Vacunarse es una obligaci¨®n c¨ªvica y solidaria
Existen s¨®lidos argumentos para exigir la inmunizaci¨®n a ciertos colectivos por la naturaleza de su trabajo; los derechos de los negacionistas no son absolutos y su insolidaridad tiene consecuencias
Cuando hablamos de medidas como vacunaci¨®n, toque de queda o pasaporte covid debemos ser conscientes de que estas decisiones se adoptan con criterios sanitarios que se apoyan en los estudios y an¨¢lisis de los cient¨ªficos. Todo ello en el contexto de una pandemia cuyas consecuencias grav¨ªsimas para la salud p¨²blica es innecesario resaltar. En pleno debate, en toda Europa, sobre la necesidad de vacunarse, como ant¨ªdoto contra la propagaci¨®n de la pandemia, tengo la impresi¨®n de que se ha producido una distorsi¨®n del verdadero n¨²cleo de la cuesti¨®n. Entiendo que a ning¨²n Gobierno se le ha pasado por la cabeza imponer la vacunaci¨®n forzosa que solo podr¨ªa llevarse a cabo en reg¨ªmenes totalitarios que ejerciesen un control absoluto sobre sus ciudadanos inyect¨¢ndolos, de forma violenta, a pesar de su oposici¨®n.
En las sociedades democr¨¢ticas la medida chocar¨ªa frontalmente con las constituciones y con todos los textos internacionales sobre la protecci¨®n de los derechos humanos. Descartada la vacunaci¨®n forzosa, el debate sobre la vacunaci¨®n obligatoria est¨¢ abierto y debe ser abordado por los gobiernos y las autoridades sanitarias con apoyaturas ¨¦ticas, c¨ªvicas y jur¨ªdicas. Vacunarse me parece una obligaci¨®n elemental, aunque no puede nacer imperativamente de una ley que la establezca con car¨¢cter general. A¨²n en situaciones excepcionales, puede entrar en colisi¨®n con los derechos individuales de las personas que se niegan a ser vacunadas por muy inveros¨ªmiles, estramb¨®ticos e inaceptables que resulten sus argumentos ante las evidencias cient¨ªficas.
Est¨¢n en juego el derecho a la autodeterminaci¨®n de las personas, el libre desarrollo de su personalidad y la intimidad de los datos sobre su salud, frente a la salud general de todos sus conciudadanos, para los que resultan un peligro cierto y evidente de transmisi¨®n del virus. Sin embargo, no se puede dar p¨¢bulo a esot¨¦ricos y disparatados pretextos antivacunas como los que sostienen que se inyectan chips, alteran nuestro mapa gen¨¦tico o mantienen que el virus se transmite por ondas electromagn¨¦ticas. Tampoco son aceptables, como pretexto, la constataci¨®n de algunos efectos secundarios contraproducentes que se han detectado, como sucede en la pr¨¢ctica totalidad de los medicamentos que tomamos a diario. La vacunaci¨®n se ha demostrado como un ant¨ªdoto de eficacia contrastada.
Los ciudadanos negacionistas tienen que afrontar las consecuencias que pueden derivarse de su actitud insolidaria porque es evidente que sus derechos no son absolutos y deben subordinarse al bienestar general. Frente a los efectos devastadores de la pandemia (m¨¢s de 84.000 muertos en Espa?a en el momento de escribir estas l¨ªneas) no cabe esgrimir derechos absolutos para comportarse de manera insolidaria e irracional. La sociedad no puede soportar inerme estas actitudes. Los poderes p¨²blicos, por imperativo constitucional, tienen la misi¨®n de organizar y tutelar la salud p¨²blica a trav¨¦s de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La Constituci¨®n permite establecer determinadas cautelas para evitar que los que se niegan a vacunarse constituyan un serio peligro para la colectividad.
En Francia, la exigencia de un llamado pasaporte covid (certificado de vacunaci¨®n) ha sido avalada de forma contundente por el Consejo Constitucional y sus argumentos son v¨¢lidos para situaciones semejantes como la que se vive en Espa?a. La extensi¨®n de sus efectos puede producirse en varias direcciones: sociales, laborales y culturales. Han considerado constitucional la vacunaci¨®n obligatoria de numerosas profesiones que trabajan en contacto con el p¨²blico, como los sanitarios, camareros o bomberos, con la excepci¨®n criticada de la polic¨ªa. Es cierto que la decisi¨®n ha suscitado rechazo en algunos sectores y se ha exteriorizado en manifestaciones en las v¨ªas p¨²blicas. El n¨²mero de manifestantes y los argumentos empleados me parecen irrelevantes e incluso demag¨®gicos, como los que lo equiparan con la estrella amarilla que cos¨ªan los nazis en la ropa de los jud¨ªos. El Consejo Constitucional considera el pasaporte covid como una medida que permite una ¡°conciliaci¨®n equilibrada¡± entre las libertades individuales y la protecci¨®n de la salud.
