Los ERTE se prorrogan ¡®in extremis¡¯: ?qui¨¦n se puede beneficiar de la ampliaci¨®n?
Los expedientes llegar¨¢n hasta final de enero e incluyen un nuevo tipo para empresas con limitaciones en su negocio por la crisis sanitaria
La pr¨®rroga de los expedientes de regulaci¨®n temporal de empleo (ERTE) se ha llevado al l¨ªmite, una vez m¨¢s, y se ha conseguido su extensi¨®n in extremis. De hecho, solo se ha logrado cerrar el acuerdo mientras ten¨ªa lugar el Consejo de Ministros de este martes en el que se le dio luz verde por las reticencias de la patronal a firmar el acuerdo en los encuentros anteriores. Estos son los puntos principales recogidos en la pr¨®rroga de los ERTE, una medida que todas las partes entend¨ªan que era vital para mantener a flote parte del tejido productivo que m¨¢s sufre los efectos econ¨®micos de la pandemia:
?Hasta cu¨¢ndo?
Los ERTE en vigor a final de septiembre se podr¨¢n mantener con la pr¨®rroga hasta el 31 de enero de 2021. En un principio, el Gobierno planteaba una nueva extensi¨®n durante tres meses, hasta diciembre, tras los cuales se volver¨ªa a analizar la situaci¨®n y decidir si era necesario que continuasen m¨¢s tiempo. Sin embargo, para evitar que la negociaci¨®n coincida con la campa?a de Navidad, el Ejecutivo decidi¨® que la extensi¨®n fuese hasta final de enero, cuando se tendr¨¢ que valorar la necesidad de una nueva pr¨®rroga y las condiciones de la misma.
ERTE por impedimentos de apertura
La mesa del di¨¢logo social ha incluido modificaciones en los conocidos como ERTE de rebrote. As¨ª, se flexibilizan las condiciones para las empresas que se vean afectadas por impedimentos para abrir sus negocios por medidas de confinamiento u obligaci¨®n de cierre para contener los contagios de coronavirus. Se podr¨¢n acoger a estos expedientes, por ejemplo, las compa?¨ªas en las localidades o barrios que decreten el confinamiento durante un periodo determinado.
Estos expedientes estar¨¢n en vigor a partir del jueves y su duraci¨®n quedar¨¢ restringida al tiempo de las nuevas medidas de impedimento referidas. Las empresas de menos de 50 empleados tendr¨¢n una exoneraci¨®n del 100% en las cuotas a la Seguridad Social durante el periodo del cierre. ¡°Volvemos al nivel del inicio de la crisis en estos casos¡±, ha asegurado este martes Jos¨¦ Luis Escriv¨¢, ministro de Inclusi¨®n y Seguridad Social, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Para las m¨¢s grandes, la bonificaci¨®n ser¨¢ del 90%.
ERTE por limitaciones
Otra de las novedades del acuerdo es la inclusi¨®n de los expedientes por limitaciones de actividad derivadas de nuevas restricciones o medidas de contenci¨®n de la covid-19, como hab¨ªa adelantado EL PA?S. En este caso, podr¨¢n ser beneficiadas las empresas y entidades de cualquier sector o actividad que vean limitado por cuestiones sanitarias el desarrollo normalizado de su actividad.
Los beneficios de las compa?¨ªas en las cuotas a la Seguridad Social de los empleados afectados ser¨¢n decrecientes. As¨ª, las exenciones ser¨¢n del 100% en octubre, 90% en noviembre, 85% en diciembre y 80% en enero para las firmas con menos de 50 trabajadores. Para las m¨¢s grandes, la exoneraci¨®n ser¨¢ del 90%, 80%, 75% y 70% respectivamente. ¡°Son coeficientes decrecientes pero muy altos¡±, ha descrito Escriv¨¢.
ERTE por fuerza mayor
Los expedientes de regulaci¨®n temporal vinculados a la covid-19 vigentes en la entrada de esta pr¨®rroga seguir¨¢n siendo aplicables en los t¨¦rminos previstos si est¨¢n dentro de los sectores m¨¢s golpeados, que tambi¨¦n se podr¨ªan acoger a estos ERTE en caso de que no tengan uno activo antes del alargue. El listado de las actividades especialmente afectadas se ha negociado hasta ¨²ltima hora . ¡°Se establecen exoneraciones en la cotizaci¨®n para empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por expedientes de regulaci¨®n temporal de empleo y una reducida tasa de recuperaci¨®n de actividad y su cadena de valor, con ERTE prorrogado, sin necesidad de solicitar uno nuevo¡±, explican los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social en un comunicado conjunto.
A este respecto, Escriv¨¢ ha argumentado la necesidad de que haya esta diferenciaci¨®n para las empresas m¨¢s afectadas por la crisis del coronavirus, por las limitaciones existentes en Espa?a y a nivel internacional. ¡°Todo el mundo tiene en mente cu¨¢les son las que est¨¢n aqu¨ª¡±, incid¨ªa el ministro, en alusi¨®n al turismo y negocios vinculados. Las exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social ser¨¢n del 85% de octubre a enero en las empresas de menos de 50 trabajadores y del 75% en las de m¨¢s de 50. Es decir, un nivel de beneficios m¨¢s generoso que el existente en septiembre. Estas exenciones no ser¨¢n compatibles con otros tipos de ERTE por limitaci¨®n o rebrote.
?Podr¨¢ haber despidos?
Las compa?¨ªas que se beneficien de exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social estar¨¢n obligadas a ¡°un nuevo periodo de seis meses de salvaguarda del empleo¡±, recoge uno de los ¨²ltimos borradores de trabajo antes de llevar el documento final al Consejo de Ministros. As¨ª, las empresas se comprometen a un nuevo plazo de seis meses en el que se garantice el empleo de sus trabajadores.
