Hacienda pierde otro pleito con Telef¨®nica y tendr¨¢ que devolverle m¨¢s de 1.000 millones en impuestos
Una sentencia de la Audiencia Nacional condena al fisco a compensar a la operadora por las cantidades pagadas de m¨¢s por los beneficios de 2009 y 2010
La Audiencia Nacional ha estimado un recurso de Telef¨®nica contra Hacienda y ha declarado la nulidad de las liquidaciones del impuesto sobre sociedades de los ejercicios 2009 y 2010, reconociendo a la operadora el derecho a obtener las devoluciones de las cantidades ingresadas en exceso en dichos ejercicios. De esta forma, la compa?¨ªa tendr¨¢ derecho a recibir m¨¢s de 1.000 millones adicionales a los 903 millones (702 millones de principal y 201 millones de intereses de demora) que ya le reconocieron los tribunales anteriormente por este mismo pleito, en parte gracias a que la Abogac¨ªa del Estado desautoriz¨® a Hacienda y se puso del lado de la compa?¨ªa, al allanarse y dar la raz¨®n a su petici¨®n.
Una sentencia del pasado 29 de octubre a la que ha tenido acceso EL PA?S, reconoce a Telef¨®nica el derecho a ¡°obtener las pertinentes devoluciones (adicionales a las ya obtenidas) de las cantidades ingresadas en exceso en los ejercicios 2009 y 2010¡å. Aunque el fallo no cuantifica esa cantidad, el recurso de la compa?¨ªa de telecomunicaciones fijaba en al menos 1.588 millones de euros el principal del impuesto pagado de m¨¢s a Hacienda. Restados los 702 millones que ya reconoci¨® Hacienda, quedan m¨¢s de 800 millones, que con los correspondientes intereses de demora sumar¨¢n m¨¢s de 1.000 millones.
El fallo de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ampl¨ªa, por tanto, la cantidad que Hacienda tuvo que devolver en 2019 tras la resoluci¨®n del Tribunal Econ¨®mico-Administrativo Central (TEAC), que estimaba parcialmente el recurso de Telef¨®nica, por las cantidades pagadas en exceso por el impuesto sobre sociedades entre 2008 y 2011. El importe total de los pagos fraccionados efectuados por Telef¨®nica por ese impuesto en los ejercicios 2009 y 2010 ascendi¨®, respectivamente, a 1.295,6 y 729,4 millones de euros, con lo que la cifra podr¨ªa ser incluso superior.
Compra de Lycos
El origen de este largo conflicto fue la adquisici¨®n del buscador Lycos por la filial Terra en mayo de 2000 por m¨¢s de 8.000 millones de euros y su venta cuatro a?os despu¨¦s por 90 millones. La compra, hecha mediante canje de acciones, fue la mayor macrooperaci¨®n llevada a cabo hasta entonces por la compa?¨ªa, que presid¨ªa entonces Juan Villalonga, y se produjo en plena burbuja tecnol¨®gica.
Telef¨®nica enjug¨® las p¨¦rdidas y gener¨® en 2004 un cr¨¦dito fiscal que en principio era de solo 272 millones, pues para calcular las minusval¨ªas se tom¨® como referencia el valor contable (con diversos ajustes) de las acciones de Terra emitidas para hacer frente a la compra. Sin embargo, en la memoria de 2004, Terra advert¨ªa de que estaba ¡°evaluando la posibilidad de acreditar una mayor base imponible negativa por un importe m¨¢ximo de 7.418 millones de euros¡±, seg¨²n se?al¨® en su informe anual, lo que equival¨ªa a pelear por un ahorro de impuestos futuros de unos 2.600 millones. Para ello necesitar¨ªa tomar como valor de adquisici¨®n fiscal el valor de mercado de las acciones de Lycos recibidas en lugar del valor contable por el que fueron registradas. La compa?¨ªa reconoc¨ªa que Hacienda hab¨ªa manifestado su oposici¨®n a ello en consultas sobre casos similares y, por tanto, ni siquiera se apunt¨® en sus cuentas ese posible cr¨¦dito fiscal.
Telef¨®nica se apresur¨® (primero con una opa y luego con compras adicionales de acciones) para adquirir en ese mismo a?o 2004 el 75% de Terra y as¨ª poder integrar fiscalmente a la filial y aplicar los cr¨¦ditos fiscales en sus propias declaraciones a Hacienda. As¨ª lo reconoci¨® la propia compa?¨ªa: ¡°El objetivo de la adquisici¨®n es poner en valor el nuevo cr¨¦dito fiscal que se produzca en el a?o 2004 y, en su caso, en a?os posteriores¡±.