Ante la evidencia de los peligros generalizados que se produce en la salud p¨²blica general por no haber alcanzado el 100% de vacunaci¨®n, los negacionistas deben ser conscientes que est¨¢n faltando a sus deberes c¨ªvicos, ¨¦ticos e incluso legales. Existen obligaciones morales de obligado cumplimiento y que en situaciones excepcionales pueden producir reacciones leg¨ªtimas que limiten alguno de sus derechos.
La restricci¨®n de derechos individuales como el de la libre determinaci¨®n del desarrollo de su personalidad, su intimidad sobre sus datos sanitarios y, en estos casos, sobre su derecho al trabajo o acceso a lugares abiertos al p¨²blico est¨¢ autorizada por todos los textos internacionales de los derechos humanos. El Convenio Europeo sobre Derechos Humanos y Libertades Fundamentales permite, como cl¨¢usula limitativa de los derechos, todas aquellas medidas que en una sociedad democr¨¢tica sean necesarias para la protecci¨®n y defensa de la salud.
Algunos especialistas en las ciencias de la salud, como Dawson y Jennings, consideran que la solidaridad es tambi¨¦n un sentimiento: ¡°El reconocimiento afectivo de las interdependencias humanas¡±, incluidas las interdependencias entre los estados de salud de los individuos. La solidaridad, seg¨²n afirman, ¡°proporciona la motivaci¨®n razonable para la conducta ¨¦tica¡±. En otro terreno distinto, como el de la organizaci¨®n del sistema sanitario, se formulan una pregunta: ?qu¨¦ exige la solidaridad de cada uno de nosotros para contribuir a la salud de los dem¨¢s?. Este interrogante puede ser trasladado al vidrioso tema de la vacunaci¨®n obligatoria.
Comparto en su totalidad el n¨²cleo central de los argumentos del Consejo Constitucional franc¨¦s; la negativa a vacunarse puede afectar a los derechos laborales o al acceso a determinados lugares p¨²blicos. Nuestro Estatuto de los Trabajadores establece el deber de cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia. Al regular la no discriminaci¨®n en las relaciones laborales, no incluye ni considera como tal las posibles medidas excepcionales que puedan adoptarse en una situaci¨®n de pandemia para evitar los riesgos de transmisi¨®n de las enfermedades infecciosas.
El grupo de ?tica y Protecci¨®n de Datos de la Sociedad Espa?ola de Epidemiolog¨ªa (SEE) ha dictaminado que ¡°en salud p¨²blica nos movemos por el principio de da?os a terceros formulado por el fil¨®sofo escoc¨¦s Stuart Mill: hay que respetar la libertad de los individuos siempre y cuando no perjudique a terceros¡±. El Estado tiene la obligaci¨®n de adoptar medidas para garantizar la total inmunizaci¨®n contra las principales enfermedades infecciosas.
Descartada la posibilidad de imponer la vacunaci¨®n obligatoria creo que existen s¨®lidos fundamentos ¨¦ticos y legales (Ley de Riesgos Laborales) para exigir la vacunaci¨®n de algunos colectivos por la espec¨ªfica naturaleza de su trabajo. Me refiero, en primer lugar, a los trabajadores de las residencias geri¨¢tricas, los que prestan un servicio p¨²blico (sanitarios, polic¨ªas, bomberos, conductores y tripulaciones de los transportes) y aquellos otros que, de manera singular, puedan justificarse. En estos casos, el principio general de voluntariedad en la vacunaci¨®n puede ser sustituido por el de la obligatoriedad. No se resienten los derechos individuales y se refuerzan los valores ¨¦ticos y sociales de la comunidad. La b¨²squeda de una ¡°conciliaci¨®n equilibrada¡± apuntala y fortalece nuestra salud democr¨¢tica.
Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn es abogado y comisionado espa?ol de la Comisi¨®n Internacional de Juristas de Ginebra. Ha sido fiscal y magistrado del Tribunal Supremo.
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