La auditora de Pescanova (BDO) afronta una factura millonaria tras la condena de la Audiencia Nacional
La sentencia obliga a BDO a indemnizar, junto con Pescanova y los seis exdirectivos condenados, con 126 millones a las sociedades afectadas. La firma se considera una v¨ªctima y anuncia que recurrir¨¢ ante el Supremo
La sentencia contra la c¨²pula directiva de la antigua Pescanova supone un duro golpe para BDO, una de las principales firmas de auditor¨ªa de Espa?a que, ha sido condenada como autora responsable de ¡°un delito de falseamiento de informaci¨®n econ¨®mica y financiera¡± en su gesti¨®n de la pesquera gallega, que se declar¨® en suspensi¨®n de pagos en 2013 tras estallar el esc¨¢ndalo sobre sus irregularidades contables. La sentencia tambi¨¦n supondr¨¢ una factura millonaria para la firma, que tendr¨¢ resarcir de forma solidaria a los grandes inversores por sus p¨¦rdidas millonarias. La decisi¨®n de la Audiencia supone un hito hist¨®rico al condenar por primera vez en Espa?a a una firma de auditor¨ªa y al socio que firm¨® las cuentas, para el que solicita tres a?os y seis meses de c¨¢rcel.
Los jueces dejan claro el papel de la firma auditora y de su socio Santiago Sa?¨¦, que auditaron la compa?¨ªa entre 2002 y 2012. La sentencia se?ala en los hechos probados que BDO ¡°teniendo acceso a todos los datos de la contabilidad de la matriz y sus filiales, aval¨® con sus informes, sin salvedades, cuantas operaciones llev¨® a cabo la matriz vulnerando las normas de la contabilidad y permitiendo dar una imagen de su situaci¨®n econ¨®mica y financiera muy diferente a su abultada deuda financiera real; aquiescencia que no desapareci¨® por el hecho de que la intenci¨®n real de Pescanova fuera distinta de la propia de los mecanismos financieros utilizados¡±.
Y a?ade: ¡°superado el ¨²ltimo control de supervisi¨®n de los datos que figuraban en los citados documentos por un organismo independiente como era el auditor externo, sin que, pese a conocer que Pescanova neteaba todo lo que pod¨ªa, presentara alg¨²n tipo de objeci¨®n, se inici¨® el principio de su difusi¨®n mediante su remisi¨®n al organismo supervisor y con ello a cualquier tercero interesado en invertir, conociendo que la informaci¨®n que se transmit¨ªa no era acorde a la situaci¨®n econ¨®mica y financiera real de la Sociedad, de forma tal que todos aquellos que invirtieron confiados en la veracidad de los datos publicados, perdieron sus inversiones¡±.
Por eso, la sentencia dicta que BDO tendr¨¢ que indemnizar de forma solidaria con los otros condenados, Pescanova y los seis exdirectivos condenados, con un total de 126,8 millones de euros a las sociedades afectadas. Adem¨¢s, deber¨¢ devolver, tambi¨¦n de forma solidaria con los otros acusados, una suma de cerca de 36 millones correspondiente al dinero invertido, y perdido, por decenas de peque?os accionistas. Otros 40 millones, estafados seg¨²n la sentencia de la Audiencia Nacional a Bankia, UBI y Banco Esp¨ªrito Santo (ahora Novo Banco) ser¨¢n aportados por la antigua Pescanova y los exdirectivos condenados.
La auditora se considera ¡°v¨ªctima del entramado tejido por la direcci¨®n de la empresa¡± y ya ha anunciado que recurrir¨¢ ante el Tribunal Supremo. ¡°Como hemos defendido y se ha probado, tanto BDO Auditores como Santiago Sa?¨¦ [el socio encargado de auditar las cuentas de Pescanova] fuimos enga?ados y v¨ªctimas del entramado y fraude organizado por la direcci¨®n de Pescanova¡±, sostiene la auditora. Sa?¨¦ ha sido condenado a tres a?os y medio de c¨¢rcel en tanto que autor de los informes remitidos a la CNMV por los responsables de la entidad, ¡°conociendo que los resultados que se iban a publicar ocultaban la deuda financiera real y no reflejaban la imagen fiel de la sociedad¡±, seg¨²n el fallo judicial.
BDO Auditores S.L., contratada por Pescanova desde 2002, emiti¨® informes favorables fraudulentos de las cuentas anuales y consolidadas de la compa?¨ªa correspondientes a los ejercicios 2010, 2011 y 2012, seg¨²n consta en la sentencia de la Audiencia Nacional que condena a penas de c¨¢rcel al expresidente del gigante pesquero, Manuel Fern¨¢ndez de Sousa, y al n¨²cleo de su c¨²pula directiva, as¨ª como a Sa?¨¦. El tribunal deja claro que la auditora cometi¨® el fraude ¡°haciendo constar que expresaba la imagen fiel del patrimonio y de la situaci¨®n financiera¡± de la pesquera.
