Claves de la ley del ¡®solo s¨ª es s¨ª' que aprueba hoy el Congreso
El pleno de la C¨¢mara baja se pronuncia hoy sobre la ley de Libertad Sexual, que condensa las reivindicaciones feministas y coloca el consentimiento en el centro de la violencia sexual
La ley de Libertad Sexual regresa este jueves al pleno del Congreso de los Diputados, en el ¨²ltimo paso para su aprobaci¨®n tras casi 11 meses de tr¨¢mites legislativos. La norma, una de las estrellas de esta legislatura, se coloca entre las legislaciones m¨¢s vanguardistas de Europa. Estas son las claves.
El consentimiento como eje. Este cambio en la perspectiva de la violencia sexual es lo que, desde hace a?os, ha reclamado el movimiento social que se gener¨® tras el caso de La Manada: que sea la existencia de consentimiento lo que configure el delito y no la resistencia de la v¨ªctima a la fuerza (f¨ªsica o ambiental) del agresor. El texto incluye la definici¨®n basada en la aprobaci¨®n positiva: ¡°Solo se entender¨¢ que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atenci¨®n a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona¡±. Consentimiento libre, voluntario y claro.
Agravante por sumisi¨®n qu¨ªmica. Dentro de la horquilla anterior, se introducir¨¢ la sumisi¨®n qu¨ªmica de forma espec¨ªfica como agravante, para aquellos casos en que el agresor hubiera utilizado sustancias o m¨¦todos para anular la voluntad de la v¨ªctima. Hasta ahora, cuando el agresor usa f¨¢rmacos o drogas para anular la voluntad de la v¨ªctima, se considera abuso.
Asesinatos por violencia sexual. La norma incluye el homicidio de mujeres vinculado a la violencia sexual, ¡°o feminicidio sexual, como la violaci¨®n m¨¢s grave de los derechos humanos vinculada a las violencias sexuales, que debe ser visibilizada y a la que se ha de dar una respuesta espec¨ªfica¡±. Desde enero, el Ministerio de Igualdad recoge datos por separado de los asesinatos por violencia machista dentro de la pareja o por parte de una expareja y tambi¨¦n los que se producen fuera de ese ¨¢mbito de intimidad; la previsi¨®n es que esa estad¨ªstica de feminicidios se haga p¨²blica en junio.
El acoso callejero ser¨¢ delito. El acoso sexual callejero ser¨¢ delito leve, perseguible previa denuncia de la persona perjudicada. Contempla tres opciones de penas: de cinco a 30 d¨ªas de localizaci¨®n permanente, trabajos en beneficio de la comunidad durante el mismo periodo o multa de uno a cuatro meses.
Violencia sexual a trav¨¦s de la pantalla. En la norma se incluye tambi¨¦n una respuesta penal a esta violencia digital, de la que forman parte conductas como la extorsi¨®n sexual o la pornograf¨ªa no consentida.
Rentas de inserci¨®n. Las v¨ªctimas de violencia sexual tendr¨¢n el mismo mecanismo de acceso que las v¨ªctimas de violencia de g¨¦nero a las rentas activas de inserci¨®n, una prestaci¨®n de car¨¢cter no contributivo destinada a desempleados que no perciben otras ayudas y que acreditan especiales dificultades de reinserci¨®n en el mercado laboral.
Educaci¨®n sexual obligatoria para los agresores. Se modificar¨¢ la ley penal del menor, para que en los casos en los que los agresores tengan menos de 18 a?os, las penas lleven siempre la medida accesoria de someterse a programas formativos sobre educaci¨®n sexual y educaci¨®n en igualdad. Esto tiene un ¡°enfoque responsabilizador m¨¢s que punitivista¡±, seg¨²n explicaron el mi¨¦rcoles fuentes del Ministerio de Igualdad, y tiene tres objetivos.
- Que en todas las sentencias por delitos relativos a la libertad sexual sea obligatoria la medida accesoria de someterse a programas formativos sobre educaci¨®n sexual y educaci¨®n en igualdad.
