Los menores que tomen bebidas energ¨¦ticas en Galicia se enfrentar¨¢n a multas de hasta 3.000 euros
La venta y la comercializaci¨®n de estos productos a ni?os y adolescentes ser¨¢ una falta muy grave penalizada con hasta 600.000 euros.
La Xunta de Galicia ha publicado esta semana en su portal de transparencia el anteproyecto de ley que regular¨¢ el consumo de bebidas energ¨¦ticas entre menores de edad, despu¨¦s de haber anunciado su prohibici¨®n entre ni?os y adolescentes. El texto especifica que esta poblaci¨®n no podr¨¢ consumir, transportar y poseer bebidas energ¨¦ticas. De lo contrario, cometer¨¢n una infracci¨®n leve, sancionada con multas de hasta 601 euros en el grado m¨ªnimo y hasta 3.005 euros en el grado m¨¢ximo. Hasta el 28 de noviembre el documento permanece abierto a sugerencias, pero el Gobierno auton¨®mico prev¨¦ que la normativa entre en vigor a principios de 2024.
La ¨²ltima encuesta sobre el uso de drogas en ense?anzas secundarias en Espa?a (ESTUDES), publicada en 2021 por el Ministerio de Sanidad, se?al¨® que m¨¢s del 40% de los estudiantes tomaron bebidas energ¨¦ticas en el mes previo. Estas cifras indican la mayor prevalencia de consumo desde que hay registros. Ante la preocupaci¨®n de los profesionales de la salud, la Xunta de Galicia anunci¨® en octubre que equiparar¨ªa las bebidas energ¨¦ticas al alcohol. Es la primera autonom¨ªa de Espa?a en tomar esta decisi¨®n, pero el debate se ha abierto en otros territorios. Arag¨®n, Baleares, Castilla-La Mancha, Navarra y el Pa¨ªs Vasco prev¨¦n estudiar la regulaci¨®n del consumo de las bebidas energ¨¦ticas entre los m¨¢s j¨®venes. La Comunidad Valenciana y Castilla y Le¨®n ya han empezado a abordar la cuesti¨®n.
El consumo regular y excesivo de estas bebidas, seg¨²n la Agencia Espa?ola de Seguridad Alimentaria y Nutrici¨®n (AESAN), puede suponer un problema para la salud de los consumidores. Beber m¨¢s de 200 mililitros de bebidas energ¨¦ticas, seg¨²n la agencia estatal, produce en los adolescentes alteraciones del sue?o, dado su elevado contenido de cafe¨ªna, mientras que un consumo superior a 500 mililitros causa efectos psicol¨®gicos, alteraciones del comportamiento y trastornos cardiovasculares.
Suministrar o inducir al consumo de estos estimulantes a los menores de edad se considera en el anteproyecto gallego una infracci¨®n grave, al igual que su venta a trav¨¦s de m¨¢quinas expendedoras o en los lineales de los comercios, cuando no est¨¦n separados de los refrescos en espacios espec¨ªficos y diferenciados. Estos incumplimientos acarrear¨¢n una sanci¨®n de entre 3.005 y 15.025 euros. Las multas para los menores por ¡°transporte, tenencia y posesi¨®n¡± tienen como excepci¨®n que lo hagan ¡°por motivos laborales¡± (como por ejemplo en hosteler¨ªa).
Las multas correspondientes a faltas leves y graves podr¨¢n ser sustituidas por programas preventivos o asistenciales que promueve la consejer¨ªa de Sanidad, como trabajos en beneficio de la comunidad o cursos formativos y de sensibilizaci¨®n.
La venta y la comercializaci¨®n de bebidas energ¨¦ticas a ni?os y adolescentes tambi¨¦n puede ser una falta muy grave, as¨ª como la ausencia de un etiquetado en sus envases que advierta de su car¨¢cter perjudicial. Tambi¨¦n, la publicidad dirigida a estos j¨®venes en Galicia y el patrocinio de productos adictivos en conciertos, festivales o cualquier acto l¨²dico. En estos casos, las multas oscilar¨¢n entre los 15.025 y los 601.012 euros.
Al igual que ocurre con el suministro de alcohol, los trabajadores de los establecimientos deber¨¢n solicitar el documento oficial que acredite la edad de la persona que pretenda comprar una bebida energ¨¦tica, salvo que no existan dudas. En los locales que se vendan estos estimulantes tiene que haber un cartel visible que anuncie las prohibiciones y se restringir¨¢ la promoci¨®n de estas bebidas (2x1, premios, barra libre, etc.) en establecimientos donde est¨¦n autorizadas para mayores de edad, con el objetivo de evitar un excesivo y descontrolado consumo.
La publicidad de bebidas energ¨¦ticas se prohibir¨¢ en los lugares y actividades dirigidos a ni?os y adolescentes y en las instalaciones sanitarias. Tambi¨¦n en la v¨ªa p¨²blica, a 200 metros alrededor de los centros educativos, de protecci¨®n de menores y donde estos j¨®venes cumplan medidas judiciales. En los espacios recreativos como parques tem¨¢ticos o espect¨¢culos p¨²blicos donde haya una presencia mayoritaria de adolescentes tampoco podr¨¢ estar presente este tipo de propaganda.
La Xunta de Galicia advierte de que el consumo habitual de estos estimulantes puede producir dependencia y tolerancia, es decir, que cada vez se necesitar¨¢ m¨¢s cantidad de bebida para obtener los mismos efectos. Adem¨¢s, traslada su preocupaci¨®n por la costumbre de mezclar las bebidas energ¨¦ticas con alcohol porque se favorecen las conductas de riesgo. Por ello, fomentar¨¢ la realizaci¨®n de campa?as informativas sobre las consecuencias perjudiciales de su ingesta.
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