Macrojuicio al modelo laboral de los ¡®riders¡¯ de Deliveroo
La defensa de la empresa cuestiona la imparcialidad de la Inspecci¨®n de Trabajo, que entiende que los repartidores de estas plataformas son falsos aut¨®nomos
La guerra por aclarar si los repartidores de las plataformas digitales son asalariados o aut¨®nomos ha vivido su mayor batalla hasta la fecha. Se ha celebrado en Madrid el juicio por la demanda que la Seguridad Social hab¨ªa presentado contra Deliveroo tras el acta de la Inspecci¨®n de Trabajo que, a comienzos de 2018, obligaba a la empresa de reparto de comida a domicilio a contratar como asalariados a 532 repartidores, los llamados riders. Roofoods Spain, nombre de Deliveroo en el registro mercantil, los consideraba aut¨®nomos ¡ª¡°proveedores¡±, les llam¨® el abogado de la empresa¡ª y, por tanto, no los contrat¨®.
Antes de la batalla de este viernes, celebrada en el juzgado de lo Social 19 de Madrid, ha habido otras. Las primeras fueron varias actas de la Inspecci¨®n de Trabajo sobre Deliveroo y Glovo (otra empresa de reparto) que concluyeron que esos trabajadores, normalmente j¨®venes que van por las ciudades en bicicleta o moto con una gran mochila t¨¦rmica a la espalda, son falsos aut¨®nomos. En paralelo, ha habido juicios individuales con fallos contradictorios.
Ahora ambos caminos se cruzan: primero fue en Valencia, donde ya hubo un juicio colectivo del que todav¨ªa no se sabe la sentencia; y ahora se suma el de este viernes, que es el mayor hasta ahora. Afecta a 532 repartidores que trabajaron en la empresa entre 2015 y 2017. Y al volumen hay que sumar el atropello y la muerte el pasado s¨¢bado de un repartidor de Glovo en Barcelona, un joven nepal¨ª de 22 a?os.
¡±Este juicio es importante¡±, insist¨ªa antes de comenzar la sesi¨®n y en un receso Bernardo Garc¨ªa, abogado de UGT que representaba a unos 70 trabajadores. ?Por qu¨¦? El modelo laboral de aut¨®nomos contratados por plataformas digitales como aut¨®nomos retribuidos por cada servicio no es un fen¨®meno que en la actualidad tenga una gran dimensi¨®n.
M¨¢s impacto futuro
Pero s¨ª tiene un gran poder de irradiaci¨®n porque se?ala hacia d¨®nde podr¨ªan caminar las relaciones laborales en el futuro si se impone ese modelo y no el de trabajadores asalariados, con las consecuencias que eso puede tener sobre la estabilidad o los modelos de protecci¨®n y Seguridad Social actuales.
Para defender su postura, la empresa bas¨® su defensa en desacreditar el acta de la Inspecci¨®n. Acus¨® a la polic¨ªa laboral de ¡°posible parcialidad¡±. ¡°Parece que andaba a la b¨²squeda de un resultado determinado ante la presi¨®n medi¨¢tica y pol¨ªtica¡±, afirm¨® el abogado de Deliveroo, Rom¨¢n Gil, del bufete Sagardoy, habitual defensor de grandes empresas. Lleg¨® a hablar de presiones, desde el presidente del Gobierno hasta la ministra de Trabajo. Incluso cit¨® una entrevista del presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez, en EL PA?S, en la que critic¨® el modelo laboral de Deliveroo. Esa entrevista se public¨® en junio de 2018, poco despu¨¦s de su llegada a La Moncloa, y el acta de la Inspecci¨®n se conoci¨® en enero de 2018 y recoge hechos ocurridos entre 2015 y 2017.
En el interrogatorio, la inspectora que llev¨® a cabo la investigaci¨®n y redact¨® el acta neg¨® que hubiera presiones. Respond¨ªa a la pregunta de uno de los abogados que le pregunt¨® expresamente si la popular F¨¢tima B¨¢?ez, titular de Empleo cuando se elabor¨® el acta, le hab¨ªa presionado. La funcionaria lo rechaz¨®.
La l¨ªnea central de la defensa se bas¨® en probar la libertad de los repartidores para escoger horarios, rechazar pedidos o combinar encargos de varias plataformas. Tambi¨¦n puso el acento en desmontar la afirmaci¨®n de la Inspecci¨®n de que esos rechazos ten¨ªan como consecuencia recibir menos encargos despu¨¦s (un directivo de la empresa admiti¨® que en el pasado s¨ª, pero ahora no). ¡°La geolocalizaci¨®n que llevan incorporadas las aplicaciones que usan los rider no es un mecanismo de control¡±, apunt¨®. Todo iba dirigido a un fin: los repartidores no dependen de nadie y pueden organizarse como quieren y, por tanto, son aut¨®nomos. ¡°Los proveedores son los repartidores y las plataformas los clientes¡±, afirm¨® Gil.
En la posici¨®n opuesta estaban el letrado de la Seguridad Social, los abogados que representan a los trabajadores y los que representan a los sindicatos por ser parte interesada. Ellos defendieron, como dice el acta de la Inspecci¨®n, que no es la voluntad de las partes la que define la naturaleza de un contrato, sino la realidad. Sus argumentos buscaban demostrar que rechazar encargos s¨ª ten¨ªa consecuencias, que los repartidores no ten¨ªan capacidad para organizarse el trabajo y que ni siquiera pod¨ªan negociar sus retribuciones o cobrar a los clientes finales.
El juicio no acab¨® formalmente, pese a que no se celebrar¨¢n m¨¢s sesiones. Ya declararon todos los testigos y se practicaron las pruebas. No obstante, el juez dio de plazo hasta el 11 de junio para que las partes presenten sus conclusiones finales por escrito.
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