La juez procesa a los due?os de Magrudis y a la veterinaria municipal por el mayor brote de listeriosis de Europa
El Ayuntamiento de Sevilla es considerado responsable civil subsidiario en el caso de la carne mechada que caus¨® cuatro muertos, seis abortos y afect¨® a m¨¢s de 200 personas
A punto de cumplirse tres a?os del mayor brote de listeriosis de Europa, que caus¨® cuatro muertes, seis abortos y afect¨® a m¨¢s de 200 personas, la mayor¨ªa en Andaluc¨ªa, por la distribuci¨®n de carne mechada contaminada por parte de la empresa sevillana Magrudis, la jueza que investiga el caso ha concluido la instrucci¨®n con el procesamiento de siete personas, entre ellos los due?os de la c¨¢rnica y la veterinaria municipal, encargada de hacer las inspecciones a las naves. Tambi¨¦n ha declarado como responsable civil subsidiario al Ayuntamiento de Sevilla y a la empresa de seguros Axa, lo que facilitar¨¢ el cobro de las indemnizaciones a los afectados personados en la causa.
La titular del Juzgado de Instrucci¨®n N¨²mero 10 de Sevilla, Pilar Ord¨®?ez, considera que Jos¨¦ Antonio Mar¨ªn Ponce, el administrador de hecho de Magrudis; su mujer, Encarnaci¨®n Rodr¨ªguez, responsable de producci¨®n y del sistema de autocontrol de la c¨¢rnica; sus hijos Sandro y Mario; y la veterinaria municipal, Mar¨ªa Jos¨¦ O. B, son responsables de un delito contra la salud p¨²blica en concurso ideal con cuatro delitos de homicidio imprudente, seis delitos de lesiones al feto por imprudencia grave con resultado de aborto y 244 delitos de lesiones por imprudencia grave ¡ªel n¨²mero de v¨ªctimas personadas en el procedimiento¡ª. La jueza considera responsables civiles subsidiarios al Ayuntamiento de Sevilla y a la compa?¨ªa de seguros Axa, con la que la empresa hab¨ªa contratado un seguro de responsabilidad civil de 300.000 euros.
La magistrada concluye que tanto Jos¨¦ Mar¨ªn como su hijo Sandro conoc¨ªan que hab¨ªa presencia de la bacteria listeria monocytogenes en las naves de Magrudis desde diciembre de 2018 y que en febrero hab¨ªan recibido una alerta que confirmaba la existencia de listeriosis en un lote de sus productos. ¡°Las malas pr¨¢cticas llevadas a cabo por Magrudis y la falta de consideraci¨®n a las m¨ªnimas reglas de seguridad alimentaria son causas principales y determinantes de los hechos¡±, resume la jueza.
¡°El producto nocivo para la salud de las personas fue puesto en el mercado, perdi¨¦ndose el dominio sobre el riesgo creado¡±, indica el auto, que se?ala que los due?os de la empresa ¡°s¨ª ten¨ªan conocimiento de la probabilidad de que el producto pod¨ªa causar da?os en la salud de los consumidores, eludiendo todas las obligaciones que impone la ley para que los productos alimenticios cumplan los criterios biol¨®gicos pertinentes¡±. La magistrada insiste en que la ¡°propagaci¨®n del brote se debi¨® a la poca transparencia de Magrudis, no comunicando desde el primer momento los tipos de productos elaborados, los distribuidos y los lotes¡±.
La jueza tambi¨¦n ha procesado, en contra del criterio de la Fiscal¨ªa, que pidi¨® el archivo de la causa contra ella, a la veterinaria municipal, una decisi¨®n que para los abogados de las v¨ªctimas es una victoria porque allana el camino para el pago de las indemnizaciones por parte del Ayuntamiento. La condena en un proceso penal de un funcionario determina de manera inmediata la responsabilidad subsidiaria del consistorio. Su exclusi¨®n hubiera obligado, independientemente de que tambi¨¦n se reconociera, como es el caso, esa responsabilidad subsidiaria, a abrir la v¨ªa contencioso administrativa para reclamarla, un proceso farragoso y que nunca se iniciar¨ªa antes de que se agotara la v¨ªa penal, que puede dilatarse durante a?os si se suceden los recursos.
