Sobre la elecci¨®n de los ministros de la Suprema Corte
La eventual modificaci¨®n al Poder Judicial deber¨¢ quedar constre?ida a un marco institucional preciso y com¨²n o, en sentido contrario, en modo alguno partidista o de plano faccioso
El grupo parlamentario del partido pol¨ªtico Morena convoc¨® recientemente a la celebraci¨®n de cuatro conversatorios p¨²blicos, con el objetivo de analizar la participaci¨®n ciudadana para la transformaci¨®n del Poder Judicial. El primer conversatorio se titul¨® ¡°Soberan¨ªa popular, fortalecimiento de la democracia directa y vinculaci¨®n ciudadana para revisar y modificar el r¨¦gimen de designaciones de cargos en la Suprema Corte de Justicia de la Naci¨®n¡±; el segundo ¡°Marco constitucional y convencional para el ejercicio efectivo de los derechos pol¨ªticos y de participaci¨®n ciudadana en los temas de trascendencia nacional y en la direcci¨®n de los asuntos p¨²blicos¡±; el tercero llev¨® por t¨ªtulo ¡°Eficacia, progresividad y restricciones de la consulta popular: el caso de temas electorales¡±, y el cuarto ¡°Democracia participativa e independencia judicial¡±.
La coordinaci¨®n de los diputados de Morena se plante¨® explorar algunas posibilidades de reformas constitucionales y legales a partir de las manifestaciones hechas por el presidente de la Rep¨²blica. En efecto, este ¨²ltimo consider¨® que, dado el contenido de algunas resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Naci¨®n en lo general, y de algunos juzgadores federales en lo particular, ser¨ªa necesario modificar el sistema de designaci¨®n para que fuera el pueblo el que eligiera a los ministros y jueces del pa¨ªs.
En cada una de las mesas se?aladas participaron diversas personas. Algunas de ellas vinculadas con la academia, otras con la judicatura y unas m¨¢s con la vida p¨²blica del pa¨ªs. Se trat¨®, y es necesario reconocerlo, de un interesante e importante ejercicio de expresi¨®n de ideas relacionadas con los temas convocados. Es verdad que no hubo, ni ten¨ªa por qu¨¦ haberlo, unanimidad en los aspectos sometidos a discusi¨®n, pero s¨ª algunas conclusiones que quedaron recogidas en el documento correspondiente. Destaco las que, a mi juicio, resultan m¨¢s importantes.
En primer lugar, que la reforma al Poder Judicial se realice conforme a los principios de divisi¨®n de poderes, transparencia, rendici¨®n de cuentas, eficacia, eficiencia, participaci¨®n ciudadana, austeridad, paridad de g¨¦nero y profesionalismo. Esta declaraci¨®n es importante, puesto que m¨¢s all¨¢ de los matices y entendimientos particulares que puedan tenerse acerca de cada uno de estos elementos, lo cierto es que existe un piso o base com¨²n de indiscutible relevancia. Adicionalmente, el proceso de cambio buscado est¨¢ dirigido a ¡°responder al clamor de justicia del pueblo de M¨¦xico y poner fin a la impunidad¡±.
En segundo lugar, la posibilidad de reformar cualquier contenido constitucional. Entre ellos, desde luego, los relacionados con la estructura y funcionamiento del Poder Judicial de la Federaci¨®n, a partir, nuevamente, de las condiciones y con los fines precisados en el p¨¢rrafo anterior. Cuesti¨®n distinta y central para toda la discusi¨®n, es lo relacionado con el modo de llevar a cabo este proceso. En las conclusiones se recogieron dos puntos de vista. Por una parte, el de quienes ¡ªcomo es mi caso¡ª consideran que es improcedente implementar la consulta popular para la elecci¨®n de ministros, ya que conforme al art¨ªculo 35 Constitucional no pueden ser objeto de consulta popular la materia electoral, ni la restricci¨®n de los derechos humanos y sus garant¨ªas reconocidos por la Constituci¨®n y por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte. Por otro lado ¡ªy pienso que de manera minoritaria y tambi¨¦n equivocada¡ªse recogi¨® el criterio de quienes piensan que con fundamento en el art¨ªculo 39 Constitucional y la invocaci¨®n a la soberan¨ªa nacional, es posible llevar a cabo la consulta popular con independencia de lo previsto en el citado art¨ªculo 35 del mismo ordenamiento supremo. Lo interesante de este debate es que abri¨® la discusi¨®n acerca de las posibilidades y l¨ªmites de la propuesta originalmente planteada por el Presidente de la Rep¨²blica. Los diputados del partido mayoritario saben hoy, como resultado de las mesas de debate, que es muy posible que deban enfrentar l¨ªmites constitucionales, materializados mediante la resoluci¨®n que en su caso emita la propia Suprema Corte de Justicia de la Naci¨®n.
En tercer lugar, igualmente importante que los dos anteriores, puesto que parte de la necesidad de designar a los integrantes de la Suprema Corte con base en criterios de profesionalismo, excelencia, imparcialidad, as¨ª como paridad de g¨¦nero, y en modo alguno con base en aspectos o consideraciones pol¨ªticas. De manera puntual, se consider¨® que el mecanismo de elecci¨®n de las y los integrantes de la Suprema Corte de Justicia ha impedido ¡ªsi bien de manera ¡°no determinante¡±¡ª superar los retos en materia de justicia en M¨¦xico, por lo cual el nuevo modelo de designaci¨®n deber¨¢ terminar con su corporativizaci¨®n de la Suprema Corte, fortalecer el Estado de derecho, mejorar las relaciones entre los poderes, y acabar con los mitos que se han construido sobre la debilidad de la propia Corte.
La importancia de la convocatoria y de las discusiones que se realizaron en las mesas, fue fijar el horizonte a alcanzar y, con ello, la instrumentalizaci¨®n de los esfuerzos encaminados a la designaci¨®n de los integrantes del Pleno de la Suprema Corte. Si nos tomamos en serio el ejercicio parlamentario del que vengo dando cuenta, es preciso reconocer el avance alcanzado. Ello es as¨ª, puesto que la eventual modificaci¨®n al Poder Judicial deber¨¢ quedar constre?ida a un marco institucional preciso y com¨²n o, en sentido contrario, en modo alguno partidista o de plano faccioso.
@JRCossio
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