¡°Pas¨¦ 32 a?os dedicada a mi casa y mis hijos, sin cotizar, merezco una pensi¨®n¡±
La Audiencia Provincial de Ja¨¦n obliga a un hombre a pagar 300 euros al mes a su exmujer de forma vitalicia, pese a que el convenio de divorcio establec¨ªa un periodo de seis a?os
"Yo estoy luchando por lo m¨ªo, creo que me lo merezco, me lo he ganado despu¨¦s de 32 a?os cuidando de mi casa y de mis hijos", afirma la mujer a la que la Audiencia Provincial de Ja¨¦n ha reconocido el derecho a recibir una pensi¨®n de 300 euros al mes durante el resto de su vida que deber¨¢ pagarle su exmarido. En 2012, ambos pactaron en el convenio de divorcio que tendr¨ªa una duraci¨®n de seis a?os. El tribunal considera, en una sentencia emitida en febrero, que la desigualdad patrimonial no se ha paliado y que es improbable que la mujer, que tiene 60 a?os y carece de formaci¨®n, encuentre empleo. Los juristas consultados coinciden en lo inusual del fallo, dado que normalmente estas pensiones, una vez acordadas entre las partes, no se suben o se alargan en el tiempo salvo que se demuestre que el acuerdo fue nulo.?El hombre ha recurrido al Tribunal Supremo.
La pensi¨®n compensatoria es aquella por la cual un exc¨®nyuge compensa al otro al que el divorcio deja en peor situaci¨®n econ¨®mica. No es obligatoria, puede pactarla la pareja o fijarla un juez. En este caso, se casaron en 1980 y formalizaron su ruptura en 2012, cuando los dos hijos que ten¨ªan eran ya mayores de edad. Entonces firmaron el convenio de mutuo acuerdo. Ella no tiene pr¨¢cticamente experiencia laboral. La pensi¨®n es su ¨²nico ingreso.?
El cauce procesal elegido es el que ha generado controversia. La demandante solicit¨® un procedimiento de modificaci¨®n de medidas. Para concederlo debe probarse un cambio sustancial en las circunstancias de la expareja respecto al momento del divorcio. Su abogada cree que as¨ª ha sido. Otros juristas consultados plantean sus dudas y sostienen que la demandante deber¨ªa haber solicitado la nulidad del convenio de divorcio.?
En primera instancia, el juzgado aludi¨® precisamente a este extremo, al considerar que no se hab¨ªa demostrado que las circunstancias hubieran cambiado. La Audiencia Provincial manifiesta que "sorprende que las partes no hicieran un correcto c¨¢lculo de probabilidad" entonces, dado que en el momento de la separaci¨®n la demandante ten¨ªa 53 a?os, carec¨ªa de estudios y contaba con una escasa experiencia "al haber dedicado los a?os de matrimonio al trabajo del hogar y crianza de sus hijos". A?ade que se ha demostrado que "no posee trabajo ni posibilidad de encontrarlo" por su situaci¨®n y la del mercado laboral, por lo que "surgen circunstancias nuevas no pronosticadas". Adem¨¢s, sostiene que "no puede desde?arse" el momento personal?de la demandante, "inmersa en un procedimiento penal" tras una denuncia contra su exmarido. El hombre fue condenado en 2015 por un delito de malos tratos habituales y una falta de da?os. Fue sentenciado a un a?o, nueve meses y un d¨ªa de prisi¨®n. ?l defiende su inocencia.
Ambos viven en Linares (Ja¨¦n) y han pedido que se preserve su identidad. Ella acudi¨® a una abogada en 2018, poco antes de que expiraran los seis a?os. "Me dijo que era muy dif¨ªcil lo que estaba pidiendo", afirma. "Pero cuando firm¨¦ el acuerdo yo estaba muy floja, muy d¨¦bil psicol¨®gicamente. En ese momento cre¨ª que seis a?os eran toda una vida", recuerda. "No tengo preparaci¨®n. Antes de casarme, trabajaba en una f¨¢brica. Pero ¨¦l me dijo que lo dejara, que me dedicara a cuidar a los hijos", relata.
