El Supremo avala obligar a fichar en las pausas para fumar o tomar un caf¨¦
Una sentencia da la raz¨®n a Galp frente a un recurso de de CC OO al considerar que el sistema de control de horarios no supone una modificaci¨®n de las condiciones laborales
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por Comisiones Obreras (CC OO) sobre la decisi¨®n de la empresa de gasolineras Galp de obligar a sus trabajadores a fichar cuando salen del edificio a fumar o tomar un caf¨¦. La sala de lo social considera que la medida impuesta por la compa?¨ªa no altera las condiciones laborales de los trabajadores, tal como sosten¨ªa el sindicato.
En las alegaciones de CC OO se recoge que estas breves pausas ¡°se permit¨ªan como parte del tiempo efectivo de trabajo¡±, pero que al implantar la obligatoriedad de registrarlas, la empresa las califica ahora como ¡°tiempo de descanso¡± y podr¨ªa, por consiguiente, reclamar una recuperaci¨®n de las horas acumuladas. Algo que se traducir¨ªa en una prolongaci¨®n de la jornada laboral.
Por su parte, la compa?¨ªa se acog¨ªa al hecho de que esas pausas breves no eran parte del tiempo efectivo de trabajo, sino que no se contabilizaban. Galp defend¨ªa que antes de septiembre de 2019, momento en que la empresa establece el nuevo sistema de fichaje, exist¨ªan tornos de acceso, pero no se utilizaban para registrar la entrada y salida de trabajadores. El tribunal entiende, en este caso, que ¡°la tolerancia de la empresa en que los trabajadores salieran de las instalaciones a aquellos efectos no implica que el tiempo invertido en ello fuera de trabajo efectivo¡± y no considera probado el cambio en las condiciones laborales.
Duraci¨®n de la jornada
El sindicato hab¨ªa llevado a Galp ante la Audiencia Nacional en 2019 por varias cuestiones relativas a la duraci¨®n de la jornada laboral de sus empleados. Adem¨¢s de las pausas para fumar o tomar un caf¨¦, se recurr¨ªa la decisi¨®n de la multinacional de contabilizar los viajes de trabajo como una jornada laboral de 7,5 horas, en vez de computar el total de horas invertidas por el empleado en cuesti¨®n. En segundo lugar, el sindicato atacaba la decisi¨®n de la empresa de supeditar el c¨®mputo de las horas extraordinarias a la autorizaci¨®n de un superior. Es decir, solo podr¨ªan acreditarse si se contaba con el permiso de un superior, de no ser as¨ª, ese tiempo no ser¨ªa computable.
Tras una sentencia desfavorable en esta primera demanda, Comisiones Obreras recurri¨® ante el Tribunal Supremo, que en la decisi¨®n conocida este jueves ratifica la anterior de la Audiencia Nacional, y vuelve a fallar a favor de Galp. ¡°La pausa para fumar o el caf¨¦ no se refleja en el relato f¨¢ctico que fuera tiempo efectivo de trabajo, por lo que no cabe considerar que el sistema de registro, en este ¨²ltimo extremo, haya vulnerado el precepto que se invoca¡±, concluye la sentencia. Sobre las otras dos cuestiones que se intentan dirimir, el tribunal considera que en el caso de los viajes tampoco resulta probada una modificaci¨®n de las condiciones laborales, y que el r¨¦gimen ¡°no se ha alterado¡± por el nuevo sistema. Finalmente, en cuanto a las horas extraordinarias, el tribunal afirma que ¡°solo es una manifestaci¨®n de la forma en que la empresa dar¨¢ su consentimiento sin que antes su realizaci¨®n quedase a la voluntad exclusiva del trabajador¡±, concluye.
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