La Audiencia Nacional avala las ¡®mesas calientes¡¯ en las empresas
Rechaza la petici¨®n de los sindicatos de que los empleados tengan derecho a un puesto de trabajo habitual y dice que el nuevo sistema no es una modificaci¨®n sustancial de las condiciones de trabajo
La Audiencia Nacional ha fallado a favor de una empresa que pretend¨ªa instaurar un sistema denominado hot desking (mesas calientes, en ingl¨¦s) por el que mediante una aplicaci¨®n inform¨¢tica los trabajadores deb¨ªan reservar sus puestos de trabajo de manera semanal, pudiendo estos estar localizados en distintos lugares de las instalaciones de la compa?¨ªa. En la sentencia, a la que ha tenido acceso EL PA?S, la Audiencia rechaza la petici¨®n de los sindicatos de que los empleados mantengan un puesto f¨ªsico fijo, y estima que con esta alteraci¨®n no se ha llevado a cabo modificaci¨®n sustancial alguna de las condiciones de trabajo.
En el fallo, la Sala de lo Social acredita que ¡°el sistema de asignaci¨®n de puestos de trabajo tiene una planificaci¨®n semanal que no var¨ªa a lo largo de la semana en cuesti¨®n; que se respeta la configuraci¨®n de los equipos de trabajo, ya que se fomenta la reserva de puestos de trabajo cercanos; que no se cambia a los trabajadores de centro de trabajo; y que no existen reparos por la Inspecci¨®n de Trabajo y Seguridad Social¡±.
El conflicto enfrenta al sindicato Coordinadora Sindical de Clase (CSC) y la empresa Ayesa Advanced Technologies S.A., que, con motivo de la irrupci¨®n de la pandemia, decidi¨® cambiar de sede y alterar sus din¨¢micas de trabajo. Para ello, dise?¨® un procedimiento denominado Smart Job, en el que se inclu¨ªa la adjudicaci¨®n de puestos de trabajo (hot desk) a trav¨¦s de solicitudes que los trabajadores deb¨ªan realizar por medio de una aplicaci¨®n inform¨¢tica. ¡°La nueva sede cuenta entre otras prestaciones con salas de reuniones, puestos hot desk, zona de trabajo abierta, coffee corner y un comedor. Todo ellos son espacios m¨¢s modernos, con instalaciones mucho m¨¢s c¨®modas y confortables y grandes mejoras tecnol¨®gicas para facilitar el trabajo diario y mejorar la colaboraci¨®n entre todos¡±, rezaba la comunicaci¨®n trasladada a sus empleados.
Este nuevo m¨¦todo de mesas calientes afectaba a la totalidad de la plantilla repartida por los distintos centros que la empresa ten¨ªa desplegados por el territorio nacional y situados en diferentes comunidades aut¨®nomas. En otra comunicaci¨®n remitida a sus trabajadores, la empresa se?alaba que el objetivo del nuevo esquema laboral era ¡°maximizar la flexibilidad del uso de la oficina¡±. Para llevar a cabo la reserva de sus puestos de trabajo los empleados ten¨ªan dos turnos: el primero, entre las 8 y las 14 horas; y el segundo, de 14 a 20 horas.
Normalidad diaria
Para CSC, esta alteraci¨®n supon¨ªa una modificaci¨®n sustancial de las condiciones de trabajo de los empleados, alegando que con este nuevo m¨¦todo los trabajadores dejar¨ªan de tener un espacio de trabajo f¨ªsico habitual y que de no ejecutarse la reserva de sus puestos, estos se quedar¨ªan sin un lugar en el que poder llevar a cabo su tarea. Adem¨¢s, el sindicato tambi¨¦n denunci¨® que en el momento de computarse la reserva del espacio de trabajo, la aplicaci¨®n no tiene en cuenta ni el edificio en el que el empleado presta sus servicios dentro de la misma localidad, el departamento para el que lo hace, la planta, los compa?eros con los que se relaciona, ni ning¨²n otro par¨¢metro enmarcado dentro de ¡°la normalidad diaria del trabajador¡±.
De acuerdo con esta vulneraci¨®n, la Audiencia estima: ¡°No nos encontramos ante una modificaci¨®n sustancial de condiciones de trabajo de las previstas en el art¨ªculo 41 del Estatuto de los Trabajadores¡±. Y a?ade: ¡°nos encontramos ante un nuevo criterio empresarial de organizaci¨®n del trabajo que no afecta a las materias contempladas en el art¨ªculo 41 ET, y que responde a razones de eficacia y eficiencia organizativa para un mejor aprovechamiento de los recursos materiales que precisa la empresa para la ejecuci¨®n de su fin empresarial¡±. Adem¨¢s, agrega: ¡°Parece razonable, por ejemplo, que si en un edificio de cinco plantas acude personal de las distintas plantas, pero que ocupar¨ªa en la pr¨¢ctica solamente dos, se utilicen efectivamente esas dos plantas con el sistema de asignaci¨®n de puestos, evit¨¢ndose as¨ª la utilizaci¨®n innecesaria de todas las plantas en cuesti¨®n con la consiguiente mejora en la gesti¨®n de algunos costes de la empresa¡±.
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