?Cu¨¢ndo entra en vigor el confinamiento? La fecha queda pendiente del recurso de Ayuso contra la orden de Sanidad
Sanidad ha dado 48 horas para trasponer la norma, pero el Ejecutivo de Ayuso debe publicarla en su bolet¨ªn oficial y fijar la fecha de inicio, que sigue sin aclarar y pendiente del recurso ante la Audiencia Nacional
Los madrile?os se acuestan esta noche sin saber cu¨¢ndo estar¨¢n confinados en su ciudad. La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel D¨ªaz Ayuso, ha asegurado este jueves en la Asamblea que su Ejecutivo acata la norma del Gobierno central publicada esta misma ma?ana en el BOE, que establece unos umbrales epidemiol¨®gicos que abocan al confinamiento perimetral a 10 municipios: la capital, Parla, Fuenlabrada, Alcobendas, Torrej¨®n de Ardoz, Getafe, Alcorc¨®n, Legan¨¦s, M¨®stoles y Alcal¨¢ de Henares. Pero, para que eso suceda, la Comunidad tiene que trasponer la norma a su bolet¨ªn oficial ¡ªte¨®ricamente antes de la medianoche del viernes ¡ª y establecer una fecha para comenzar las restricciones, algo que todav¨ªa no est¨¢ claro. Y menos a¨²n tras el anuncio de esta noche del equipo de D¨ªaz Ayuso de que este vienes recurrir¨¢ (en contra del criterio de Ciudadanos, su socio en el Gabinete) la orden ante la Audiencia Nacional, con una solicitud de adopci¨®n de medidas cautelares que, de aceptarse, podr¨ªa paralizar total o parcialmente la aplicaci¨®n de la norma de Sanidad.
Ayuso ha anunciado, adem¨¢s, que este viernes recurrir¨¢ el texto a los tribunales, por lo que queda en manos de un juez anular o no la medida, que se aprob¨® por mayor¨ªa, pero sin consenso en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) del mi¨¦rcoles. La decisi¨®n judicial de anular o no el plan es necesaria como ocurre con todas las normas que restringen derechos fundamentales sin estado de alarma de por medio.
Hay una batalla jur¨ªdica entre el Gobierno y la Comunidad en torno a la obligatoriedad de cumplir la resoluci¨®n. Seg¨²n un informe de la Abogac¨ªa General del Estado, es de obligado cumplimiento. ¡°La norma aplicable en las votaciones del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS)¡±, analiza el informe de la abogac¨ªa, ¡°es el art¨ªculo 151 de la Ley 40/2015 de R¨¦gimen Jur¨ªdico del Sector P¨²blico, que regula esta cuesti¨®n para todas las Conferencias Sectoriales¡±. Y a?ade: ¡°Esta ley se?ala que los acuerdos obligar¨¢n a todas las comunidades aut¨®nomas, aunque voten en contra, si el Estado ejerce competencias de coordinaci¨®n, como es el caso¡±.
Pero en la Comunidad de Madrid no lo tienen tan claro. Fuentes de la abogac¨ªa auton¨®mica se?alan que es un proceso jur¨ªdico complicado y que est¨¢n estudiando incluso si tienen la obligaci¨®n de trasponer en su bolet¨ªn la norma. En medio de esta disputa, el texto publicado en el BOE ¨Cque proh¨ªbe las entradas y salidas en las 10 localidades antes citadas salvo por casos justificados (laborales, legales, de extrema necesidad) y restringe los aforos en los locales (entre otras limitaciones)¨C est¨¢ en el aire.
Tampoco se conocer¨¢ cu¨¢les ser¨¢n exactamente las restricciones hasta que la Comunidad de Madrid no publique el decreto en su bolet¨ªn. Lo que establece la resoluci¨®n del Ministerio de Sanidad son unos m¨ªnimos que deben cumplir los municipios de m¨¢s de 100.000 habitantes cuando la incidencia de la covid en 14 d¨ªas supere los 500 casos por cada 100.000 habitantes; la positividad de las pruebas PCR rebase el 10% y tenga ocupadas al menos el 35% de las camas UCI por pacientes de coronavirus. Pero la Comunidad puede a?adir restricciones adicionales si as¨ª lo considera oportuno. Por ejemplo: aunque en la resoluci¨®n de Sanidad se permite usar los parques p¨²blicos, el consejero de Sanidad de la Comunidad, Enrique Ruiz Escudero, ha defendido este jueves en la Asamblea cerrarlos: ¡°Inevitablemente, se fomentan las relaciones sociales, que pueden facilitar el aumento de contagios¡±. Es algo que rechazan m¨¢s de una docena de epidemi¨®logos consultados por este peri¨®dico, que abogan por restringir actividades en interiores, donde el contagio del virus es 20 veces m¨¢s probable que en exteriores.
