El juez admite al Estado como acusaci¨®n en el ¡®caso de los fondos buitre¡¯
La Abogac¨ªa del Estado solicit¨® participar como acusaci¨®n particular en la causa penal contra la venta de 5.000 viviendas sociales en Madrid
El juez ha aceptado la personaci¨®n del Estado como acusaci¨®n particular en el caso de los fondos buitre. La Abogac¨ªa del Estado, tal y como avanz¨® el presidente Pedro S¨¢nchez el 12 de septiembre, ten¨ªa intenci¨®n de solicitar participar como acusaci¨®n particular en la causa penal contra la venta a fondos buitre de 5.000 viviendas de alquiler social que llevaron a cabo los gobiernos del PP en la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid.
La causa est¨¢ siendo investigada por el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 48 tras una denuncia de la Fiscal¨ªa por si hubo prevaricaci¨®n y malversaci¨®n. En concreto, el Instituto de la Vivienda de Madrid (Ivima), en 2013 con Ignacio Gonz¨¢lez de presidente regional, vendi¨® casi 2.935 viviendas sociales destinadas al alquiler. La venta fue declarada nula por un juzgado de Madrid. Por su parte, en una operaci¨®n similar, el Ayuntamiento de Madrid, bajo el mando de Ana Botella, vendi¨® otras 1.860 casas sociales en 2012. Las compraron los fondos de Goldman Sachs y Blackstone, y empezaron a subir las rentas y a desahuciar a quienes no pudieron pagarlas.
Durante la sesi¨®n de control al Gobierno en el Congreso del 12 de septiembre, S¨¢nchez asegur¨® que al Ejecutivo "no le va a temblar la mano" para que las administraciones que est¨¢n detr¨¢s de este "intolerable" abuso que ha afectado "a tantas personas humildes" asuman sus responsabilidades pol¨ªticas y econ¨®micas. Poco despu¨¦s, el ministerio de Fomento, en un informe interno sobre la situaci¨®n de la vivienda social elaborado por la Secretar¨ªa General de Vivienda y al que tuvo acceso EL PA?S, concretaba la intenci¨®n del Gobierno de que la vivienda deje de considerarse un bien especulativo. Por eso la regulaci¨®n b¨¢sica de los patrimonios p¨²blicos de vivienda social incluir¨¢ la protecci¨®n ¡°frente a posibles enajenaciones a personas jur¨ªdicas con ¨¢nimo de lucro¡± y que no respeten esa funci¨®n social.
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