Desidia ambiental
Los municipios obligados a crear una zona de bajas emisiones no pueden dejar de cumplir la ley con excusas reglamentarias
Desde que se aprob¨® la ley de cambio clim¨¢tico, en mayo de 2021, todos los municipios de m¨¢s de 50.000 habitantes sab¨ªan que ten¨ªan que implantar una zona de bajas emisiones, cuyo per¨ªmetro deb¨ªan decidir los propios municipios. Espa?a se ha comportado durante a?os como una pertinaz incumplidora de las directivas europeas sobre calidad del aire. Con esta ley, el Gobierno pretende acelerar la aplicaci¨®n de medidas destinadas a reducir las emisiones, bajar la contaminaci¨®n ambiental y promover una movilidad sostenible, una materia que genera muchas resistencias al cambio. Esas resistencias han continuado, y pese a que ya est¨¢ en vigor una norma que obliga a restringir la circulaci¨®n de los coches m¨¢s contaminantes en las zonas urbanas con peor calidad del aire, solo 20 de las 149 ciudades concernidas, apenas el 13,4%, est¨¢n en condiciones de aplicar la ley en la fecha prevista, antes de enero de 2023.
El argumento de que no se ha publicado a¨²n el reglamento que fijar¨¢ las condiciones m¨ªnimas parece m¨¢s una excusa que una raz¨®n convincente. En primer lugar, porque no es necesario, puesto que ya hay seis ciudades con zonas de bajas emisiones. El reglamento empez¨® a tramitarse despu¨¦s de que el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a anulara en marzo de 2021 las ordenanzas de Barcelona que regulaban la zona de bajas emisiones, alegando, sobre todo, b¨¢sicamente razones de ¨ªndole social. La capital catalana se hab¨ªa adelantado limitando el acceso de los coches m¨¢s contaminantes a la mayor parte de su t¨¦rmino municipal, a diferencia de Madrid, que tambi¨¦n se adelant¨® pero con una zona de restricci¨®n mucho menor. El Ayuntamiento de Barcelona ya ha modificado las ordenanzas para atender los requerimientos del tribunal, pese a que la sentencia est¨¢ recurrida y todav¨ªa no es firme.
A ra¨ªz de la resoluci¨®n judicial sobre Barcelona, que no ha implicado la paralizaci¨®n de las restricciones, el Gobierno se plante¨® hacer un reglamento para dar seguridad jur¨ªdica al desarrollo de la ley. Este reglamento, que sali¨® a informaci¨®n p¨²blica en abril, est¨¢ todav¨ªa pendiente de recibir dos informes preceptivos. El Ministerio para la Transici¨®n Ecol¨®gica deber¨ªa hacer todo lo posible para acelerar el proceso. Pero las ciudades concernidas sab¨ªan que estaban obligadas a tener preparado y aplicar el plan de bajas emisiones antes de 2023 y no carec¨ªan de instrumentos. De hecho, la colaboraci¨®n entre el Gobierno y la Federaci¨®n Espa?ola de Municipios y Provincias permiti¨® publicar una gu¨ªa que los municipios ten¨ªan a su disposici¨®n desde noviembre de 2021 con directrices sobre c¨®mo aplicar la ley.
Que las dos ciudades pioneras en este tipo de pol¨ªticas ¡ªMadrid y Barcelona¡ª hayan tenido alg¨²n contratiempo judicial en su aplicaci¨®n no es motivo para paralizar unos planes destinados a reducir las emisiones de efecto invernadero y mejorar la calidad del aire, es decir, proteger la salud de los ciudadanos. Y al mismo tiempo, ofrecer alternativas a los ciudadanos que precisan del veh¨ªculo para desplazamientos cotidianos. Los tribunales est¨¢n para resolver conflictos cuando se planteen, pero una supuesta incertidumbre judicial, gen¨¦rica e incierta, nunca puede ser excusa para no cumplir una norma. Las resistencias a aplicar la ley tienen en algunos casos motivaciones pol¨ªticas, pues a nadie se le escapa que adoptar las restricciones en v¨ªsperas de las elecciones municipales puede resultar impopular. Pero no hacerlo tiene consecuencias sobre la salud colectiva. El principal cometido de las administraciones es cumplir la ley y actuar en beneficio de sus ciudadanos, y en este caso, es obvio que la demora incumple ambas obligaciones.
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