Prestaciones al 70% de la base reguladora
La cuant¨ªa de la prestaci¨®n de los ERTE se mantendr¨¢ igual, en el 70% de la base reguladora hasta final de enero. Esto supone un cambio significativo, ya que la norma recog¨ªa que a partir del sexto mes la prestaci¨®n deb¨ªa bajar al 50%. Al comienzo de la negociaci¨®n para la pr¨®rroga, parec¨ªa que se pod¨ªa acordar una cobertura del 60% de la base reguladora, pero finalmente el Ministerio de Trabajo empuj¨® para mantenerlo en el 70%, algo que se acogi¨® con satisfacci¨®n por parte de los agentes sociales.
Los trabajadores no gastar¨¢n paro
Adem¨¢s, los empleados afectados por ERTE durante m¨¢s de 180 d¨ªas no consumir¨¢n tiempo de otras prestaciones acumuladas como el desempleo. En este punto s¨ª hubo un tira y afloja y diferencias entre Gobierno y agentes sociales. Finalmente se acord¨® hace semanas que los trabajadores en ERTE no consuman tiempo de paro para los que acaben en el desempleo antes del 1 de enero de 2022.
Prestaci¨®n extraordinaria para fijos discontinuos
En esta prestaci¨®n extraordinaria incluida en la pr¨®rroga de los ERTE se reconocer¨¢ a los empleados con contrato fijo discontinuo y a los que realicen trabajos fijos y peri¨®dicos que hayan estado afectados por un expediente de regulaci¨®n temporal de empleo. Fuentes del di¨¢logo social valoraban muy positivamente esta nueva ayuda, especialmente para las zonas tur¨ªsticas como Baleares donde hay muchas personas en esta situaci¨®n que no han podido acumular paro por la inactividad de esta temporada.
Estar¨¢ en vigor hasta final de enero de 2021, aunque se interrumpir¨¢ si el trabajador se reincorpora a su actividad. Eso s¨ª, la prestaci¨®n se podr¨ªa reanudar si vuelve al desempleo. La ayuda se abonar¨¢ mensualmente con la misma cuant¨ªa que la ¨²ltima prestaci¨®n contributiva por desempleo de la persona afectada o, en su caso, la cuant¨ªa m¨ªnima de la prestaci¨®n contributiva.
Empresas especialmente afectadas
El gran caballo de batalla de esta negociaci¨®n para la pr¨®rroga ha sido definir los sectores o compa?¨ªas m¨¢s golpeados por la crisis del coronavirus. Se considerar¨¢n empresas especialmente afectadas por la pandemia las que tengan un expediente de regulaci¨®n temporal de empleo prorrogado hasta el 31 de enero de 2021 cuya actividad se clasifique en alguno de los c¨®digos de las actividades seleccionados. ¡°No vamos a dejar a ninguna empresa atr¨¢s¡±, insist¨ªa la ministra portavoz del Gobierno, Mar¨ªa Jes¨²s Montero. Sin embargo, seg¨²n se recoge en el alargue de los ERTE, s¨ª habr¨¢ prioridad para los sectores con una elevada tasa de cobertura por expedientes de regulaci¨®n temporal de empleo y una reducida tasa de recuperaci¨®n de actividad.
Tambi¨¦n podr¨¢n acogerse a los ERTE por fuerza mayor aquellas empresas cuyo negocio dependa, indirectamente y en su mayor¨ªa, de las actividades consideradas como las m¨¢s afectadas, seg¨²n ha explicado el Ministerio de Inclusi¨®n y Seguridad Social. Es decir, las que acrediten que la mitad de su facturaci¨®n en 2019 depend¨ªa de aquellas compa?¨ªas de actividades incluidas en la lista. Entre los c¨®digos de actividades econ¨®micas est¨¢n el turismo (operadores tur¨ªsticos, agencias de viaje y transporte de pasajeros, entre otros); el ocio (gesti¨®n de salas de espect¨¢culos, actividades de los parques de atracciones, actividades auxiliares a las artes esc¨¦nicas...), y el comercio (comercio al por mayor de cueros y pieles, comercio al por menor de ordenadores, equipos perif¨¦ricos y programas inform¨¢ticos en establecimientos especializados, fabricaci¨®n de art¨ªculos de bisuter¨ªa y art¨ªculos similares...). Pinche aqu¨ª si quiere ver la lista completa.
Las mismas condiciones de bonificaciones se extender¨¢n asimismo a las firmas que formen parte de la cadena de valor de las especialmente afectadas. ¡°Deber¨¢n presentar ante la autoridad laboral correspondiente entre el 5 y el 19 de octubre la solicitud de declaraci¨®n como empresas dependientes o integrantes de la cadena de valor de otra empresa¡±, explican los ministerios de Trabajo y Seguridad Social. Las integrantes de esta cadena de valor ser¨¢n aquellas que al menos un 50% de sus operaciones se realizaran de forma directa con compa?¨ªas especialmente afectadas por la pandemia, as¨ª como aquellas cuya actividad real dependa indirectamente de ellas.
Formaci¨®n para los afectados por ERTE
Los trabajadores con su empleo suspendido total o parcialmente por uno de estos ERTE se considerar¨¢n colectivo prioritario para acceder a iniciativas de formaci¨®n. Para ello, se programar¨¢n planes espec¨ªficos adaptados a la realidad productiva de los afectados, ¡°con especial relevancia en aquellas iniciativas relacionadas con la adquisici¨®n de competencias para la transformaci¨®n digital¡±, recoge el borrador. ¡°Los trabajadores podr¨¢n aprovechar este momento para mejorar sus capacitaciones¡±, ha asegurado Yolanda D¨ªaz, ministra de Trabajo, este martes en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
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