El Gobierno prepara reformas sobre control de datos privados para combatir el terrorismo
Los datos del tr¨¢nsito de las comunicaciones efectuadas por los terroristas del 11-M fueron cruciales para que la investigaci¨®n policial del atentado pudiera aclarar lo ocurrido. Gracias a esos datos se han conocido los movimientos de los autores en las semanas previas a que perpetraran el peor atentado que ha sufrido Espa?a en toda su historia.
Ahora, el Gobierno espa?ol quiere impulsar modificaciones legales para obligar a las compa?¨ªas telef¨®nicas a guardar esa informaci¨®n (localizaci¨®n y llamadas realizadas desde un m¨®vil) durante un m¨ªnimo de 12 meses. Para ello, deber¨¢n reformar la Ley de Servicios de Sociedad de la Informaci¨®n, que ya establece que las compa?¨ªas telef¨®nicas "deber¨¢n" almacenar esos datos en sus archivos por un tiempo "m¨¢ximo" de 12 meses.
Los autores del atentado de los trenes utilizaron m¨®viles con tarjeta prepago
El Ejecutivo estudia modificaciones en las leyes de Protecci¨®n de Datos, Sociedad de la Informaci¨®n y Telecomunicaciones
Al menos 16 millones de propietarios de m¨®viles no pueden ser identificados al no haber firmado ning¨²n contrato
La polic¨ªa ha pedido a las autoridades cambios legales para conocer la identidad de los usuarios de tarjetas prepago
Un reglamento fija desde el 15 de abril los requisitos para intervenir las comunicaciones
El ministro del Interior, Jos¨¦ Antonio Alonso, aclar¨® el pasado mi¨¦rcoles en Bruselas durante la celebraci¨®n de un Consejo de Ministros extraordinario convocado por iniciativa del Reino Unido tras los atentados del 7-J en Londres, que no se trataba de que las compa?¨ªas almacenaran el contenido de las comunicaciones, sino los datos de tr¨¢nsito (fecha y hora de realizaci¨®n de las llamadas y destinatario) que aparecen habitualmente en las facturas.
La polic¨ªa ha traslado al ministro del Interior en reiteradas ocasiones la necesidad de acometer otras reformas legales para combatir el terrorismo. Los investigadores del 11-M mostraron su preocupaci¨®n al no contar con instrumentos legales que obliguen a identificarse a los propietarios de tel¨¦fonos m¨®viles que utilizan tarjetas prepago compradas en cualquier establecimiento sin necesidad de firmar ning¨²n contrato.
En Espa?a hay, seg¨²n las compa?¨ªas telef¨®nicas, cerca de 24 millones de los 39 millones de usuarios de tel¨¦fonos m¨®viles que utilizan tarjetas prepago. De esos 24 millones, las compa?¨ªas tienen localizados (por distintas promociones comerciales en las que los cliente han dado sus nombres) poco m¨¢s del 30%. Por tanto, quedan otros 16 millones de usuarios de tel¨¦fonos m¨®viles inidentificables. La complejidad legal de poder identificar a esos 14 millones de propietarios de tel¨¦fonos m¨®viles es inmensa. S¨®lo hay un pa¨ªs en Europa, Suiza, que ha acometido una reforma legal para obligar a identificar a todos los compradores de tel¨¦fonos m¨®viles con tarjeta prepago.
En octubre vence el plazo para desconectar todos los tel¨¦fonos no identificados. El Gobierno espa?ol estudia una modificaci¨®n legal para hacer posible la reclamaci¨®n de la polic¨ªa, pero el ministro del Interior pretende impulsar antes en la UE un acuerdo parecido al alcanzado el pasado 13 de julio para que la medida pueda ser realmente efectiva en toda Europa.
Los terroristas del 11-M se encontraban entre esos usuarios que utilizaban tel¨¦fonos m¨®viles con tarjeta prepago. La investigaci¨®n policial permiti¨® conocer d¨®nde hab¨ªan comprado los tel¨¦fonos y las tarjetas prepago, y pudieron hacer un seguimiento, previa autorizaci¨®n judicial y la colaboraci¨®n de las compa?¨ªas telef¨®nicas, del tr¨¢nsito de las llamadas efectuadas con esos aparatos, pero no pudieron conocer qui¨¦nes eran sus propietarios.
Respecto a la interceptaci¨®n de llamadas previa autorizaci¨®n judicial, Espa?a tiene desde el 15 de abril pasado un Reglamento de la Ley General de las Telecomunicaciones que desarrolla en su cap¨ªtulo II las condiciones en qu¨¦ deben hacerse los pinchazos. Este reglamento obliga a todas las compa?¨ªas operadoras a disponer de "equipos configurados de forma que puedan facilitar el acceso de los agentes facultados a todas las comunicaciones transmitidas, generadas para su transmisi¨®n o recibidas por el sujeto de una interceptaci¨®n legal y los datos e tr¨¢fico asociados a dicha comunicaci¨®n".
El tipo de comunicaci¨®n que puede ser interceptada, seg¨²n este reglamento, ser¨¢ "para las que se realicen mediante cualquier modalidad de los servicios de telefon¨ªa, de transmisi¨®n de datos, se trate de comunicaciones de video, audio, intercambio de mensajes, ficheros o de la transmisi¨®n de facs¨ªmil". Respecto a la informaci¨®n que las compa?¨ªas deben facilitar al agente facultado por el juez a la interceptaci¨®n destacan los siguientes:
- Identidad del sujeto objeto de la interceptaci¨®n (etiqueta t¨¦cnica: n¨²mero de tel¨¦fono), e identidad de la persona f¨ªsica o jur¨ªdica.
- Identidad de las otras partes involucradas en la comunicaci¨®n electr¨®nica.
- Direcci¨®n de la comunicaci¨®n.
- Informaci¨®n de localizaci¨®n.
- N¨²mero de cuenta asignada por el proveedor de Internet.
- Direcci¨®n de correo electr¨®nico.
- En caso de servicios m¨®viles, se proporcionar¨¢ una posici¨®n lo m¨¢s exacta posible del punto de comunicaci¨®n y, en todo caso, la identificaci¨®n, localizaci¨®n y tipo de la estaci¨®n base afectada.
El reglamento tambi¨¦n intenta garantizar a trav¨¦s del art¨ªculo 93 la confidencialidad de esta interceptaci¨®n: "Ser¨¢ de circulaci¨®n restringida a las personas autorizadas".
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