El Gobierno asegura que la ley del aborto no supone su liberalizaci¨®n
La Abogac¨ªa del Estado presenta sus alegaciones ante el Tribunal Constitucional frente al recurso del PP.- Alega que la ley trata de hacer compatible la protecci¨®n de la vida en formaci¨®n con los derechos fundamentales de la mujer embazada
La ley de Salud Sexual e Interrupci¨®n Voluntaria del Embarazo no supone la "liberalizaci¨®n del aborto" ni descansa exclusivamente sobre la "nuda voluntad de la mujer embarazada", sino que trata de hacer compatible la protecci¨®n de la vida en formaci¨®n con los derechos fundamentales de la mujer embazada. As¨ª lo afirma la Abogac¨ªa del Estado, en nombre del Gobierno, en sus alegaciones al recurso de inconstitucionalidad del Partido Popular contra la ley del aborto.
El Abogado General del Estado, Joaqu¨ªn de Fuentes Bardaj¨ª, ha cumplimentado hoy el tr¨¢mite de alegaciones ante el Constitucional, despu¨¦s de que los ministerios de Justicia e Igualdad diesen un ¨²ltimo repaso a los escritos en los que el Gobierno contestan a los recursos interpuestos por el PP y el Gobierno de Navarra contra la ley de interrupci¨®n del embarazo.
El escrito recuerda que los Estados democr¨¢ticos occidentales con sistemas semejantes al espa?ol han regulado la interrupci¨®n del embarazo de forma similar a la de la ley org¨¢nica de 3 de marzo de 2010. Asimismo una Resoluci¨®n del Consejo o de Europa establece que, dentro de unos plazos razonables del periodo de gestaci¨®n, no deber¨ªa prohibirse la interrupci¨®n del embarazo, pues la prohibici¨®n no redunda en una disminuci¨®n del n¨²mero de abortos, sino en que ¨¦stos sean practicados de forma clandestina. Adem¨¢s, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha llamado la atenci¨®n sobre la necesidad de tomar debidamente en consideraci¨®n los derechos de la mujer embarazada.
El escrito del Gobierno asegura que la ley ha optado por a?adir precisi¨®n o claridad jur¨ªdica a los distintos supuestos de aborto, atendiendo al diferente grado de la vida humana en formaci¨®n. As¨ª, durante las primeras 14 semanas de gestaci¨®n, en que la vida en formaci¨®n depende por completo de la mujer embarazada, los poderes p¨²blicos est¨¢n obligados a prestarle el debido asesoramiento sobre los derechos que asisten a la madre, imponiendo un plazo de reflexi¨®n. Por tanto, no se establece un sistema de aborto sobre la nuda voluntad de la mujer, como ocurre en Estados Unidos, sino un "sistema de asesoramiento".
El recurso del PP contra el art¨ªculo 14 de la ley no alude al sistema de protecci¨®n de la vida prenatal, seg¨²n las alegaciones del Gobierno. Sin embargo, la ley no renuncia a la sanci¨®n del art¨ªculo 145 del C¨®digo Penal para los supuestos de aborto no autorizados. Y obliga a dar a la gestante informaci¨®n sobre "derechos, prestaciones y ayudas p¨²blicas de apoyo a la maternidad", adem¨¢s de que el aborto "s¨®lo ser¨¢ posible transcurrido un plazo de al menos tres d¨ªas". Es decir, el art¨ªculo 14 ha previsto un mecanismo de protecci¨®n de la vida prenatal que trata de responder a la "situaci¨®n caracter¨ªstica de conflicto" de la mujer entre su estado y la debida protecci¨®n a la vida que acoge en su seno.
Frente al argumento del PP de que no es suficiente el consentimiento de los representantes del menor de 16 ¨® 17 a?os para el aborto, el Gobierno mantiene que, la forma m¨¢s correcta de proteger a la menor de esa edad "es reconocer como suficiente su voluntad, a cuya formaci¨®n pueden contribuir los padres o representantes".
"Ning¨²n precepto constitucional impide que el legislador establezca una edad inferior a los 18 a?os en la que se considere que la menor tiene capacidad suficiente para decidir por s¨ª misma, con la asistencia de sus padres".
El Gobierno niega despu¨¦s que exista un derecho a la objeci¨®n de conciencia "frente a cualquier cuesti¨®n relacionada con el aborto" sino que el derecho de objeci¨®n de conciencia puede hacerse valer ¨²nicamente "para no intervenir directamente en la interrupci¨®n del embarazo".
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