Aforamientos: un privilegio pol¨ªtico pero no un escudo judicial
Esta prerrogativa permite a los cargos pol¨ªticos inmersos en causas judiciales manejar los tiempos y dilatar la asunci¨®n de responsabilidades, pero no les otorga impunidad
El aforamiento, prerrogativa constitucional por la cual las causas penales de diputados, senadores y miembros del Gobierno, son investigadas y ¡ªllegado el caso¡ª juzgadas en el Tribunal Supremo y no en los tribunales ordinarios, no supone la existencia de una ley privada o particular para estos cargos pol¨ªticos ni una cl¨¢usula de impunidad frente a las responsabilidades criminales. Este r¨¦gimen diferenciado ¡ªpara muchos expertos, un privilegio injustificable¡ª no suele suponer una verdadera ventaja de fondo para los pol¨ªticos aforados -si es culpable, ser¨¢ condenado; si es inocente, absuelto-, pero s¨ª les ha permitido apoyarse en ¨¦l para ganar tiempo y diferir la asunci¨®n de responsabilidades pol¨ªticas. Y manejar los tiempos, en pol¨ªtica, m¨¢s que una ventaja es una condici¨®n de supervivencia.
Esta figura que el presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez, ha anunciado este lunes que pretende limitar a trav¨¦s de una reforma expr¨¦s de la Constituci¨®n, est¨¢ concebida como un escudo para proteger la independencia de los miembros del Gobierno y del Parlamento frente a actuaciones que pretendan perjudicarla, como querellas abusivas o fruto de venganzas pol¨ªticas. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha se?alado otras supuestas virtudes del aforamiento: poner las causas de mayor potencial da?ino para las instituciones en manos de jueces con m¨¢s formaci¨®n y experiencia; una mayor celeridad en la tramitaci¨®n de las causas y, sobre todo, mayor eficacia a la hora de proteger la independencia judicial de presiones externas.
Numerosos expertos ponen en duda estas ventajas y critican tanto la existencia como la enorme extensi¨®n que tiene este privilegio pol¨ªtico en Espa?a respecto a pa¨ªses del entorno europeo. ¡°Me parece una medida muy positiva que se limite y se circunscriba a los casos realmente justificados, tenemos m¨¢s aforados que en la ¨¦poca de Franco¡±, se?ala Vicente Gimeno Sendra, catedr¨¢tico de Derecho Procesal de la UNED y magistrado em¨¦rito del Tribunal Constitucional. Este jurista defiende complementar esta medida con una restricci¨®n de la capacidad de los partidos pol¨ªticos para ejercer la acusaci¨®n popular.
El caso m¨¢s candente de actualmente de pol¨ªtico acogido al aforamiento es el de Pablo Casado. El l¨ªder del PP, de momento, ha esquivado la imputaci¨®n en el caso del m¨¢ster de la Universidad Rey Juan Carlos por el mero hecho de ser diputado. Mientras otros alumnos del Instituto de Derecho P¨²blico, dirigido por Enrique ?lvarez Conde, supuestamente beneficiados por el t¨ªtulo sin merecerlo, han acudido ya a declarar como imputados ante la juez en la sede ordinaria de Plaza de Castilla, Casado todav¨ªa est¨¢ pendiente de la decisi¨®n que adopte la Sala de Admisiones de asuntos del alto tribunal.
Expertos en derecho procesal penal consultados por este peri¨®dico consideran que la supresi¨®n de los aforamientos normalmente no deber¨ªa tener efecto retroactivo y Casado seguir¨ªa investigado por el Supremo, salvo que la ley por la que se reforme la Constituci¨®n para reducir el n¨²mero o el alcance de los aforamientos establezca otra cosa. Lo mismo suceder¨ªa con otros imputados ante el alto tribunal como el parlamentario de Podemos Diego Ca?amero o los pol¨ªticos que lideraron el proceso independentista catal¨¢n, aunque en este caso su aforamiento, como en el caso de los parlamentarios auton¨®micos, deriva del Estatuto de Catalu?a y no de la Constituci¨®n.