Entre 2009 y 2012, el grupo gallego present¨® en la CNMV informes avalados por BDO en los que se reflejaban constantes y ficticios aumentos de beneficios. As¨ª, en el informe de gesti¨®n intermedia del primer trimestre de 2009 constaba que Pescanova hab¨ªa obtenido un beneficio neto de un 6% sobre el a?o anterior, alcanzando los 7,6 millones de euros. En el del primer trimestre de 2012, la cifra de negocios era ya de 351 millones de euros y el beneficio del Grupo Pescanova de 9 millones, indic¨¢ndose un incremento del 5,7 % con respecto al mismo per¨ªodo del ejercicio anterior. En el correspondiente al tercer trimestre de ese mismo a?o, la cifra de negocios alcanzaba los 1.149 millones y el beneficio del Grupo Pescanova, los 24,9 millones.
Con esos datos, el consejo de administraci¨®n aprob¨®, en agosto de 2012, una ampliaci¨®n de capital que supuso la emisi¨®n de 9.290.464 nuevas acciones por un importe nominal de m¨¢s de 55,74 millones de euros (13,45 euros por acci¨®n), m¨¢s una prima de emisi¨®n de 7,45 euros por acci¨®n, lo que supon¨ªa un 32,33% m¨¢s de capital. Y remiti¨® a la CNMV el folleto de emisi¨®n que ofrec¨ªa como informaci¨®n financiera fundamental la de sus cuentas anuales consolidadas de los ejercicios 2009, 2010 y 2011 y los estados financieros intermedios del primer trimestre de 2012. BDO destacaba que las cuentas ¡°hab¨ªan sido auditadas favorablemente y sin salvedad, y que la sociedad emisora hab¨ªa cumplido todos sus compromisos financieros sin riesgo alguno de vencimiento anticipado de sus obligaciones¡±.
El tribunal sostiene que el 10 de julio de 2012 Sa?¨¦, en nombre de BDO, llev¨® a cabo ¡°un procedimiento de due diligence [diligencia debida, un tipo de informe habitual cuando se acude a ampliaciones de capital] con motivo de la revisi¨®n de las cuentas consolidadas limitada al mes de mayo¡±. Fruto de ello dirigi¨® una comfort letter al consejo de Pescanova y BNP Paribas, como entidad aseguradora de la ampliaci¨®n de capital, ¡°verificando la correcci¨®n de determinados c¨¢lculos y la conformidad de la informaci¨®n financiera suministrada con sus respectivas fuentes¡±.
La sentencia destaca que sociedades inversoras de diversos pa¨ªses europeos adquirieron acciones confiando en la veracidad de los datos aportados por el organismo regulador, que evidenciaban los buenos resultados econ¨®micos de las cuentas anuales, as¨ª como por la reputaci¨®n del grupo gallego y por estar auditado por BDO, una empresa que ostentaba un puesto destacado en la clasificaci¨®n mundial de auditoras.
De la misma forma que BDO, la antigua Pescanova, igualmente condenada, defiende que ha sido ¡°una perjudicada¡± y anuncia que prepara tambi¨¦n su recurso ante el Supremo. Esta sociedad, participada por los bancos con los que Pescanova ten¨ªa deudas y por 9.000 peque?os accionistas que lo perdieron casi todo, mantiene una participaci¨®n del 1,67% en Nueva Pescanova. Aseguran sus representantes que los actos de la antigua direcci¨®n determinaron el concurso de acreedores al que se vio abocada la compa?¨ªa debido ¡°precisamente¡± a las actuaciones de los otros acusados, ya que el negocio productivo de la empresa ¡°era y sigue siendo rentable¡±. Adem¨¢s, afirma que las devoluciones que deba hacer tendr¨¢n que sufrir una quita del 97,5% ¡°como en el concurso de acreedores¡±.
La sentencia concluye: ¡°No era misi¨®n de BDO adivinar ni investigar que lo que pretend¨ªa Pescanova con los cr¨¦ditos documentarios era financiarse a costa de filiales de ultramar que desconoc¨ªan lo que la matriz hac¨ªa; simplemente, lo que se ped¨ªa a BDO era el control de los datos de la contabilidad y para ello, ten¨ªa todos los recursos a su alcance, pudo ver la falta de coherencia entre aquellas cifras y otras variables que indicaban que las cantidades no concordaban; sin embargo, los cr¨¦ditos documentarios, como el resto de las partidas fueron examinados, sin salvedad alguna¡±, se?ala la sentencia.
Fe de errores: En una primera versi¨®n, el subt¨ªtulo de esta informaci¨®n recog¨ªa por error que la cantidad a indemnizar era de 1.267 millones de euros, cuando en realidad, como se recoge en el texto, es de 126,8 millones.
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