Dos sorpresas
Como la propia Telef¨®nica tem¨ªa, Hacienda se opuso inicialmente, en 2006, a la pretensi¨®n de reconocer esos cr¨¦ditos fiscales multimillonarios. Telef¨®nica acudi¨® al TEAC, que en 2009 tambi¨¦n rechaz¨® el recurso. Los abogados y fiscalistas de la compa?¨ªa no cejaron en su empe?o y recurrieron a la Audiencia Nacional, donde surgi¨® una doble sorpresa, en una sentencia dictada en diciembre de 2012.
La primera, que la Abogac¨ªa del Estado se hab¨ªa allanado en julio de 2012, es decir, le dio en este punto la raz¨®n a Telef¨®nica (y en otros similares, relacionados con la venta de filiales de Telef¨®nica M¨®viles en Brasil y M¨¦xico y con deducciones a la actividad exportadora, de los que tambi¨¦n se beneficia ahora la empresa y que han seguido id¨¦ntico periplo judicial). As¨ª, la Administraci¨®n, ya con Crist¨®bal Montoro como ministro de Hacienda y Miguel Ferr¨¦ como secretario de Estado, cambiaba en 2012 su criterio (en su escrito de 2010 la Abogac¨ªa del Estado se hab¨ªa opuesto a la reclamaci¨®n de Telef¨®nica) y el Estado renunciaba en la pr¨¢ctica a miles de millones sin siquiera litigar por ellos. La segunda, que aunque la Abogac¨ªa del Estado se allanaba, la sentencia desestimaba el recurso de Telef¨®nica en puntos en que el Estado ya le daba la raz¨®n.
La compa?¨ªa, sin embargo, lo ten¨ªa en bandeja para recurrir al Supremo. As¨ª lo hizo y el Supremo le dio la raz¨®n en una sentencia dictada en febrero de 2015 en la que correg¨ªa el fallo de la Audiencia Nacional porque los jueces hab¨ªan cometido ¡°un indiscutible error material que da lugar a una grave incoherencia, resultando, por tanto, que la sentencia recurrida es incongruente¡±. El abogado del Estado, de nuevo, se puso de parte de la compa?¨ªa.
Largo proceso
A¨²n pasaron unos a?os hasta que se ejecut¨® la sentencia. Inicialmente, Hacienda argument¨® que, pese al allanamiento y a lo decidido por el Supremo, no pod¨ªan solicitarse devoluciones de los pagos fraccionados de forma retroactiva y dict¨® una nueva liquidaci¨®n en la que no resultaba deuda alguna, ni a pagar ni a devolver. La compa?¨ªa recurri¨® al TEAC, que le dio parcialmente la raz¨®n en 2019, y Hacienda admiti¨® finalmente pagar los 702 millones citados a Telef¨®nica.
El grupo que preside Jos¨¦ Mar¨ªa ?lvarez-Pallete no se dio por satisfecho y recurri¨® con ¨¦xito para lograr los intereses de demora, gracias a lo cual ingres¨® otros 201 millones. Pero adem¨¢s, acudi¨® de nuevo a la Audiencia Nacional porque consideraba insuficientes las cantidades a devolver tras la resoluci¨®n parcialmente estimatoria del TEAC, ¡°al no estar de acuerdo con los criterios de utilizaci¨®n de bases imponibles negativas y deducciones¡±, seg¨²n explicaba en su informe anual de 2019. Tan en racha se ve¨ªan los abogados y fiscalistas de Telef¨®nica que hasta pidieron cobrar intereses por el retraso en el pago de los intereses. Y salvo en esto ¨²ltimo (por eso la estimaci¨®n del recurso es parcial), la Audiencia Nacional le da la raz¨®n de nuevo a Telef¨®nica, tanto en la devoluci¨®n del principal como en la de los intereses de demora derivados de esta nueva devoluci¨®n, lo que, a falta de determinarse, puede elevar la cuant¨ªa total a m¨¢s de 1.000 millones. Esta vez s¨ª que Hacienda y la Abogac¨ªa del Estado han intentado evitarlo, sin ¨¦xito.
La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo y lo m¨¢s probable es que Hacienda presente ese recurso, aunque fuentes del ministerio han declinado confirmarlo por ahora. Si finalmente esta ¨²ltima instancia le da la raz¨®n a Telef¨®nica, la operaci¨®n de Lycos que en su d¨ªa se consider¨® ruinosa podr¨ªa haberse convertido m¨¢s de 20 a?os despu¨¦s en un magn¨ªfico negocio, ya que la operadora no realiz¨® entonces ning¨²n desembolso en efectivo (ya que pag¨® en acciones por el portal estadounidense), y ahora se ahorra unos 2.000 millones de euros en el pago de impuestos. Porque Hacienda devolver¨¢ el dinero cobrado de m¨¢s, siempre que lo confirme el Supremo en ¨²ltima instancia, deduci¨¦ndolo de los pagos de los impuestos de sociedades de los sucesivos ejercicios, nunca en forma de pago directo, informan fuentes de Hascienda.
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