Los umbrales que marca la resoluci¨®n solo los cumplen, hoy por hoy, los 10 municipios madrile?os se?alados. Estas cifras definen, seg¨²n ha dicho este jueves Fernando Sim¨®n, director de Centro de Coordinaci¨®n de Alertas y Emergencias Sanitarias, una situaci¨®n ¡°muy, muy, muy problem¨¢tica, por no llamarla extrema¡±. El ministerio trabaja en un documento con algo parecido a un sem¨¢foro epidemiol¨®gico que establezca distintas medidas antes de que se llegue a estos l¨ªmites. ¡°El objetivo no es bajar de 500 casos, es llevarlo a menos de 50¡±, ha asegurado Sim¨®n. Ninguna comunidad espa?ola baja de 100.
Una vez que entren en vigor, las limitaciones est¨¢n pensadas para 15 d¨ªas, aunque las revisiones ser¨¢n semanales en las ponencias del CISNS y posteriormente en reuniones bilaterales entre Sanidad y la comunidad implicada. ¡°Madrid tiene por delante semanas dif¨ªciles¡±, lleva d¨ªas augurando el ministro Salvador Illa. Una vez que comience, el confinamiento perimetral tendr¨¢ que durar el suficiente tiempo para que haya, en palabras de Sim¨®n, ¡°una tendencia muy clara que lleve a una situaci¨®n adecuada¡±.
Obligado cumplimiento
Los expertos consultados coinciden en que la resoluci¨®n del Ministerio de Sanidad es de obligado cumplimiento y es ¡°ejecutiva¡±. ¡°No se necesita ning¨²n tipo de aval previo de los tribunales. Creo que la Comunidad de Madrid tiene claro que es un acuerdo eficaz. Otra cosa es qu¨¦ pueda recurrir ante la justicia y la solicitud de una medida cautelar¨ªsima¡±, explica Marc Tarr¨¦s, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Barcelona. El ¨®rgano competente para decidir sobre la cuesti¨®n es, a?ade, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Tarr¨¦s opina que, en el conflicto jur¨ªdico abierto entre el Gobierno y la Comunidad de Madrid, la cuesti¨®n clave es que hay dos leyes de igual rango en juego. Una, que data de 2003, es la ley de cohesi¨®n y calidad del Sistema Nacional de Salud, que recoge la figura del Consejo Interterritorial de Salud. Este es un ¨®rgano para la coordinaci¨®n y la cooperaci¨®n entre administraciones, integrado por el ministro y los consejeros de salud de cada comunidad. La ley prev¨¦ que adopte recomendaciones ¡°por consenso¡±, y en ese art¨ªculo se ampara el Gobierno regional para oponerse a la resoluci¨®n del Gobierno, ya que no hubo consenso en la votaci¨®n de las medidas para frenar la pandemia.
Esa ley, sin embargo, se modific¨® parcialmente en junio de este a?o, ¡°coincidiendo con el final del estado de alarma y en previsi¨®n de lo que pudiera suceder¡±, opina el profesor. El art¨ªculo 65 establece ahora que la declaraci¨®n de ¡°actuaciones coordinadas¡± corresponde al Ministerio de Sanidad, previo acuerdo del consejo, aunque matiza que los acuerdos, en todo caso, ¡°obligan¡± a las partes. La reforma fue pensada, precisamente, para disponer de alg¨²n elemento que forzase a las comunidades a actuar ante el coronavirus.
La otra ley que est¨¢ sobre la mesa es la que regula el r¨¦gimen jur¨ªdico del sector p¨²blico. Aprobada en 2015, es la norma que esgrime la Abogac¨ªa del Estado para apuntalar su tesis de que la resoluci¨®n del Gobierno es de obligado cumplimiento. El art¨ªculo 151 de esa norma sostiene que lo acordado en las conferencias sectoriales obliga a todas las comunidades, incluso aunque hayan votado en contra, siempre y cuando el Estado ejerza tareas de coordinaci¨®n. Esa es precisamente la situaci¨®n en el caso de la pandemia. ¡°Se puede entender perfectamente que el Consejo Interterritorial es una conferencia sectorial¡±, se?ala Tarr¨¦s, aunque advierte: en el ¨¢mbito jur¨ªdico, ¡°casi todo es interpretable¡±. La ¨²ltima palabra, para el caso de que finalmente la Comunidad de Madrid recurra, la tendr¨¢n los jueces.
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