Otra parlamentaria nacional, Pilar Barreiro, senadora del Grupo Mixto por Murcia, anteriormente en el PP, tambi¨¦n puede verse beneficiada por esta condici¨®n respecto a otros imputados. Barreiro est¨¢ siendo investigada por supuestamente utilizar fondos p¨²blicos del Ayuntamiento de Cartagena, de la que fue alcaldesa, para mejorar su reputaci¨®n en Internet. La fiscal¨ªa del Supremo aboga por archivar la causa y la ¨²ltima palabra la tendr¨¢ la magistrada del alto tribunal Ana Ferrer. Otro pol¨ªtico imputado por hechos similares, el expresidente murciano Pedro Antonio S¨¢nchez, ya ha sido procesado por el juez de la Audiencia Nacional Manuel Garc¨ªa-Castell¨®n, instructor del caso P¨²nica.
Uno de los presos m¨¢s c¨¦lebres de Espa?a, el extesorero del PP Luis B¨¢rcenas, se benefici¨® indirectamente durante una etapa en el caso G¨¹rtel de la condici¨®n de aforados de varios diputados auton¨®micos madrile?os, que arrastr¨® la investigaci¨®n al Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El fallecido juez Antonio Pedreira archiv¨® la causa contra B¨¢rcenas y contra su esposa, Rosal¨ªa Iglesias. La dimisi¨®n de los parlamentarios auton¨®micos devolvi¨® la causa a la Audiencia Nacional, que volvi¨® a imputar al matrimonio, que cumple condena en la prisi¨®n de Soto del Real.
En los 40 a?os de historia constitucional, el Supremo ha visto numerosas causas con pol¨ªticos aforados, tanto por hechos cometidos en el ejercicio del cargo como ¨Cy en esto Espa?a es una excepci¨®n en Europa, junto a B¨¦lgica- por delitos privados. Algunos han sido muy sonados, como el caso GAL, con el exministro socialista Jos¨¦ Barrionuevo, el juicio a la Mesa Nacional de HB o el juicio al exdiputado independentista Francesc Homs por la consulta ilegal de autodeterminaci¨®n de Catalu?a del 9 de noviembre de 2014. En todos estos casos se han producido condenas. Otras causas han pasado algo m¨¢s desapercibidas, como la retirada del permiso de conducir al diputado del PP Ignacio Uriarte o el procesamiento del senador de EH Bildu y abogado I?aki Goioaga por integraci¨®n en ETA, y que volvi¨® a la Audiencia Nacional en 2017 al perder este su condici¨®n de senador.
Aunque la Constituci¨®n solo ha regulado el caso de miembros del Gobierno y de las Cortes, el aforamiento se ha incorporado, a trav¨¦s de los Estatutos de Autonom¨ªa, a los parlamentarios y miembros de Gobiernos regionales. Todas las regiones, excepto Murcia, que lo suprimi¨® en abril de 2017 contemplan el aforamiento. Adem¨¢s, los jueces y fiscales y tambi¨¦n a la figura del Rey em¨¦rito, la Reina y la Princesa de Asturias, est¨¢n aforados a trav¨¦s de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial. Seg¨²n los casos, los magistrados deber¨¢n ser investigados por el Supremo o los Tribunales Superiores de Justicia de cada comunidad.
A estos casos hay que sumar los 232.000 miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad estatales o auton¨®micos, que son juzgados en las audiencias provinciales por los delitos cometidos en el ejercicio de su cargo. Otros cinco son de la Familia Real y el resto (17.603) pertenecen a instituciones del Estado y de las comunidades aut¨®nomas.
El aforamiento, que supone una alteraci¨®n de las normas de competencia y de reparto de asuntos judiciales, y por tanto de igualdad de los ciudadanos ante la ley, deriva de dos figuras de protecci¨®n parlamentaria: la inviolabilidad y la inmunidad. La primera impide cualquier actuaci¨®n penal contra un parlamentario por opiniones vertidas en el ejercicio del cargo. La inmunidad obliga a buscar la autorizaci¨®n expresa de la C¨¢mara, el llamado suplicatorio, para perseguir a un parlamentario por delitos cometidos durante el tiempo en que ocup¨® el cargo p¨²blico.
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