- Que en las decisiones judiciales sobre suspensi¨®n de las medidas, esta se condicione al cumplimiento de la medida accesoria de educaci¨®n sexual y educaci¨®n en igualdad.
- Que cuando se trate de delitos contra la libertad sexual o de delitos relacionados con la violencia de g¨¦nero, la medida de conciliaci¨®n entre v¨ªctimas y responsables del delito est¨¦ condicionada a que sea la v¨ªctima la que la solicite de forma expresa. En los dem¨¢s supuestos, no cabr¨¢ la conciliaci¨®n o mediaci¨®n.
Prohibici¨®n de la publicidad pornogr¨¢fica. Una modificaci¨®n del art¨ªculo 3 de la Ley General de Publicidad incluir¨¢ los anuncios que promocionen la prostituci¨®n dentro de los supuestos que se considerar¨¢n il¨ªcitos. El art¨ªculo quedar¨¢ as¨ª [en negrita, las dos nuevas frases que se incluir¨¢n en la normativa].
¡°Es il¨ªcita la publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constituci¨®n Espa?ola, especialmente a los que se refieren sus art¨ªculos 14, 18 y 20, apartado 4.
Se entender¨¢n incluidos en la previsi¨®n anterior los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria o discriminatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar la violencia a que se refiere la Ley Org¨¢nica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protecci¨®n Integral contra la Violencia de G¨¦nero y la Ley Org¨¢nica de Garant¨ªa Integral de la Libertad Sexual.
Asimismo, se entender¨¢ incluida en la previsi¨®n anterior cualquier forma de publicidad que coadyuve a generar violencia o discriminaci¨®n en cualquiera de sus manifestaciones sobre las personas menores de edad, o fomente estereotipos de car¨¢cter sexista, racista, est¨¦tico o de car¨¢cter homof¨®bico o transf¨®bico o por razones de discapacidad, as¨ª como las que supongan promoci¨®n de la prostituci¨®n¡±.
Derecho a la reparaci¨®n. Esto ser¨¢ uno de los ejes centrales para ¡°lograr la completa recuperaci¨®n de las v¨ªctimas y las garant¨ªas de no repetici¨®n de la violencia¡±.
Ayudas econ¨®micas. Las v¨ªctimas de violencia sexual que ganen menos del salario m¨ªnimo recibir¨¢n una ayuda econ¨®mica equivalente a seis meses de subsidio por desempleo y ser¨¢n de mayor cuant¨ªa si la v¨ªctima tiene una discapacidad o personas a su cargo: ¡°Las administraciones p¨²blicas promover¨¢n el acceso prioritario de las v¨ªctimas de violencias sexuales al parque p¨²blico de vivienda y a los programas de ayuda de acceso a la vivienda, en los t¨¦rminos que se determine reglamentariamente¡±.
Centros de crisis 24 horas. Ya han dado sus primeros pasos y el Gobierno estima que para 2023 puedan estar abiertos. Ser¨¢n al menos 50, uno por cada provincia ¡ªpor el momento, solo existen dos, uno en Asturias y otro en Madrid¡ª, contar¨¢n con atenci¨®n psicol¨®gica, jur¨ªdica y social para v¨ªctimas, familiares y personas del entorno, y se podr¨¢ asistir tanto presencialmente como recibir atenci¨®n telef¨®nica y online. El Ministerio de Igualdad ha destinado ya a ellos 66 millones de euros de los fondos europeos.
Educaci¨®n sexual en todas las etapas educativas. El sistema p¨²blico educativo incluir¨¢ contenidos sobre educaci¨®n sexual e igualdad de g¨¦nero y educaci¨®n afectivosexual para el alumnado, a lo largo de todas las etapas educativas y adaptados a la edad de cada ciclo. Adem¨¢s, esa educaci¨®n tambi¨¦n ser¨¢ obligatoria en los curr¨ªculos de los t¨ªtulos universitarios relacionados con la docencia, el ¨¢mbito sanitario o judicial. Este punto confluye con la futura reforma de la ley del aborto, donde tambi¨¦n se incluye como obligatoria.
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