art¨ªculo 78 del Tratado. Ese art¨ªculo contempla la posibilidad de adoptar medidas excepcionales en caso de que un Estado miembro afronte "una situaci¨®n de emergencia caracterizada por la afluencia repentina de nacionales de terceros pa¨ªses".
La sentencia definitiva tardar¨¢ semanas en llegar, pero si los jueces siguen el razonamiento de la Abogado General (como ocurre con frecuencia), Polonia, Hungr¨ªa y Rep¨²blica checa ver¨¢n negado su derecho a no participar en el reparto invocando un posible impacto en la seguridad p¨²blica o las dificultades para verificar la identidad y riesgo de los solicitantes de asilo. La Abogado general considera todos esos argumentos infundados y recuerda que, en cualquier caso, los tres pa¨ªses deber¨ªan al menos haber comunicado cu¨¢ntos refugiados estaban dispuestos a acoger aunque, llegado el caso, no se hubiera completado la cuota.?
Pero Sharpston, de nacionalidad brit¨¢nica, parece querer ir m¨¢s lejos del propio expediente en s¨ª. Y aprovecha el que puede ser uno de sus ¨²ltimos dict¨¢menes en el Tribunal antes del Brexit, para hacer un encendido alegato a favor del mantenimiento del Estado de derecho y del ordenamiento jur¨ªdico de la Uni¨®n en un dictamen que afecta, precisamente, a tres pa¨ªses sospechosos de vulnerar con facilidad las normas fundamentales del club.
El Estado de derecho, asevera Sharpston, "implica el cumplimiento de las obligaciones legales que incumben a cada uno. Desobedecer esas obligaciones porque resulten inoportunas o impopulares (...) constituye un paso peligroso hacia el desmoronamiento de la sociedad ordenada y estructurada gobernada por el Estado de derecho".
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