El terraceo se est¨¢ poniendo dif¨ªcil: ?me pueden negar un caf¨¦ porque solo sirven c¨®cteles?
Las pol¨ªticas comerciales de algunos locales para inflar las cuentas suscitan dudas acerca de su legalidad
Madrid. Plaza de Santa Ana. Seis de la tarde. Jos¨¦ S. busca una terraza para tomar un caf¨¦. Cuando lo intenta en la primera mesa, la respuesta del camarero no se hace esperar: en la calle solo sirven ¡°cocteler¨ªa y comida¡±, le dicen. Al segundo intento la situaci¨®n se repite. Esta vez es que en terraza no sirven bebidas no alcoh¨®licas. Indignado comparte su experiencia en X (antes Twitter), y su historia no solo se vuelve viral (con m¨¢s de 300.000 visualizaciones), sino que adem¨¢s la secci¨®n de comentarios se convierte en una suerte de foro, donde otros usuarios comparten experiencias parecidas: ¡°Estuve ayer y me pas¨® lo mismo. Pero ni si quiera una cerveza, ten¨ªa que ser una copa¡±; ¡°en Lavapi¨¦s no te sirven caf¨¦ en la terraza¡±; ¡°a las 19.00 ya no te dejan sentarte para tomar algo, directamente tienes que cenar¡±; ¡°o pides raciones o te vas¡±.
Limitar el consumo a c¨®cteles, obligar a pedir raciones o prohibir sentarse si estas solo. La normalizaci¨®n de estas estrategias comerciales en las terrazas, que amenazan al tradicional caf¨¦ de la tarde al fresco, ha generado malestar entre algunos usuarios, y adem¨¢s, dudas sobre hasta qu¨¦ punto son legales este tipo de t¨¢cticas.
?Puede un hostelero negarse a servir un caf¨¦ si lo oferta en la carta? ?Es legal prohibir a una persona sentarse solo? ?Es el ¡°o comes o no te sirvo¡± una pr¨¢ctica prohibida? Lo cierto es que la normativa espa?ola, en concreto, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, publicada en 2007, no regula de forma expresa cu¨¢les son los derechos de los usuarios en las terrazas, ni marca unos l¨ªmites claros para los hosteleros. Ante una falta de regulaci¨®n espec¨ªfica, los propietarios de los negocios gozan de libertad para dise?ar su pol¨ªtica comercial. Y esta puede ser distinta en el interior y en el exterior de los locales.
En otras palabras, el empresario es libre de imponer unas condiciones comerciales especiales en las terrazas. Pero hay matices. Para empezar, la regla de oro es que los hosteleros deben ser claros y explicar sin rodeos, y por escrito, que sentarse en la terraza implica acatar ciertas reglas (por ejemplo, precios m¨¢s caros, una oferta reducida o la obligaci¨®n de pedir algo de picar). ¡°Si el consumidor sabe a lo que se somete, este tipo de pol¨ªticas son legales¡±, aclara Paz Cano, abogada y presidenta de la secci¨®n de consumo del Colegio de la Abogac¨ªa de Barcelona. ¡°Lo esencial¡±, complementa Inmaculada Vivas, catedr¨¢tica de derecho civil de la Universidad de Sevilla, es que los empresarios indiquen cu¨¢les son sus pol¨ªticas de consumo ¡°de forma clara y con antelaci¨®n en la carta o mediante carteles en lugares visibles¡±.
Por su parte, Patricia Abella, abogada del bufete Prolegue, coincide en que, si la pol¨ªtica comercial de la terraza est¨¢ anunciada de forma clara, es dif¨ªcil que exista abuso. Por ejemplo, por limitar el consumo en el exterior a bebidas alcoh¨®licas. ¡°Es legal siempre que se informe de forma previa y clara, con carteles a la vista¡± y ¡°siempre que se aplique a todos los usuarios¡±, aclara la jurista.
La cuesti¨®n, no obstante, plantea escenarios delicados. Si un bar sirve todo tipo de bebidas, pero limita el consumo en la terraza a bebidas alcoh¨®licas, ?podr¨ªa incurrir en una pol¨ªtica discriminatoria por excluir a las mujeres embarazadas? Para la abogada Paz Cano, en casos as¨ª el hostelero debe ser flexible, no obstante, la jurista se plantea que, si todos los locales de un mismo barrio, o incluso de una misma ciudad, optan por la misma pol¨ªtica comercial, se corre el peligro de incurrir en una prohibici¨®n de facto para que ciertos colectivos, como menores o personas con condicionantes m¨¦dicos, puedan consumir en la calle.
Cabe recordar que la Ley de Consumidores y Usuarios s¨ª proh¨ªbe expresamente a los empresarios cualquier pol¨ªtica discriminatoria por raz¨®n de enfermedad. ¡°El establecimiento fija libremente sus precios y medidas y el consumidor elige libremente d¨®nde quiere beber o comer algo¡±, sin embargo, ¡°hay que dar cumplimiento al principio de igualdad y no discriminaci¨®n¡±, recuerda en este sentido la catedr¨¢tica Inmaculada Vivas.
Hay margen para el debate. Rub¨¦n S¨¢nchez, portavoz de Facua, defiende que forzar el consumo de bebidas m¨¢s caras, como copas o c¨®cteles, cuando la carta recoge opciones m¨¢s econ¨®micas, como caf¨¦s o t¨¦s, s¨ª puede ser una jugada ilegal. ¡°Si hay una lista de precios, el empresario debe respetarla¡±. De forma que ¡°si vendes ca?as, el hostelero no te puede decir que en la terraza solo te sirve una jarra¡±. Esta t¨¢ctica, la de limitar el consumo en la calle a formatos grandes, como pintas, copas o jarras, es otra de las estrategias que ha generado malestar. En opini¨®n de S¨¢nchez, esta actitud supone ¡°condicionar el nivel de gasto del cliente¡±. Y, en consecuencia, ¡°implicar¨ªa un incumplimiento de la normativa de consumo¡±.
?Qu¨¦ hacer si creemos que estamos ante un abuso? ¡°Si un restaurante no te avisa claramente de su pol¨ªtica de consumo, es momento de pedir el libro de reclamaciones¡±, anima Paz Cano. La recomendaci¨®n de los expertos pasa por hacer fotos del establecimiento, de la lista de precios (esencial) y del tique de la cuenta. Esta documentaci¨®n servir¨¢ para apoyar una posible reclamaci¨®n que, de llegar a buen puerto, puede derivar en una inspecci¨®n, y en ¨²ltima instancia, en una multa.
Abusos en la cena de Navidad
En estas fechas, las organizaciones de usuarios y consumidores han puesto el foco en otro nicho de abusos: las cenas de Navidad. Hace unos días, la Organización de Consumidores y Usuarios de Aragón advirtió de la existencia de restaurantes que fuerzan a elegir sus famosos menús navideños, normalmente más caros, denuncian. “El comensal debería elegir libremente platos que se ofrecen habitualmente en la carta, que no deberían ser más caros que durante el resto del año”, recuerdan fuentes de la organización. “No es obligatorio elegir un determinado menú, ya que el establecimiento debería estar preparado para ofrecer los platos que recoge la carta, igual que cualquier otro día del año”. Y estos, advierten, deben ser “al mismo precio”.
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