"Pens¨¦ que ¨¦l hab¨ªa estado 32 a?os y pico trabajando y yo en mi casa, con mis hijos y mi cocina, sin cotizar. Me he quedado con una mano delante y otra detr¨¢s", cuenta esta mujer. Por ello pidi¨® una renta vitalicia o, al menos, hasta que pudiera cobrar una pensi¨®n no contributiva, a los 65 a?os. Desde 2012 solo ha trabajado dos d¨ªas, seg¨²n consta en la sentencia de la Audiencia. "De camarera en bodas ayudando a una amiga, pero nada m¨¢s. En este tiempo no he tenido empleo, solo cobr¨¦ durante 33 meses una renta activa de inserci¨®n", contin¨²a.??
"Hemos presentado una oposici¨®n a que se admita el recurso del exmarido ante el Supremo. Es cierto que la sentencia de la Audiencia es excepcional, pero el caso tambi¨¦n lo es. Estaba presionada por las circunstancias", cuenta su abogada, Marina Huertas. "El procedimiento de modificaci¨®n de medidas se admite cuando cambian las circunstancias que se tuvieron en cuenta en el momento del divorcio. Han variado porque hab¨ªan previsto que ella podr¨ªa incorporarse al mercado laboral y no ha sido as¨ª. La Audiencia entendi¨®, adem¨¢s, que la situaci¨®n en que se encontraba al firmar el convenio no era ¨®ptima. Fue un error derivado de a?os de maltrato", explica.?
El quid de la cuesti¨®n es precisamente el cauce procesal elegido. La abogada del exmarido, Mar¨ªa Jos¨¦ Vega, considera que la sentencia de la Audiencia es "una barbaridad, que vulnera las reglas b¨¢sicas del derecho". Y a?ade: "Si se cree que estaba viciado su consentimiento, la v¨ªa es pedir la nulidad del convenio".?
Su exesposo, que tiene 63 a?os, insiste en su inocencia. "Me condenaron y me tengo que aguantar. Pero afirmo que no maltrat¨¦ a mi mujer", sostiene. "He recurrido al Supremo porque me parece injusta la sentencia. Ella firm¨®, estaba conforme, ten¨ªa un abogado, y aunque ahora diga que estaba mal, su abogado no lo estaba", dice. "Cobro unos 1.700 euros y pago 400 de alquiler, m¨¢s los gastos y los 300 euros para ella. Adem¨¢s, un hijo viene a comer a mi casa todos los d¨ªas", prosigue. "Lo que quiero es terminar con esto", dice. Hab¨ªa dejado de pagar la pensi¨®n el a?o pasado. Hace dos meses, volvi¨® a ingresar los 300 euros. Su exmujer sabe que, si el Supremo falla en su contra, tendr¨¢ que devolver el dinero.?
"Posiblemente, otra audiencia provincial habr¨ªa desestimado el recurso. El tribunal admit¨ªa que existi¨® vicio en el consentimiento, pero es doctrina que la nulidad del convenio no se puede declarar en un procedimiento de modificaci¨®n de medidas, sino en un proceso ordinario, que es m¨¢s complejo. Deben presentarse informes m¨¦dicos para acreditar que un c¨®nyuge no ten¨ªa capacidad para decidir", valora Javier P¨¦rez Mart¨ªn, titular del Juzgado de Primera Instancia N¨²mero 7 de C¨®rdoba. "Creo que es muy probable que el Tribunal Supremo admita el recurso y revoque la sentencia, pero depende de c¨®mo se plantee porque es muy t¨¦cnico y muchos recursos no pasan la fase de admisi¨®n por problemas de forma", a?ade. El alto tribunal "ha reconocido que para modificar un convenio hay que acreditar cambio en las circunstancias y nada se dice en la sentencia de que lo haya habido", contin¨²a. "Alguien que no sea experto puede leer la sentencia y pensar que es justa, pero desde el punto de vista t¨¦cnico y jur¨ªdico hay que seguir la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que exige unos requisitos que aqu¨ª no se dan", concluye.
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