El Estado compensar¨¢ a un hombre al que le confiscaron un BMW y la polic¨ªa se lo devolvi¨® con ara?azos y golpes
Los agentes utilizaron el veh¨ªculo durante los a?os que dur¨® la investigaci¨®n judicial. El propietario finalmente fue absuelto
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dado la raz¨®n, en parte, a un hombre al que le fue confiscado un coche de alta gama, en el marco de una investigaci¨®n por un presunto delito de pertenencia a una organizaci¨®n criminal y blanqueo. Como detalla el reciente fallo (que puede consultar aqu¨ª), el veh¨ªculo en cuesti¨®n, un BMW modelo 318d Gran Turismo valorado en 50.000 euros, fue utilizado por los agentes de la polic¨ªa judicial durante los cuatro a?os que dur¨® la investigaci¨®n. Pero la causa fue finalmente archivada, pues el juzgado no consigui¨® pruebas que consiguieran incriminarlo. Ahora, la Audiencia Nacional ha condenado al Estado a indemnizarle con 4.500 euros.
El deportivo, que estaba pr¨¢cticamente nuevo cuando se lo llevaron las autoridades judiciales ¨Capenas ten¨ªa 10.000 kil¨®metros¨C, contaba con 120.000 nuevos kil¨®metros en su contador cuando le fue devuelto a su propietario. Adem¨¢s, ten¨ªa ara?azos en la carrocer¨ªa y golpes en el parachoques. El ciudadano reclam¨® una indemnizaci¨®n de 54.000 euros a la Administraci¨®n al entender que hab¨ªa sufrido un perjuicio injusto. Como argumentaba en su demanda, el Estado no hab¨ªa cumplido con su deber de salvaguardar y cuidar de los objetos decomisos.
En concreto exigi¨® 8.000 euros por las aver¨ªas, 20.000 por la depreciaci¨®n del coche por el transcurso de los a?os, 24.000 euros por el kilometraje y 2.000 por el gasto en peritos; la Audiencia Nacional, sin embargo, acepta que una indemnizaci¨®n de 4.500 euros es suficiente.
L¨ªmite
A pesar de los da?os, y los informes periciales y las facturas que aporta el reclamante, los magistrados reconocen que ha existido un decomiso injusto pero rechazan que ello de pie a una indemnizaci¨®n tan abultada. Si bien es cierto, argumentan en su resoluci¨®n, que el Estado actu¨® de forma an¨®mala, y as¨ª lo demuestran los golpes en la carrocer¨ªa exterior del deportivo, el papel de la Administraci¨®n debe limitarse a reparar los da?os visibles. Es decir, el Estado es responsable de los golpes y desperfectos en la carrocer¨ªa, pero no de otros conceptos, como la devaluaci¨®n por el uso del tiempo, la puesta a punto o los gastos de kilometraje.
Confiscaci¨®n
En 2016, las autoridades entraron en el domicilio del investigado y, en el garaje, encontraron el veh¨ªculo objeto de discusi¨®n. Los agentes lo confiscaron al considerarlo fruto de la actividad de la banda criminal. Una organizaci¨®n cuya existencia, ni cuya vinculaci¨®n con el investigado, el juez consigue demostrar.
As¨ª, en 2019, el mismo juez que valid¨® el embargo del coche, y autoriz¨® a la polic¨ªa a hacer uso del mismo mientras que durara la investigaci¨®n, acord¨® el sobreseimiento y archivo de la causa. Seg¨²n recoge el fallo, el instructor no logr¨® acreditar que las inversiones realizadas en Espa?a por el hombre fuesen ilegales y reconoce que solo contaba con meras sospechas, ¡°ning¨²n indicio racional de criminalidad¡±.
Uso por los agentes
Pero Audiencia Nacional no da su brazo a torcer en cuanto a la abultada indemnizaci¨®n por la depreciaci¨®n del coche que exig¨ªa el propietario del veh¨ªculo. Las arcas p¨²blicas no deben soportar la depreciaci¨®n del coche o el desvalor por su uso por los polic¨ªas, pues este poder, el de utilizar bienes confiscados procedentes del crimen organizado, recuerda la Audiencia Nacional, est¨¢ recogido espec¨ªficamente la ley.
En concreto, el art¨ªculo 374.3 del C¨®digo Penal prev¨¦ ¡°el decomiso de los objetos que pudieran haber sido utilizados o proceder del tr¨¢fico de estupefacientes¡±. A rengl¨®n seguido especifica: ¡°la utilizaci¨®n provisional de los mismos por parte de la Polic¨ªa Judicial encargada de la represi¨®n del tr¨¢fico ilegal de drogas¡±. Este poder es v¨¢lido incluso en la fase de instrucci¨®n, es decir, que puede afectar a bienes decomisados de personas que a¨²n no han sido declaradas culpables.
Eso s¨ª, la justicia reconoce que las autoridades deben guardar ¡°las debidas garant¨ªas para su conservaci¨®n¡± de los objetos. Por ello acepta la indemnizaci¨®n por los da?os en la carrocer¨ªa y rechaza el resto de reclamaciones, que s¨ª son fruto de una ¡°conducta an¨®mala¡± de las autoridades. Sobre el resto de compensaciones se da carpetazo.
Contra el fallo, no obstante, cabe recurso frente al Tribunal Supremo.
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