La juez revoca el trato que otorg¨® Justicia a Piqu¨¦ Vidal para salir a diario de la c¨¢rcel
La decisi¨®n judicial constata diversas anomal¨ªas en la concesi¨®n que hizo la Generalitat
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria n¨²mero 2 de Catalu?a revoc¨® ayer el r¨¦gimen de semilibertad que hab¨ªa concedido el Departamento de Justicia al abogado Joan Piqu¨¦ Vidal y que le permit¨ªa salir a diario de la c¨¢rcel de Brians y regresar s¨®lo para dormir. La juez considera que el equipo t¨¦cnico de la c¨¢rcel no explic¨® ni justific¨® las razones de la concesi¨®n de "esta medida excepcional" que, adem¨¢s, fue tramitada de forma an¨®mala y se aprob¨® sin saber c¨®mo se controlar¨ªa su cumplimiento. Por eso, la magistrada afirma que "ninguna garant¨ªa puede ofrecer".
Junto a estos argumentos, la magistrada Mar¨ªa Jos¨¦ Gonz¨¢lez Gonz¨¢lez recuerda que a la sociedad le cuesta entender que Piqu¨¦ Vidal pueda salir de la c¨¢rcel a los dos meses y medio de haber entrado para cumplir una pena de siete a?os por los delitos de cohecho, prevaricaci¨®n y detenci¨®n ilegal por el llamado caso Estevill de extorsi¨®n a empresarios.
Fuentes del despacho de Piqu¨¦ Vidal anunciaron ayer que est¨¢n estudiando la resoluci¨®n judicial y que presentar¨¢n recurso ante el mismo juzgado. Si, como es previsible, la juez ratifica su decisi¨®n, la defensa podr¨¢ recurrir ante la Secci¨®n Novena de la Audiencia de Barcelona.
Mientras no exista resoluci¨®n firme, el abogado seguir¨¢ saliendo de prisi¨®n cada d¨ªa. La consejera de Justicia de la Generalitat, Montserrat Tura, declar¨® a EL PAIS: "acatamos la decisi¨®n judicial, como no pod¨ªa ser de otra manera, aunque no la compartimos". Tambi¨¦n precis¨® que su departamento no recurrir¨¢ y defendi¨® la decisi¨®n adoptada en su d¨ªa. "Realizar trabajos sociales fuera de la c¨¢rcel tambi¨¦n es una manera de cumplir la pena", dijo Tura.
Dos meses y medio
Piqu¨¦ Vidal ingres¨® en Brians el pasado 26 de septiembre, despu¨¦s de que el Tribunal Supremo declarase firme la condena de siete a?os de c¨¢rcel. El 15 de diciembre sali¨® por primera vez de Brians para realizar trabajos sociales en C¨¢ritas Diocesana en aplicaci¨®n de un programa de tratamiento aprobado por el equipo t¨¦cnico de la c¨¢rcel.
El amparo legal para justificar la medida es el art¨ªculo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que permite a un preso disfrutar de los beneficios de otro grado. En el caso de Piqu¨¦ Vidal, clasificado en segundo grado, el beneficio consiste en pasar el d¨ªa fuera de prisi¨®n y regresar s¨®lo a dormir, como hacen los presos de tercer grado. Se trata de una "medida excepcional", dice la juez. El fiscal pidi¨® que se revocara, como as¨ª ha ocurrido.
El argumento principal es que el equipo t¨¦cnico de la c¨¢rcel no justific¨® que las salidas de Piqu¨¦ Vidal se basaban en un programa espec¨ªfico de tratamiento, ni se razonaba "por qu¨¦ resulta imprescindible" que se adopte esa medida. Ninguno de esos requisitos figuran en la decisi¨®n de la direcci¨®n de la c¨¢rcel que despu¨¦s aval¨® la Secretar¨ªa de Servicios Penitenciarios de la Generalitat que dirige Albert Batlle. Podr¨ªa haberla revocado, pero la ratific¨®.
La juez relata en el auto dictado ayer que la junta del penal tampoco explica qu¨¦ medidas de control iba a aplicar para para asegurarse de que cuando Piqu¨¦ Vidal sale de la c¨¢rcel pasa el d¨ªa realizando trabajos sociales en C¨¢ritas Diocesana y no de otra manera. Tampoco se especifica en qu¨¦ iban a consistir esos trabajos.
Recuerda la magistrada que lo ¨²nico que consta en el expediente es un escrito de C¨¢ritas Diocesana con horarios distintos a los que fija el informe del equipo t¨¦cnico de la c¨¢rcel para Piqu¨¦ Vidal. Pero es que, adem¨¢s, C¨¢ritas hizo esa propuesta a la prisi¨®n antes de que se conociera que el abogado iba a salir a pasar el d¨ªa fuera. Por eso, la juez entiende que la propuesta "ninguna garant¨ªa puede ofrecer" al no estar basada en los informes de los profesionales de la c¨¢rcel.
Todos estos motivos "ser¨ªan suficientes para no aprobar" la decisi¨®n del Departamento de Justicia, dice la juez. Pero hay m¨¢s argumentos. Como la celeridad con la que actu¨® la junta de tratamiento de la c¨¢rcel en aprobar la salida. El reglamento prev¨¦ un plazo de seis meses para revisar la clasificaci¨®n inicial del preso y en el caso del abogado Piqu¨¦ Vidal ese tr¨¢mite se realiz¨® en el tiempo r¨¦cord de 16 d¨ªas: es el plazo que va del 29 de noviembre, en que se le clasifica en segundo grado penitenciario, hasta el 15 de diciembre, en que se le autoriza a salir de la c¨¢rcel durante el d¨ªa.
El auto judicial asegura que esos 16 d¨ªas no son "un periodo razonable" que ha permitido al equipo t¨¦cnico de la prisi¨®n someter al preso a un periodo de observaci¨®n para evaluar y reconsiderar "todos los aspectos establecidos en el modelo individualizado de tratamiento". Puede parecer o sonar a burocracia, pero es as¨ª como funciona la vida en prisi¨®n y es ese el tr¨¢mite que se aplica a todos los presos.
Esa observaci¨®n de los profesionales es, adem¨¢s, una condici¨®n "indispensable" para que se pueda reconsiderar el trato que se le ha de dar a Piqu¨¦ Vidal y si se le ha de eximir del r¨¦gimen ordinario de cumplimiento de la pena en segundo grado, que impide las salidas de las que est¨¢ disfrutando. No es una interpretaci¨®n judicial. Lo dice la ley.
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