De momento, la veterinaria s¨ª aparece como procesada. Ella fue la que realiz¨® las dos ¨²nicas inspecciones sobre la c¨¢rnica, en 2016 y 2017, y quien, adem¨¢s, dirigi¨® el proceso de recogida de muestras de carne tras la declaraci¨®n del brote de listeriosis el 15 de agosto de 2019. La jueza concluye que la facultativa ¡°punt¨²a a la baja y omite algunas puntuaciones y no recoge muestras de productos, ni comprueba superficies, ni verifica muestras del ambiente interior, por lo que no comprueba de forma exacta si la instalaci¨®n re¨²ne las condiciones, a pesar de estar obligada a evaluar todos los aspectos del sistema de puntuaci¨®n¡±. Una negligencia que le llev¨® a no efectuar m¨¢s inspecciones ni supervisiones, ¡°lo cual pudo haber evitado lo ocurrido¡±.
Gastos sanitarios por valor de 800.000 euros
La instructora tambi¨¦n considera que el Ayuntamiento de Sevilla es responsable civil subsidiario por haber desarrollado ¡°una actuaci¨®n deficitaria y anormal del servicio p¨²blico que se debe prestar¡± por su parte. Si en el juicio oral se confirmara la responsabilidad civil subsidiaria del consistorio hispalense, adem¨¢s de a las indemnizaciones que soliciten los afectados, deber¨¢ hacer frente al coste sanitario que supuso el brote y que la Junta de Andaluc¨ªa ha cifrado en 3,4 millones de euros. La jueza cuantifica en 800.000 euros los gastos ocasionados por los servicios prestados por el Hospital Virgen del Roc¨ªo y el Virgen Macarena.
Adem¨¢s de la familia due?a de Magrudis y la veterinaria, la jueza tambi¨¦n ha decidido que se siga el procedimiento contra el arquitecto Sergio L. G. por un delito de falsedad en documento oficial, del que tambi¨¦n se acusa al cabeza de familia, Jos¨¦ Mar¨ªn, y a su hijo Sandro. El profesional incurri¨® en numerosas irregularidades en la documentaci¨®n presentada para la declaraci¨®n responsable de la empresa. El ¨²ltimo procesado es el asesor de la c¨¢rnica, David M. M., por un delito leve de defraudaci¨®n del fluido el¨¦ctrico al conocer la existencia de un enganche ilegal para surtir de electricidad a las dos naves de Magrudis. Un tipo penal que la jueza tambi¨¦n aprecia para el resto de los cuatro miembros de la familia Mart¨ªn Rodr¨ªguez.
En el auto se exculpa a Isabel R. J., cu?ada del due?o de Magrudis y que lleg¨® a estar detenida por la Guardia Civil durante la investigaci¨®n del brote de listeriosis, por entender que entre sus funciones en la empresa no figuraba ninguna relacionada con ¡°la elaboraci¨®n y producci¨®n de alimentos, ni ten¨ªa capacidad de decisi¨®n al respecto¡±; a David R. D., un comercial de la c¨¢rnica, y a los hermanos Mart¨ªnez-Le¨®n, propietarios de otra f¨¢brica que vendi¨® la carne mechada contaminada bajo una marca blanca por entender que ¡°no tuvieron connivencia alguna con Magrudis, ni intervinieron en el proceso de elaboraci¨®n de sus productos¡±.
El 15 de agosto de 2019 la Junta de Andaluc¨ªa decret¨® la alerta alimentaria por un brote de listeriosis originado en la carne mechada La Mech¨¢, elaborada por Magrudis. Se trataba de la mayor infecci¨®n por listeria monocytogenes de Europa. La pandemia del coronavirus amortigu¨® la trascendencia de una crisis en la que afloraron episodios de una negligencia inconcebible y un desprecio por la salud de los consumidores por parte de los due?os de la c¨¢rnica y que tambi¨¦n revel¨® las consecuencias de los controles laxos por parte de las administraciones responsables de velar por la buena praxis de las industrias de alimentaci¨®n.
De la virulencia de la cepa y su comportamiento inusualmente poco letal, se han extra¨ªdo conclusiones por parte de los investigadores cient¨ªficos. Otra investigaci¨®n, la judicial, de lo sucedido se encamina hacia el juicio oral ¡ªlas partes tienen 10 d¨ªas para solicitarlo formulando el escrito de acusaci¨®n¡ª. All¨ª se dilucidar¨¢n las responsabilidades penales, pero ninguna condena remitir¨¢ el dolor, en algunos casos irreparables, y la angustia de los m¨¢s de 200.000 afectados de un brote excepcional y que, como se?ala la instrucci¨®n, pudo haberse evitado.
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